09.05.2013 Views

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Ve Claufulas Inftrumentales, Cap. L i $<br />

Juezes con fu conciencia, fon caftigados los Efcrivanos gravemente,<br />

que examinaren algún teíligo fin prefencia del Juez, cuya pena por la<br />

primera vez, es de dos mil maravedís, y por la fegunda, doblados,y<br />

por la tercera, privación de oñc\o,fegun la /.28 tit. 6. lib. 3. Reccp,<br />

Y hafe de notar, que no por efto fe caufa nulidad de las dichas informaciones;<br />

porque todas las vezes que fe probare, ó confiare , que la<br />

nulidad íc caufare por deícuydo, 6 malicia del Efcrivano, ó Juez, no<br />

íerá juíto^ue lo padezcan las partes, aora fean en caufas civiles, criminales<br />

, 6 executivas, vt ita notat Azeved. in el. /.2S. n, 6. in ¡in.<br />

17 Ibi: Al otorgamiento de la dicha eferiiura. d. Y es de advertir<br />

, que en qualquier tiempo , íi rio es por caufa de jufto impedimento<br />

, tiene obligación el Efcrivano á exerciiar fu oficio , aunque fea<br />

contra fu voluntad, y para ello puede fer apremiado , vt ejl text.in l.<br />

qutdamperfon¿, §. 1.jf.'de edendo, Avend. in c.i. Pratorum , n. 14.<br />

ver/'. Ñequeexcufatur, ¿>¡bLi$. tit.2lib. 4. Recop,<br />

2 a Y para que mas claramente fe pueda averiguar la verdad de<br />

las eferituras, que ante los dichos fe celebraren, y otorgaren, tienen<br />

obligación á ordenar por extenfo las dichas eferituras de la forma que<br />

fe otorgaron, fin dexar nada en blanco : porque de otra manera no<br />

hará fee, mas de aquello que íe hallare eferito, como confia, y fe'colige<br />

de las palabras de la dicha /. 1 $. tit. 25. til, 4. Re¿op. ibi: Mandamos<br />

, que cada vno de los Efcrivanos aya de tener , / tenga vn libro<br />

deprotoioh, encuadernado de pliego de papel entero, en el qual aya de<br />

efenvir,y eferiva por extenfo las notas de las eferituras , que ante el<br />

pajjaren,y fe huvieren de hazer, en la qual dicha nota fe contenga tada<br />

la eferitura, que fe huviere de otorgar por extenfo.<br />

29 Y no folo haze fee el original, pero también el frailado, fiendo<br />

eferito, y facado por el tenor del dicho original, fiendó autorizado<br />

del mifmo Efcrivano ante quien pafsó , aunque fea defpues del<br />

oficio : la qual autoridad noíele concede al fuceíTor en él , fino es<br />

que la dicha eícritura fe faca con citación de la otra parte , como en<br />

efecto es neceííario, fino es en cafo que fe le otorgaren todos los protocolos,<br />

y regifiros por inventario , y autoridad de Juez , vt htecom*<br />

ntaprebatur in l. 24.//V.15. //¿.4. Recop. ¿? ita docet Bald.Paul. S¿ Jaf.<br />

in Authent. Siquis in aliquo documento, Alex. & Jafon. in l. Si quis ex<br />

argenta* ij Sy§, Cogitur ,ff. de edendo.<br />

30 Y aviendofe facado vn traílado de fu original, no fe puede facar<br />

otro , fino es probando^ averfe perdido otro , citada lasarte, y<br />

con autoridad, y mandamiento de Juez, vt ita probatur ex Li y.d.tit.<br />

25/^.4. Recopilat. & in 12. tit. \9.part. Y fi el Efcrivano<br />

diere el dicho traílado en otra forma, fera caftigado con el interés,

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!