Análisis cuantitativo de los suministros militares - Historia Antigua

Análisis cuantitativo de los suministros militares - Historia Antigua Análisis cuantitativo de los suministros militares - Historia Antigua

historiantigua.cl
from historiantigua.cl More from this publisher
09.05.2013 Views

“El engaño fue revelado un año antes al pretor Marco Emilio y, a través de él fue comunicado al Senado, pero que no fue causa de ningún senado consulto porque, dadas las circunstancias, los senadores no deseaban entrar en dificultades con el grupo de los publicanos. Pero el pueblo se demostró, ante ese engaño, un juez más bien severo y finalmente se movieron dos tribunos de la plebe, Spurio y Lucio Carvilio, quienes se dieron cuenta de cuan odiosa e infame fue aquella situación”. Los publicanos proveedores del ejército gozaban de prerrogativas únicas frente a la ley y la prueba es muy clara: el Senado resolvió no validar la acusación en su contra y no cursar la causa penal (venditio praedum praediorum) 350 ; se argumentó que no era el momento justo porque la guerra contra Cartago era muy compleja y no era oportuno entrar en conflicto contra aquellos que facilitaban las provisiones militares. Se sabe que éstos eventualmente ofrecían su dinero para cubrir los gastos del erario cuando éste atravesaba épocas de decaimiento 351 . La voz popular se opuso a la influencia plutocrática del ordo publicanorum cuando los tribunos de la plebe hicieron efectiva una multa de doscientos mil ases en la persona de M. Postumio que, a nuestro parecer, fue tan sólo una discreta intención de punición, casi para tratar de complacer a quienes comprendían bien la dependencia existente entre Estado y publicanos proveedores militares, un vínculo que según Clemente 352 se fundaba en la débil organización económica de la República. Más adelante Livio informa que Postumio tuvo un proceso muy particular: se le aplicó el exilio y sus pertenencias fueron vendidas en subasta pública 353 . Desde otro punto de vista, los estafadores conocieron muy bien el tipo de mercancía en precio, calidad y cantidad para provocar el hundimiento de la nave. No es un error concluir que los marineros estaban al corriente de los planes de los comerciantes 354 , después de todo ellos eran quienes debían cargar la embarcación y luego arrojar las mercancías al mar. 350 Trisciuoglio, A., 1997, ha trabajado esta figura del derecho privado y ha hecho notar que ésta fue usada con regularidad para punir el incumplimiento del contratista público; además revisa con rigurosidad las sanciones que la justicia imponía a quienes violaban la lex contractus. 351 El mismo Livio 34,6,16 lo afirma más adelante mientras habla del financiamiento de la guerra contra Aníbal “...quia omnium privatorum pecuniae in usum publicum vertendae erant...”. 352 Clemente, G., L’economia imperiale romana en “Storia di Roma” AAVV, Einaudi, Turín, 1990, 365-384, 371, asegura que este episodio no es relevante por el fraude en sí, sino porque frente a la debilidad económica del Estado los capitales privados se hacían imprescindibles y por lo tanto el gobierno estaba bajo una influencia política muy poderosa: “nella struttura stessa del sistema finanziario romano risiede la forza dei publicani”. 353 Livio 25,4,6-11. Lamentablemente no tenemos mayores referencias respecto a la suerte específica de Pomponio Veientano. Nuestra fuente no vuelve a hablar de él. Pomponio desaparece sin dejar huellas y sería riesgoso lanzar una hipótesis de sus pasos siguientes. 354 Es importante notar que aquí el magister navis es sospechoso de estafa. Debemos recordar que en el derecho romano él tenía un rol muy importante al interior de la nave, siempre en estrecha relación con el dueño de ésta, aunque también podría ser que ambos fuesen la misma persona; por lo tanto es lógico concluir que en este caso 110

