09.05.2013 Views

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

! 16 Siouença , Vibro pristiere,<br />

por fus padres, y afcendientes, y fe revocará en todo, ó en lo qué pareciere,<br />

y contare fer 'moficioía. Duda es, adonde muchos Doctores<br />

han moítrado fus ingenios, y adonde afsimifmo cada vno ha feguido<br />

fu opinión,de que pareciera mal,que mi ingenio fe aplieara á deftruir.<br />

loque tan agudamente , y tan fundado en Derecho al propoíitorcí-:<br />

pendieron. Y confiderando, y procurando entender en que coníiíUa<br />

la dificultad,que daba caufa á las dichas dificultades,)' opiniones,me<br />

pareció bufear medio , para que de ninguna manera las vnas, y otras<br />

dichas opiniones fe figuicffen , que por las palabras de la claafulalx-<br />

Iwma- guíente fe conocerá efie :emtdio,ki\kev.OUigandome/omo me obligo,<br />

tur ja n 9 revocar eft a dicha donación en manerg, )l forma algunay fi la re-<br />

* vocare, no valga la tal revocacien, aunque diga,y alegue , que al tiempo<br />

de otorgarla, tuve efperança de tener hijos: z.y quieto, que por el<br />

mifmo hecho quedefegunda vez aprobada. Para cuya firmeza, y mayor<br />

abundamiento,} cara que la dicha donación en todo tiempo quede valida,<br />

y perfecla, y valga en lo que de Derecho valer pueda , renuncio la ley,<br />

Si vnquam, b.C.de revocandis donationib.y ley ti. tit. a.part. %.<br />

z Ibi: Tuve efper anca de tener hijos, a. Y lo que primero fe ha de<br />

confiderar, es , que regularmente la donación otorgada en favor de<br />

cSraño fe debe revocar ; y por mejor dezir, ipfo iure , fe revoca , y<br />

anula por el nacimiento de los hijos, que por legitimo matrimonio,<br />

defpues le nacen al donante , y otorgante , vt in d. I. Si vnquam , C.<br />

de revocandis donat ionio, ¿f in dici. I. Z.tit. 4 part. 5. & ita affirmat<br />

loan o. Aridr. 2c Panorm. in cap. vlt.de donat ionio, num. 5. & conim.<br />

Docturum fententia, quam refcrt,ac fequhur Covar. var. refni.cap.^;<br />

num. 11. Y fi bien fe confideran las decifionesde las dos leyes ,7. «íi<br />

vnquam, y ley 8. tit. 4. part. 5. parece pelean en fu decifion, y determinación<br />

, atento , que la dicha ley, Si vnquam , di {pone , en que las<br />

dichas donaciones en todo , ipfo iure , quedan revocadas: y la otra,<br />

que es la dicha ley 8. difpone, en que tan íolamcnte queden revocadas<br />

en lo que pareciere, y confiare fer inoficiofes, refpe&o de la legitima<br />

de los dichos úeicientes , y afcendientcs , vt ita ind. I. 8. ibi: E<br />

fi por ventura alguno que oviejfe fijos Ugitimos , quifiere faz.'r donación<br />

á otro , pueaelo fazer en tal manera, que. todavía finque en falvo a<br />

fus fijos la fu parte legitima. Por manera que li el padre tuviere hijos<br />

legítimos, c hizirre, y otorgare donación de todos, 6 la mayor parte<br />

de ellos, tan íolamcnte fe entenderá fer valida, en quanto al quinto,<br />

fiendo otorgada en favor de eitraño; y tercio, y quinto, fiendo cu<br />

favor de defeendiente.<br />

3 Y fegun confia de las palabras de la dicha ley,fe debe entender,<br />

quafido ú donante , y dicho otorgante tenia hijos , o efperança de<br />

te-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!