1 - DSpace CEU
1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU
Slguençd, Libro primero; 'fermedad\para mapor firmeza, defk luego renacía todo el derecho leyes introducidas en fu favor, y en efpecial,renuncia f. el acción au ante mincrii p redbibitoria,como en ellas fe contienen. i Ibi: Acción ninguna.*. Y ame todas cofas , fe ha de notar , que Vna cofa es acción rcdhibitoria, y otra, acción, que el Derecho llama quanto minoris, que es quando el comprador pretende le buelvan, lo; que por vicio, ó enfermedad, vale menos el cávallo, macho ,6 muía que compró; y la acción redhibitoria, es, quando de todo punto pretende el comprador fe le buelva fu precio, y dinero , rcíVmdien Jo fe el dicho contrato de venta ,vt in l.i.fr per fot. tit.jf. de adil. adiéf. frinl.6%.tit. *>.part. 5.& ibi Greg. Lop, l De que fe ligue , que aviendo intentado el comprador vna de eltas dos dichas acciones,no podrá intentar,y tratar de la otra, efpecialmente , fiendo condenado el dicho comprador por defecto de prueba,falvo.fi fue condenado por no aver pedido en ciempojporque entonces puede intentar la otra,fiendo afsimifmo en tiempo , por no obftarle en efie cafo la excepción de la cofa juzgada,vt bxc omniapro-i bantur in Lcum qúxritur,cum Lfquent.Jf.de xJH.x-dii7.glof. in l.fi bo-. tninem,§ non nocebitur,vbi(¿ip.Ccepo\.n. i i.i.jf.de xd'.l xdi¿f. 4 Ibi: Por razón di vicio, b. Y quanto lo fegun do , íe ha de coníiderar,que el vicio, o defecto de la cofa, algunas vezes confute en íuftancia,afsi como vender,azófar por oro;y c:ras,confiften en cantidad, afsi como el engaño que fe haze en el pefo,y medida de las cofas que fe venden , y otras muchas; en calidad, afsi como vender el cíelavo, b animal con algún vicio, 6 defecto, 6 enfermedad , que es de lo que pretendemos tratar en efie dicho capitulo, por las conclufiones figaientes. 5 Lo primero,que fi el vicio no era manifiefto,y el comprador le iguorava, y no fe le efeondia ai vendedor, y de malicia no le revelo, fiendo notable el dicho vicio, quedatá obligado á todo el daño , que por razón de ocultar el dicho vicio , ó enfermedad al dicho comprador fe le huviere feguido;afsi como fi fucile ganado enfcrmo,y por la dicha caufa huvieííe inficionado el mas ganado-, que á la fazon tenia el dicho comprador; 6 fi fuelle efelavo , y fiendo ladrón , fe ocultaífe aquel vicio,de que íucedieífc hurtar alguna cofa al dicho comprador, que por qualquiera de efias dichas caufas,ó otras femejantes, no folo tendrá obligación el dicho vendedor ábolver el precio de la cofa . vendida.pcro también á los daúosjaunque fi el dicho vicio iguorava, tan folamence citará obligado á bolverel dicho precio, y eftimacioa, vt hxc omniaprobantur in l. Iulian./» princip.Jf. di aclUnib. empt. I. fi yina,i. verf. pUne. ff.de peiicul. fr^ cemmun. rei veüdit.lege i\
De éUufu Lis Jnfrumentales, Cap. XXXV/. 19$ C. de ¿edil, affionib. I. 6 3. fe 64. tital. $.p. 5. 6 Lo íegundo , que aunque es verdad,que la ignorancia le efcufa" al vendedor el daño que intervino,)» fe cauía por razón, y caufa de la cofa enferma, ó viciofajperó con todo effo, no fe libra de dár,y refir-, tuic el precio de la cofa vendida,no fiendo el vicio pequeño, porque entonces, bailará entregar el menos valor, intentándole por la dicha acción quanto miooris,v/ hac omnia probaniur in d. I. Julianas, fe in /. 1. §.?roina} yfe in l.evidtns. ff.de xdil.xdicT-.feccnfentitJjenetur.ff. de atfio empt fe ibi */
- Page 154 and 155: in l. D0nati0neSyC.de donat.inter v
- Page 156 and 157: 140 Slfttencd, Libro primero, Alex.
