1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU

dspace.ceu.es
from dspace.ceu.es More from this publisher
09.05.2013 Views

Slgnença, Libro jprimero, S¡ por no aver empleado el dicho dinero ¡ tiene obligación a fus interejfes, y réditos de ellos. Dentro de que tiempo , defde el di a que entro el dinero en fu. poder , tiene obligación a emplear , b dar h cenfo el dicho dinero ; fi al heredero je le puede imputar la culpa del Tutor. Si en cafo que no empleo el dinero en comprar el dicho cenfo , fi cumplirá por averio empleado en algunos predios. | $ lien , fi tiene obligación a manifeflar las efcriturat , y obligaciones que tenia en favor de fu menor. Si por no aver vendido algunos bienes raizes fin autoridad judicial , fe le ha de hazer cargo de fue interejfes. T fi ejlos dichjs bienes enagenados fe podrán facar de qual-. quier tercero poffeedor. T fi fe Podran repetir afsimifmo tos frutos de ellos. T fi e¡los frutos fie han de entender , afsi los naturales, como los in.luf ríales. Si teniendo buena fee el poffeedor de ellos fe le podrán re-: petir. Si en. cafo que aya lugar el repetir los dichos bienes del tercero poffeedor , ha de fer con excurfion en los bienes del vendedor. Si fe pueden repetir los dichos bienes enagenados , aunyte efi en vendidos , con fiolernnidad judicial , efpecial mente, quando el menor fue leja en la dicha venta. Si ha lugar preferipcion contra los dichos menores , y que tiempo fea necejfario. lien , hade confiar para alcançarliberación eldichoTutor^ fi cobro las deudas que le eflavan debiendo dfin minor. Var a que al dicho Tutor no fe le haga cargo de las cafas que, por cafo fie de fruyeron , ha de tener cupdado de repararlas. Sife leía de hazer cargo de los maravedís, que gafo en feguir. pleytos fin confider ación. ¡ten ,fi fe le ha de hazer cargo de vna cafa, que por fu culpa fe quemo ,y abraso. Si afsimifmo fe le ha de hazer cargo délos (alarios que el me-, ñor ha gana do, por razen defusJaldadas. Si fe le ha de hazer cargo del arrendamiento di las cafas, en que el dicho Tutor vivió, qite^ eran de[ tnensr. §. Def-

De Claufulas InJirumentaUs, Cap. XL1I. %ij §. Defcargo. Si a los dichos Tutores yy Curadores fe les debe hazer Jefi. cargo de todo lo que legítimamente confiare aver gafad* en vtilidad de fus menores , en declaración de la dicha ley. enfiu$. parte. Y fi fe les ha de recibir en cuenta todo lo que pareciere aver gafado en me/erar los bienes de fus menores. Si afsimifmo fe les ha de recibir en cuenta lo que huvieren gafado en alimentar a los dichos fus menores , coma en lo demás neceffario para vtilidad de fu perfona. Si fe les debe recibir por cuenta ,y defcargo los alimentos, y otras cofas necefjarias que han gafado en los hermanos de los dichos fus menores. Y fi avrá lugar el dicho defcargo , quando el Tutor ali¿ memo a los fcbrinos , y muger del dicho fu hermano , / afsimifmo a los demás hermanos , naturales , b efipurios. T fi fe le recibirán en cuenta los dichos alimentos , quando los hermanos tan fiolamente eran de pane de padre , 9 de madie. Y afsimifmo fi fe le debe recibir per defcargo lo que el dicho Tutor huvicre ga fiado en reparar las cafas del dicho fu mencr. Y fi fie le deben recibir en cuenta los maravedís que huviere cobrado , que j'e le debían a fu menor , b que en fia nombre huviere pagado , en declaración déla dicha ley 102. en/u 6. parte. Y fi entre los demás deficargos , ferá jufto que fe le ponga por defcargo la de zima parte del fruto de los bienes del dicho fu menor , en declaración de la ley 1 . titulo 7. lib. 3. fi>ri. T q nales fe repulan por frutos , para que legítimamente fe le haga el dicho defcargo de ellos. Si ios r¿diics de los cenfts perpetuos , b redimibles ,fedidizen frutos. Ék Y fi los partos de efelavas , y lo adquirido con el dinero ganado pvr el menor 5 fe reputan por frutos ; y fi lo fon afsimifmo las fcldadas yy [alarios. Si de les frutos de Capellanía , o Beneficio ha de llevar dezima el Tutor,

Slgnença, Libro jprimero,<br />

S¡ por no aver empleado el dicho dinero ¡ tiene obligación a<br />

fus interejfes, y réditos de ellos.<br />

Dentro de que tiempo , defde el di a que entro el dinero en<br />

fu. poder , tiene obligación a emplear , b dar h cenfo el<br />

dicho dinero ; fi al heredero je le puede imputar la culpa<br />

del Tutor.<br />

Si en cafo que no empleo el dinero en comprar el dicho<br />

cenfo , fi cumplirá por averio empleado en algunos predios.<br />

| $<br />

lien , fi tiene obligación a manifeflar las efcriturat , y<br />

obligaciones que tenia en favor de fu menor.<br />

Si por no aver vendido algunos bienes raizes fin autoridad<br />

judicial , fe le ha de hazer cargo de fue interejfes.<br />

T fi ejlos dichjs bienes enagenados fe podrán facar de qual-.<br />

quier tercero poffeedor.<br />

T fi fe Podran repetir afsimifmo tos frutos de ellos.<br />

T fi e¡los frutos fie han de entender , afsi los naturales,<br />

como los in.luf ríales.<br />

Si teniendo buena fee el poffeedor de ellos fe le podrán re-:<br />

petir.<br />

Si en. cafo que aya lugar el repetir los dichos bienes del<br />

tercero poffeedor , ha de fer con excurfion en los bienes<br />

del vendedor.<br />

Si fe pueden repetir los dichos bienes enagenados , aunyte<br />

efi en vendidos , con fiolernnidad judicial , efpecial mente,<br />

quando el menor fue leja en la dicha venta.<br />

Si ha lugar preferipcion contra los dichos menores , y que<br />

tiempo fea necejfario.<br />

lien , hade confiar para alcançarliberación eldichoTutor^<br />

fi cobro las deudas que le eflavan debiendo dfin minor.<br />

Var a que al dicho Tutor no fe le haga cargo de las cafas que,<br />

por cafo fie de fruyeron , ha de tener cupdado de repararlas.<br />

Sife leía de hazer cargo de los maravedís, que gafo en feguir.<br />

pleytos fin confider ación.<br />

¡ten ,fi fe le ha de hazer cargo de vna cafa, que por fu culpa<br />

fe quemo ,y abraso.<br />

Si afsimifmo fe le ha de hazer cargo délos (alarios que el me-,<br />

ñor ha gana do, por razen defusJaldadas.<br />

Si fe le ha de hazer cargo del arrendamiento di las cafas, en<br />

que el dicho Tutor vivió, qite^ eran de[ tnensr.<br />

§. Def-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!