1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU

dspace.ceu.es
from dspace.ceu.es More from this publisher
09.05.2013 Views

TabUdelos Capitulas. Cap. X. Adonde fe trata vcon que folemnidad, y claufulas deben , tienen de fer otorgadas todos, y qualefquier contratos celebrados por las mugeres de qualqoiet condición , y eítado que.fean , para que civil, y naturalmente queden obligadas, fol.$7. Cap.XI. Adonde fumariamcnte fe traen á la memoria algunas condiciones, y claufulas , que de derecho fe reputan por nulas ry vfurarias, y reprobadas en efcricuras, y de.conícntimiento de las parces celebradas, y otorgadas en contratos,:(o\f&$. Cap.Xll.Adondc fe advi comprador del remedio de la dicha ley, efpecialmente, quando rué lefo, y engañado en la mitad mas , 6 menos del jufto valor , y precio de la cofa vendida, 6 comprada,y debaxo de quéclaufula,rol.75. Çap.XlV. Adonde fe declarador qué claufulas fe transfiere el.dominio *n el comprador de.la cofa vendida, fol^S. Çap.XV.Adonde fe declara, con quépalabras d

TdbLí de los'CAphulos, requiere infirmación, íi 11 tener atención al exce/fo de los quiníeñtoi fueldos; y fi en alguna manera fe puede dar claufula, y regla cierta., para renunciar elle derecho , ful. i n. Cap XXII.Adonde íumariaméte fe declara,fi fe puede dár,y traer clauful »,y regla cierta,para cj la donació otorgada en favor de eürai:o,o deícédiétes no fe revoqé todo por clnacimicco délos hijos, f.i 15. Cap.XXUI.Dóde fe refiere,!'! por caufas de ingratitud fe puede revocar rodas,y qualefquier donaciones,por irrevocables que fean, y de que clau/ula fe puede vfar,para q en codo queden irrevocable-f. 1 8 Çap.XXIV. Adonde fe trata,fi las donaciones ,y enagenaciones de rodos los bienes prcfcntes.y futuros ferán validos , y fi fe podrá licitar la ley ¿>p.deToro,hodié I.$.tit.io.nb?5.Novas Rec.que afbi prohibe, y anula la dicha enagenacion, y donaciones, fol. ¡n. Cap. XXV. Adonde fe reficre,que claufulas íean necciíarias , para que ias donaciones que fe otorgan por caufa , y temor de muerte, queden perfectas , é irrevocables, ful. 12.4. Cap. XXVI. Sobre las donaciones otorgadas entre marido , y mtiger* adonde por el tenor délas palabras mas notables de ciertacladjjla con que deben, y han de fer otorgadas tadas,y qunjefquict cícr¡turas de tasdichas donaciones, fe notan, y traen á la memoria los cafos mas notables q ay en el derecho,tocares á la dicha materiaf 1 27 Cap.XXVíl.Adonde fe trata,fi el pa&o reciproco,3d invicem de ír.ccedéio enere marido,y muger,y otras perfonas particulares,avrá lugar, 6 li de derecho ferá rcprobado,adonde. fe refiere ciertas claufulas,có q los dichos contratos debe fer ordenados,y otorgados/. 145, Cap.XXVlII.Sobre la renunciacionde] privilcgio,y exempció de la hidalguía,y en que cafos avrá lugar, y debaxo de que claufulas,f. 148. Cap.XXIX.Sobre la renunciación del capitulo Oduardus, de folution adonde fe refiere cierra claulula , en virtud de la qual , podían los Clérigos fer prefos, y encarcelados, fol. 150. Cap.XXX.Sobre la ^ena convencional, y donde fe refiere vna notable claufulajpor cuya fuerça fe puede pcdir,y executar por la dicha pena, auuqel cócratode fu mifmafiaturaleza éioprincipal fea nulo,f.i 52. Cap.XXXI. Sobre las claufulas mas principales con que comunmente íe fuelen ordenar, y otorgar todas, y qualefquicr efcriíurasdc compromisos, adonde fe declara lo mas vril en erta materia de claufulas, al propofito del dicho capiculo,y quc{tion,fcl. 157. Cap.XXXII. Adonde fe refieren todas, ó las mas claufulas,y condiciones ,que de Derecho fe juzgan por ¡licitas , y vfurarias, en todos, y qualefquier contratos de cenfos, con muchas , y notables advertcn-, c-ias tocantes á la dicha materia, fol.

TabUdelos Capitulas.<br />

Cap. X. Adonde fe trata vcon que folemnidad, y claufulas deben ,<br />

tienen de fer otorgadas todos, y qualefquier contratos celebrados<br />

por las mugeres de qualqoiet condición , y eítado que.fean , para<br />

que civil, y naturalmente queden obligadas, fol.$7.<br />

Cap.XI. Adonde fumariamcnte fe traen á la memoria algunas condiciones,<br />

y claufulas , que de derecho fe reputan por nulas ry vfurarias,<br />

y reprobadas en efcricuras, y de.conícntimiento de las parces<br />

celebradas, y otorgadas en contratos,:(o\f&$.<br />

Cap.Xll.Adondc fe advi comprador<br />

del remedio de la dicha ley, efpecialmente, quando rué lefo, y engañado<br />

en la mitad mas , 6 menos del jufto valor , y precio de la<br />

cofa vendida, 6 comprada,y debaxo de quéclaufula,rol.75.<br />

Çap.XlV. Adonde fe declarador qué claufulas fe transfiere el.dominio<br />

*n el comprador de.la cofa vendida, fol^S.<br />

Çap.XV.Adonde fe declara, con quépalabras d

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!