El escándalo del año 214 evidenció la vulnerabilidad del sistema contractual respecto a los daños o infortunios que eran cubiertos por el Estado, pero lo más probable es que este episodio haya restado credibilidad a las compañías de publicanos para futuras entregas de provisiones al ejército romano. Este tema ha sido bastante revisado por los especialistas que tienden a destacarlo como un hecho aislado, pero que marcó una clara señal de los nuevos tiempos que se vivían 355 y en los que los publicanos, como grupo general, ganaban una influencia notable en los asuntos financieros y políticos. Diversos autores advirtieron esta singularidad cuando reconocieron a los aprovisionadores del ejército como parte integrante del ordo publicanorum. Por ejemplo Cassola 356 señala que este intento de estafa sirvió para constatar el enorme poder del ordo publicanorum (que podría ser un anacronismo en el siglo III a.C.) cuando se defendió masivamente la persona de Postumio, casi al punto de impedir que el tribuno C. Servilio Casca procediera judicialmente. Badian 357 destaca que este fue el intento de estafa sólo de algunos publicanos y no de todo el ordo publicanorum, pero reconoce que la idea de solidaridad que tenían potenció un grupo socialmente peligroso. Desde una perspectiva jurídica este episodio motivó críticas a la inoperancia del Senado por su incapacidad de enfrentarse a los aprovisionadores del ejército. Así lo destaca Cimma 358 , mientras otros autores como Roth 359 y Rosillo 360 tienden a sostener que este caso no fue más que ambos estaban de acuerdo. Este tema también está ligado al ámbito de las empresas de navegación, para tales efectos se sugiere revisar Di Porto, A., Impresa collettiva e schiavo manager in Roma antica (II sec. a.C. – II sec. d.C.), Milán, 1984. 355 Las evaluaciones hechas de este episodio son variadas, destacan: Erdkamp, P., 1998, 117, aborda el tema desde la siguiente perspectiva: “Fraud as described in the story undoubtedly could occur in a civilian context as well as in a state context; it could furthermore occur in state contracts other than military supply contracts. Those shippers who contracted the transportation of public corn were liable for damage caused by negligence or malpractice only, unless the contract included a special clause, the RECEPTUM NAUTARUM, which transferred the risk of bad weather as well to the shipper”; por su parte Maganzani, L., 2002, 223, revisa este episodio como parte del manejo que hacían los privados de las disposiciones estatales con la finalidad de usufructuar de los favores y beneficios del mercado; “aquel momento concreto la influencia de los publicanos sobre el Senado era ya notable” y por esto es que rechaza la idea que el suministro del 215 hubiera sido el primero hecho por estas compañías. 356 Cassola, F., 1962, 78. 357 Badian, E., 1972, 18-19, 25 dice: “The support shown for the two malefactors is said to show a class solidarity that might be regarded as socially dangerous”. 358 Cimma, M., 1981, 8, sostiene: “L’intera questione, e lo stesso Livio lo afferma, dimostra chiaramente come i publicani già in questo periodo avessero una potenza sufficiente ad impedire la reazione del senato”. 359 Roth, J., 1999, 275, quien lo evalúa como parte de la corrupción que envolvió al sistema de suministración, éste sería un caso aislado y no una generalidad. 360 Rosillo, C., 2000, 65-66, especifica que el intento de estafa se sitúa específicamente en el sistema de transporte marítimo en función de la garantía creada para optimizar una locatio-conductio funcional a las necesidades de la guerra, pero de la cual hacían uso los transportistas de las mercaderías. 111

El escándalo <strong>de</strong>l año 214 evi<strong>de</strong>nció la vulnerabilidad <strong>de</strong>l sistema contractual respecto a <strong>los</strong><br />

daños o infortunios que eran cubiertos por el Estado, pero lo más probable es que este episodio<br />

haya restado credibilidad a las compañías <strong>de</strong> publicanos para futuras entregas <strong>de</strong> provisiones al<br />

ejército romano.<br />

Este tema ha sido bastante revisado por <strong>los</strong> especialistas que tien<strong>de</strong>n a <strong>de</strong>stacarlo como un<br />

hecho aislado, pero que marcó una clara señal <strong>de</strong> <strong>los</strong> nuevos tiempos que se vivían 355 y en <strong>los</strong> que<br />

<strong>los</strong> publicanos, como grupo general, ganaban una influencia notable en <strong>los</strong> asuntos financieros y<br />

políticos. Diversos autores advirtieron esta singularidad cuando reconocieron a <strong>los</strong><br />

aprovisionadores <strong>de</strong>l ejército como parte integrante <strong>de</strong>l ordo publicanorum.<br />

