09.05.2013 Views

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

116 SlgnençA, Vibro primero,<br />

i o Si per el jaramente tendrá obligación precifa el deudor a pagaren<br />

la efpecie que prometió.<br />

11 Repetir fi puede el deudor la deuda dr-s vezes pagada ,por el fini¿<br />

quitoj l in frumento de paga defpues hallado.<br />

r<br />

il T TrAtn. Si en cafo de necefsidad, invito credirore , cumplirá<br />

\<br />

f<br />

i deudor pagando en diferente efpecie , y dar , iníolidum,<br />

de fu deuda, y obligación , 6 otra qualquier cofa á íu acreedor. Y de -<br />

que en cafo de ne c ísidad , cumplirá el dicho deudor con pagar en la<br />

efpecie que pudiere, no aya duda como adelante fe vera ; falvo , íi la<br />

eícritura de obligación fue otorgada, y ordenada comías palabras de<br />

la claufula fi guíente , fcilfcet : Por cuya caufa me obligo de dd-r ,y<br />

pagar a vos ¿i dicho fulano la dicha caminad en la. mifma efpecie , que<br />

de vos la recibo Tpa/a mayor firmeza renuncio la ley \. del titulo<br />

de la 5. partida , b. y juy 0 a Dios , ya fu S anuísima >$í y pena de perjuro,<br />

de no ir , ni contravenir: centra la dicha obligación, (tno que preci*<br />

Jámente dan ,y pagar} , cumpliré ,p guardare todo lo contenido en efe<br />

dicho contrato,en la firma que dicho es., del qual juramento en ninguna<br />

manera pediré abfolucion, ni relaxacion afu Santidad,<br />

fuier fu Delegado.<br />

ni a otro quuli<br />

2 Ibi: En la mifma efpecie. a. Dos cofas íe han de notar en eíla<br />

materia, que para la concluíion de nueítra duda , y queftion es merca<br />

fe coníidercn. La primera es , que como el deudor, y obligado á<br />

dar , y pagar alguna efpecie , afsi como trigo , ceyaJa , vino , azeyte,<br />

puede fer compulfo , y apremiado á la dicha pega , y rellitucion , per<br />

forma- reguhm, quia aliud pro alio invito ered.tore regttlwiter fiivi non<br />

tur mlis potefl , vt trí leg. 2. §. Mutui datio , ¿* ibi communiter firibenlUuful*<br />

¿ g J 9 ff.ficertum petatur inleg. Si fe , §. Áit P'rdtpr de re<br />

iudicata , leg. Si prcmijjor , $. final ,jf de con/litut. pecunia , leg.<br />

ítem líberaíur , $. ¿j¡ui paratas , jf. quibus modis pign. vel hypot.<br />

jclvatur.<br />

3 Lo qual fe ha de limitar en la forma figuiente,fçBket: que íi el<br />

trigo . 6 cevada , azeyte , 6 vino , fe pudiere hallar en aquel lugar, ó<br />

Provincia, que entonces precifamente tendrá obligación a pagarlo el<br />

dicho deudor en ia forma que dicho es. Pero ft hallar no fe pudiere en<br />

el dicho ^ugar , y Provincia, en ral cafo cumplirá el dicho deudor á<br />

pagar fu cftimacion,fegun al precio corriente, que al tiempo de la paga<br />

valiere en el lugar adonde fe debía entregar, vt ita docet Paulus,<br />

in dicto §. Mutui datio, numer. 6. ex text. in I. Res fattiva , de conili¿7.<br />

furtiva. Y lo propio, fe ha de entender , aunque la efpecie fs<br />

pueda pagar valiendo muy cata j o íi fe trac muy lejos, de que puede<br />

re ful-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!