- Page 158 and 159: 14 V tana, 6 azotea, á deshora ,
- Page 160 and 161: laño fe obligaron en ¡afirma figu
- Page 162 and 163: 146 Stvuençd, Vibro primero, Derec
- Page 164 and 165: 1 S V M A R I 0. den, renun ¡andof
- Page 166 and 167: i jo Stguença, Vibro frimero, deud
- Page 168 and 169: ninguna manera fcrán de efec*o,ate
- Page 170 and 171: tos licitos , y permitidos; y es co
- Page 172 and 173: FJÉl* Stguenca , L/iro primero] 7
- Page 174 and 175: I £g Siguen ça , L?¿rflprimero,
- Page 176 and 177: 16o Slouença, Libro f rimero t fci
- Page 178 and 179: l¿8 Sifuençd, Libro primero, en r
- Page 180 and 181: 17© Slaaença, Libro primero, i Si
- Page 182 and 183: advertidos de ellas para defengaño
- Page 184 and 185: 174 Shuença, Libre primero] vended
- Page 186 and 187: 176 Slouença, Libro primero, miado
- Page 188 and 189: 178 Siguen': d yVíbr
- Page 190 and 191: ifto Sigusnçd , Libro primero, añ
- Page 192 and 193: l o x Stguenç*, Libro primero, 'de
- Page 194 and 195: 1 S4 Seguencd., Libro primero, Extr
- Page 196 and 197: Slgtiencájíibto f rimero, CAPITUL
- Page 198 and 199: & ibi Glof.& communitér DD.¿* per
- Page 200 and 201: i ço Slguença, Libro f rimero] pa
- Page 202 and 203: \yi Si*tunca, Lihro prime*o, porque
- Page 206 and 207: t 69 S'ouenç*, Libro primero, por
- Page 208 and 209: 10 8 S'tguença ,L Ihro p rimero, '
- Page 210 and 211: CAPITULO XXXV. Adonde fe notan cier
- Page 212 and 213: 201 SUuencd, Libro primero] cha acc
- Page 214 and 215: 104 Siguen ç 4,L lbroprtme.ro, ibi
- Page 216 and 217: 2o6 Stguença ¡Libro primero, diç
- Page 218 and 219: 2.0b '¿iguencd, Lluro primero t pe
- Page 220 and 221: porqué no es fufícíente para eft
- Page 222 and 223: 1 \ i Stftueñça, Libra primero, 6
- Page 224 and 225: X14 Slgneñfd , Vibro primero, acre
- Page 226 and 227: 116 SlgnençA, Vibro primero, i o S
- Page 228 and 229: 118 * Siguença, Libro fconnJ.o, co
- Page 230 and 231: 210 Siguen ra, Ltbffiprlmw, ¿ hefi
- Page 232 and 233: ti i Siguençdy Libro primero 9 dá
- Page 234 and 235: St£uenç4 f Libro primero, Enfenar
- Page 236 and 237: Slgnença, Libro jprimero, S¡ por
- Page 238 and 239: Stguenca, Libro primero, Frute} pen
- Page 240 and 241: I j o fyuençd , Vthroprimero, Conr
- Page 242 and 243: 2. J 1 $t£&ffeÇJ)Llirf&PTtffiCT\.