Por ejemplo Cassola 356 señala que este intento <strong>de</strong> estafa sirvió para constatar el enorme<br />

po<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l ordo publicanorum (que podría ser un anacronismo en el siglo III a.C.) cuando se<br />

<strong>de</strong>fendió masivamente la persona <strong>de</strong> Postumio, casi al punto <strong>de</strong> impedir que el tribuno C. Servilio<br />

Casca procediera judicialmente.<br />

Badian 357 <strong>de</strong>staca que este fue el intento <strong>de</strong> estafa sólo <strong>de</strong> algunos publicanos y no <strong>de</strong> todo<br />

el ordo publicanorum, pero reconoce que la i<strong>de</strong>a <strong>de</strong> solidaridad que tenían potenció un grupo<br />

socialmente peligroso.<br />

Des<strong>de</strong> una perspectiva jurídica este episodio motivó críticas a la inoperancia <strong>de</strong>l Senado<br />

por su incapacidad <strong>de</strong> enfrentarse a <strong>los</strong> aprovisionadores <strong>de</strong>l ejército. Así lo <strong>de</strong>staca Cimma 358 ,<br />

mientras otros autores como Roth 359 y Rosillo 360 tien<strong>de</strong>n a sostener que este caso no fue más que<br />

ambos estaban <strong>de</strong> acuerdo. Este tema también está ligado al ámbito <strong>de</strong> las empresas <strong>de</strong> navegación, para tales efectos<br />

se sugiere revisar Di Porto, A., Impresa collettiva e schiavo manager in Roma antica (II sec. a.C. – II sec. d.C.),<br />

Milán, 1984.<br />

355 Las evaluaciones hechas <strong>de</strong> este episodio son variadas, <strong>de</strong>stacan: Erdkamp, P., 1998, 117, aborda el tema <strong>de</strong>s<strong>de</strong><br />

la siguiente perspectiva: “Fraud as <strong>de</strong>scribed in the story undoubtedly could occur in a civilian context as well as in<br />

a state context; it could furthermore occur in state contracts other than military supply contracts. Those shippers<br />

who contracted the transportation of public corn were liable for damage caused by negligence or malpractice only,<br />

unless the contract inclu<strong>de</strong>d a special clause, the RECEPTUM NAUTARUM, which transferred the risk of bad weather as<br />

well to the shipper”; por su parte Maganzani, L., 2002, 223, revisa este episodio como parte <strong>de</strong>l manejo que hacían<br />

<strong>los</strong> privados <strong>de</strong> las disposiciones estatales con la finalidad <strong>de</strong> usufructuar <strong>de</strong> <strong>los</strong> favores y beneficios <strong>de</strong>l mercado;<br />

“aquel momento concreto la influencia <strong>de</strong> <strong>los</strong> publicanos sobre el Senado era ya notable” y por esto es que rechaza<br />

la i<strong>de</strong>a que el suministro <strong>de</strong>l 215 hubiera sido el primero hecho por estas compañías.<br />

356 Cassola, F., 1962, 78.<br />

357 Badian, E., 1972, 18-19, 25 dice: “The support shown for the two malefactors is said to show a class solidarity<br />

that might be regar<strong>de</strong>d as socially dangerous”.<br />

358 Cimma, M., 1981, 8, sostiene: “L’intera questione, e lo stesso Livio lo afferma, dimostra chiaramente come i<br />

publicani già in questo periodo avessero una potenza sufficiente ad impedire la reazione <strong>de</strong>l senato”.<br />

359 Roth, J., 1999, 275, quien lo evalúa como parte <strong>de</strong> la corrupción que envolvió al sistema <strong>de</strong> suministración, éste<br />

sería un caso aislado y no una generalidad.<br />

360 Rosillo, C., 2000, 65-66, especifica que el intento <strong>de</strong> estafa se sitúa específicamente en el sistema <strong>de</strong> transporte<br />

marítimo en función <strong>de</strong> la garantía creada para optimizar una locatio-conductio funcional a las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la<br />

guerra, pero <strong>de</strong> la cual hacían uso <strong>los</strong> transportistas <strong>de</strong> las merca<strong>de</strong>rías.<br />

111

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!