1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU

dspace.ceu.es
from dspace.ceu.es More from this publisher
09.05.2013 Views

X14 Slgneñfd , Vibro primero, acreedor, no tendrá acción á pedir cofa alguna al dicho primer deudor , vt ita notar Bart. in l. Sihguiai ia ,jf.fi cert.pttat. fe ,n l. Paul, ff. de novation.fe ita probana tn dicl.l i 5. ibi : £ maguer eftt fegundo que renovó el pltyio fob'e fi vin>ejfie á pob

De Claufulas Instrumentales, Cap.XXXIX. t \ j 1i Fínalmeñtejc concluye, que porque muchas vezes en los díchoscafos , aísi por no apcrcebir los dichos contrayentes loque fe puede ofrecer, como por no declararcí Efcrivano bien fu voluntad, en contradícorio juizio fe fuele juzgar defpues lo concrario:y porque cílo no procede afsi, en cafo que los contrayentes no tengan voiurí» ud de hazer novación del primer contrato , por el fegundo , y íiguiente , ftrá bueno , que las eferituras de femé jantes contratos con la ciaufula liguicnte. T quando en fu fuer'ça , y vigor el primer contra-, to , / obligación , afsi en la prerrogativa , antguedad , y prefación , coi tno en la prenda , é hypotjca ',y fijnça ; / fin fer vi (lo inovar del dicho primer contrato cofa alguna ,fe obliga el dicho fulano deudor, de darle, y pagarle la dicha cantidad , por razón de tal cofa , b le delega tal deuda , que el dicho fulano le era debienio. Por cuya tuerca quedará obli-i gado el dicho deudor por la vua, y otra obligación . fin fer vifto, ert qaáñtu á efto , carfarfe ÍA dicha novación , vt efl text. in l. 3. qui pot, inpign. habsan.jtr. CAPITULO XL. Do:vde fe concluye, íi el deudor, inviro creditore,cumplirá eon pagar en dif.-rence efp.cie de la qae fue obligado ,y que ciaufula fe requiere , para que efto no proceda aftl. S V M A R I 0. I invito cred'turc , cumplí*i el deudor , pagando en diferente v3 efpeiie de la queje obligo , rjr ibi num. 1. 3 Tfi precifumente ha de pagar en la ifpccie prometida , hallando fe t en aquella Provincia -o poffeedor , ib: num. 7. $ Ciaufula pa?a que EL acreedor PO pierda el derecha en los bienes de fu fiador , Y deudor, a viéndolo fiando inciertos los bienes que le ai. judie a r.-r, en pago de fu deuda. 9 Ciaufula para que el r omprador de la cofa bypotccada no pierda el mifmo derecho en los bienes del deudor. O Si

X14 Slgneñfd , Vibro primero,<br />

acreedor, no tendrá acción á pedir cofa alguna al dicho primer deudor<br />

, vt ita notar Bart. in l. Sihguiai ia ,jf.fi cert.pttat. fe ,n l. Paul,<br />

ff. de novation.fe ita probana tn dicl.l i 5. ibi : £ maguer eftt fegundo<br />

que renovó el pltyio fob'e fi vin>ejfie á pob

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!