- Page 244 and 245: 2 34 SeguençA ytwro primero, dot&p
- Page 246 and 247: l *j 6 Stgttença, L!h?# primero,
- Page 248 and 249: 1 j8 Slguença^ Libro f rimero, aqu
- Page 250 and 251: i^o Siguença, Vmoprimero t fue ena
- Page 252 and 253: Sigue»ça y Libro primero y §. De
Slguençd, Libro primero;<br />
'fermedad\para mapor firmeza, defk luego renacía todo el derecho<br />
leyes introducidas en fu favor, y en efpecial,renuncia f. el acción au ante<br />
mincrii p redbibitoria,como en ellas fe contienen.<br />
i Ibi: Acción ninguna.*. Y ame todas cofas , fe ha de notar , que<br />
Vna cofa es acción rcdhibitoria, y otra, acción, que el Derecho llama<br />
quanto minoris, que es quando el comprador pretende le buelvan, lo;<br />
que por vicio, ó enfermedad, vale menos el cávallo, macho ,6 muía<br />
que compró; y la acción redhibitoria, es, quando de todo punto pretende<br />
el comprador fe le buelva fu precio, y dinero , rcíVmdien Jo fe<br />
el dicho contrato de venta ,vt in l.i.fr per fot. tit.jf. de adil. adiéf.<br />
frinl.6%.tit. *>.part. 5.& ibi Greg. Lop,<br />
l De que fe ligue , que aviendo intentado el comprador vna de<br />
eltas dos dichas acciones,no podrá intentar,y tratar de la otra, efpecialmente<br />
, fiendo condenado el dicho comprador por defecto de<br />
prueba,falvo.fi fue condenado por no aver pedido en ciempojporque<br />
entonces puede intentar la otra,fiendo afsimifmo en tiempo , por no<br />
obftarle en efie cafo la excepción de la cofa juzgada,vt bxc omniapro-i<br />
bantur in Lcum qúxritur,cum Lfquent.Jf.de xJH.x-dii7.glof. in l.fi bo-.<br />
tninem,§ non nocebitur,vbi(¿ip.Ccepo\.n. i i.i.jf.de xd'.l xdi¿f.<br />
4 Ibi: Por razón di vicio, b. Y quanto lo fegun do , íe ha de coníiderar,que<br />
el vicio, o defecto de la cofa, algunas vezes confute en íuftancia,afsi<br />
como vender,azófar por oro;y c:ras,confiften en cantidad,<br />
afsi como el engaño que fe haze en el pefo,y medida de las cofas que<br />
fe venden , y otras muchas; en calidad, afsi como vender el cíelavo,<br />
b animal con algún vicio, 6 defecto, 6 enfermedad , que es de lo que<br />
pretendemos tratar en efie dicho capitulo, por las conclufiones figaientes.<br />
5 Lo primero,que fi el vicio no era manifiefto,y el comprador le<br />
iguorava, y no fe le efeondia ai vendedor, y de malicia no le revelo,<br />
fiendo notable el dicho vicio, quedatá obligado á todo el daño , que<br />
por razón de ocultar el dicho vicio , ó enfermedad al dicho comprador<br />
fe le huviere feguido;afsi como fi fucile ganado enfcrmo,y por la<br />
dicha caufa huvieííe inficionado el mas ganado-, que á la fazon tenia<br />
el dicho comprador; 6 fi fuelle efelavo , y fiendo ladrón , fe ocultaífe<br />
aquel vicio,de que íucedieífc hurtar alguna cofa al dicho comprador,<br />
que por qualquiera de efias dichas caufas,ó otras femejantes, no folo<br />
tendrá obligación el dicho vendedor ábolver el precio de la cofa<br />
. vendida.pcro también á los daúosjaunque fi el dicho vicio iguorava,<br />
tan folamence citará obligado á bolverel dicho precio, y eftimacioa,<br />
vt hxc omniaprobantur in l. Iulian./» princip.Jf. di aclUnib. empt. I. fi<br />
yina,i. verf. pUne. ff.de peiicul. fr^ cemmun. rei veüdit.lege i\