1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU

dspace.ceu.es
from dspace.ceu.es More from this publisher
09.05.2013 Views

i6i Síouenca,Libro feoundo, 7.y cílo fe entiende,refpccto de las deudas, Bocr. djeif. ni. num ç 19 Mas fe debe notar , que por permanecer el Clérigo de Orden Sacro en la poteílad de fu padre , atsimifmo no podrá difponerdel vfufructo del dicho tercio: lo quai procederá,y avrá lugar en la forma íiguiente, y és afsi: que íi cl dicho Clérigo tuviere bienes adventic ios heredados de fu madre,6 de otra qualquier patte, avrá lugar la dichadoctrina,de que primero ha de gozar el padre del dicho vfufrucxol peroii los dichos bienes fon caflrenfes, vel quafi caílrer.ícs, ganados intuirá Eccíefiae, 6 los ha adquirido de qualquier manera defpues del Clericato, no ay duda, fino que podrá difponer aí'simifmo del dicho vfufrudo , pues en ellos el padre no los tiene , aunque cl hijo fea de corona , fegun diremos adelante en el cap. 11. §. frutos, num. 100.; cum Molina, deprimogen.x.part.cap. 19. n.ij.cum alijs. Sin embargo, que por la ley \ ¡.fie 1 part.6. eílava difpiKÍlo,que los Soldados^ Abogados , Cavalleros , y Clérigos podían difponer en perjuizio de fus pa¿j*res, y defeendientes de todos los dichos bienes caílrenfes, vel quaíijín dexarles cofa algunajporque de qualquirr manera que fea,no pueden los dichos hijos difponer de mas del dicho tercio , en lama-nera,y forma que dicho-es, y fe colige de la mifma//'/ 6. ¡bi: De quaU qnier calidad que fean,y afsi lo notan los Doctores, Ant. Gom.//*/.48.; Tauri, n. 7.TclluS,/fl l.^.Tauri, n. 3. cum alijsfequentihus, Rojas, ¿fe fuccefionibus, cap. i..n 2}.¿r 24. jpíu. fpecul. tejlam. a,.part.Rub.n. 15. quos fequitur,& refere Azev. in l. ¡.tit.'.. ».$5.57.58.59.//¿.5./¡£¿5 cap. Avend. in dicta l. 6. 'Tauri^Glof.-j.pcrtotum. 20 Y fi los dichos Clérigos de hecho huvíeren drfpueílo,deshere-¡ dando á fus padres de todos fus bienes,afsi adventicios,como loscaf. treufes,vcl quafi,valdrá por lo menos en los adquiridos intuicu Eccleíia?, en el dicho tercio en propr,iedad,y vfufructo, y en los demás adventicios^ los que por tales fe repucan,ferá nulo el dicho teftamento intotum.y fe fujetaráá la querella de los dichos padres, como te Ha-, mentó inoficiofo; afsi como fi los dichos te {lamentos fueran otorgados por los demás hijos, aórafean emancipados, foldados, ó Abogados,vt ita docet Covar. in cap. qui a ad nos, n. 6 Je teflamentis, falvo, fi ellos dichos teftamentos , adcnde'los padres fueron d:slurcdados Jan caufa, eíluviercn ordenados ,y otorgados co? claufula codicilar, fciiicet: T quiero que efte mi teftamento valga en la mejor via y forma que de derecho huviere lugar , porque entonces , en virtud de la dicha claufula,ha de valer en lo que de derecho puede,ia eíl,en el tercio de fus bienes,como dicho es, aora fea hijo de familias,Clérigo, ó folda-. do,Abogado,ó emancipado,vt ica notat Azev. inl 1. tit.'¿.num. 18. lib, 5. No&xRecopilat.vbi dUU , efi optimum conjilium , frhabuit de

De Claufulas Instrumentales, Cap. I. 16 3 fació, MolinJe iujt.fr 'tur. 2 ntrac?.difp. iii.n. 7. 21 Y no es menos digna de tener en ia memoria cierta limitación queíe pueda dar á la dicha ley r.tit.a.lib.j. Rccop.ibi:¿7¿/g««0 ordenare fute/lamento. De que fu pone noay perfona privilegiada , ni exceptada, y que genealmente habla: de que fe figue comprehende á todas, y qualefquier perfottas hábiles para teftar.Y porque no ay regla que no tenga, y padezca fu excepción, fe limita en el Clérigo tef r tador,que inftituyó á otro Clérigo por fu vnivcrf.il, ó particular heredero^© que entonces no es neceífario,ni fe requiere ia folemnidad de la dicha ley i.en quanto los teftigos;porquc en efie cafo,bafta manifeftar fu voluntad el Clérigo ante tres teftigos,fin fer neceífario obíervar la folemnidad de la dicha ley 1. ve ita probat Abb. in cqttod 'Cie>ic\s,n.6.fr 20.deforo competenti,fr in c.Eccl.Sancl.María, n. 14. eod.tit.tc ibi ímola,& Fciin.w.B

i6i Síouenca,Libro feoundo,<br />

7.y cílo fe entiende,refpccto de las deudas, Bocr. djeif. ni. num ç<br />

19 Mas fe debe notar , que por permanecer el Clérigo de Orden<br />

Sacro en la poteílad de fu padre , atsimifmo no podrá difponerdel<br />

vfufructo del dicho tercio: lo quai procederá,y avrá lugar en la forma<br />

íiguiente, y és afsi: que íi cl dicho Clérigo tuviere bienes adventic ios<br />

heredados de fu madre,6 de otra qualquier patte, avrá lugar la dichadoctrina,de<br />

que primero ha de gozar el padre del dicho vfufrucxol<br />

peroii los dichos bienes fon caflrenfes, vel quafi caílrer.ícs, ganados<br />

intuirá Eccíefiae, 6 los ha adquirido de qualquier manera defpues del<br />

Clericato, no ay duda, fino que podrá difponer aí'simifmo del dicho<br />

vfufrudo , pues en ellos el padre no los tiene , aunque cl hijo fea de<br />

corona , fegun diremos adelante en el cap. 11. §. frutos, num. 100.;<br />

cum Molina, deprimogen.x.part.cap. 19. n.ij.cum alijs. Sin embargo,<br />

que por la ley \ ¡.fie 1 part.6. eílava difpiKÍlo,que los Soldados^<br />

Abogados , Cavalleros , y Clérigos podían difponer en perjuizio de<br />

fus pa¿j*res, y defeendientes de todos los dichos bienes caílrenfes, vel<br />

quaíijín dexarles cofa algunajporque de qualquirr manera que fea,no<br />

pueden los dichos hijos difponer de mas del dicho tercio , en lama-nera,y<br />

forma que dicho-es, y fe colige de la mifma//'/ 6. ¡bi: De quaU<br />

qnier calidad que fean,y afsi lo notan los Doctores, Ant. Gom.//*/.48.;<br />

Tauri, n. 7.TclluS,/fl l.^.Tauri, n. 3. cum alijsfequentihus, Rojas, ¿fe<br />

fuccefionibus, cap. i..n 2}.¿r 24. jpíu. fpecul. tejlam. a,.part.Rub.n.<br />

15. quos fequitur,& refere Azev. in l. ¡.tit.'.. ».$5.57.58.59.//¿.5./¡£¿5<br />

cap. Avend. in dicta l. 6. 'Tauri^Glof.-j.pcrtotum.<br />

20 Y fi los dichos Clérigos de hecho huvíeren drfpueílo,deshere-¡<br />

dando á fus padres de todos fus bienes,afsi adventicios,como loscaf.<br />

treufes,vcl quafi,valdrá por lo menos en los adquiridos intuicu Eccleíia?,<br />

en el dicho tercio en propr,iedad,y vfufructo, y en los demás adventicios^<br />

los que por tales fe repucan,ferá nulo el dicho teftamento<br />

intotum.y fe fujetaráá la querella de los dichos padres, como te Ha-,<br />

mentó inoficiofo; afsi como fi los dichos te {lamentos fueran otorgados<br />

por los demás hijos, aórafean emancipados, foldados, ó Abogados,vt<br />

ita docet Covar. in cap. qui a ad nos, n. 6 Je teflamentis, falvo,<br />

fi ellos dichos teftamentos , adcnde'los padres fueron d:slurcdados<br />

Jan caufa, eíluviercn ordenados ,y otorgados co? claufula codicilar,<br />

fciiicet: T quiero que efte mi teftamento valga en la mejor via y forma<br />

que de derecho huviere lugar , porque entonces , en virtud de la dicha<br />

claufula,ha de valer en lo que de derecho puede,ia eíl,en el tercio de<br />

fus bienes,como dicho es, aora fea hijo de familias,Clérigo, ó folda-.<br />

do,Abogado,ó emancipado,vt ica notat Azev. inl 1. tit.'¿.num. 18.<br />

lib, 5. No&xRecopilat.vbi dUU , efi optimum conjilium , frhabuit de

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!