Corpus Bilingüe Tomo I Vol. 1 - Archivo Abierto Institucional de la ...

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08.05.2013 Views

INFORME SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE CONNECTICUT 1783 Informe de la Constitución de Connecticut El Estado de Connecticut está dividido en seis condados y cada condado en municipio. Cada municipio tiene derecho a enviar dos representantes a la Corte o Asamblea General. La Corte General tiene dos ramas, denominadas Cámara alta y Cámara baja. La Cámara alta está compuesta por el gobernador, el subgobernador y doce asistentes o consejeros: y la Cámara baja está formada por los representantes de cada uno de los municipios. Esta Corte es la única que tiene potestad para hacer y revocar leyes; conceder tasaciones; vender a municipios o personas específicas tierras que pertenezcan al estado; establecer y denominar las jurisdicciones y los oficiales que considere necesario para el buen gobierno del pueblo; y también para exigir cuentas a cualquier tribunal, magistrado o a cualquier otro oficial por cualquier delito o mala administración. Y con causa justa puede multar, trasladar o destituir los, o hacer como lo requiera la naturaleza del caso; y hacer y actuar in cualquier otro asunto relacionado con el bien del estado excepto con las elecciones del gobernador, subgobernador, asistentes, tesorero y secretario, que las harán los freemen en la elección anual para la Corte [general], a menos que después de la elección se produzca una vacante por defunción u otra causa, que podrá ser cubierta por la Corte general. Esta Corte tiene también la potestad de conceder, por razones discrecionales, las peticiones de suspensión, liberación o excarcelación en los casos penales y capitales. La Corte General tiene anualmente dos sesiones establecidas: el segundo martes de mayo y el de octubre. El gobernador, o el subgobernador en su ausencia, puede convocar la Asamblea en situaciones especiales de emergencia para que se reúna en cualquier otro momento. El gobernador, el subgobernador, los asistentes y el secretario son elegidos anualmente el segundo jueves de mayo. Los representantes son elegidos de nuevo para cada sesión establecida. Los jueces y magistrados son designados anualmente por la Corte General; a menos que sean culpables de mal comportamiento, cuando es necesario las mismas personas son normalmente reelegidas durante el periodo en que están autorizados a servir [en sus cargos]. A los sheriffs los designa el gobernador y el consejo sin limitación de tiempo, pero pueden ser sustituidos por la autoridad que los designa. El gobernador en ese momento es el capitán general de la milicia [y] el subgobernador el teniente general; los demás generales y oficiales de campo son designados por la Corte General y nombrados por el gobernador. Los capitanes y alféreces se eligen por el voto [de los miembros] de su compañía y el de los cabeza de familia que vivan dentro de los límites de la compañía. Antes de que tengan potestad para ejecutar sus cargos, las personas elegidas deben ser aprobadas por la Corte General y nombradas por el gobernador. Todos los oficiales militares ostentan sus cargos a discreción de la Asamblea y no pueden dimitir de sus cargos sin permiso del Capitán General, 487

INFORME SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE CONNECTICUT 1783<br />

Informe <strong>de</strong> <strong>la</strong> Constitución <strong>de</strong> Connecticut<br />

El Estado <strong>de</strong> Connecticut está dividido en seis condados y cada condado en municipio.<br />

Cada municipio tiene <strong>de</strong>recho a enviar dos representantes a <strong>la</strong> Corte o<br />

Asamblea General. La Corte General tiene dos ramas, <strong>de</strong>nominadas Cámara alta<br />

y Cámara baja. La Cámara alta está compuesta por el gobernador, el subgobernador<br />

y doce asistentes o consejeros: y <strong>la</strong> Cámara baja está formada por los representantes<br />

<strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los municipios. Esta Corte es <strong>la</strong> única que tiene potestad<br />

para hacer y revocar leyes; conce<strong>de</strong>r tasaciones; ven<strong>de</strong>r a municipios o personas<br />

específicas tierras que pertenezcan al estado; establecer y <strong>de</strong>nominar <strong>la</strong>s jurisdicciones<br />

y los oficiales que consi<strong>de</strong>re necesario para el buen gobierno <strong>de</strong>l pueblo;<br />

y también para exigir cuentas a cualquier tribunal, magistrado o a cualquier otro<br />

oficial por cualquier <strong>de</strong>lito o ma<strong>la</strong> administración. Y con causa justa pue<strong>de</strong> multar,<br />

tras<strong>la</strong>dar o <strong>de</strong>stituir los, o hacer como lo requiera <strong>la</strong> naturaleza <strong>de</strong>l caso; y hacer y<br />

actuar in cualquier otro asunto re<strong>la</strong>cionado con el bien <strong>de</strong>l estado excepto con <strong>la</strong>s<br />

elecciones <strong>de</strong>l gobernador, subgobernador, asistentes, tesorero y secretario, que<br />

<strong>la</strong>s harán los freemen en <strong>la</strong> elección anual para <strong>la</strong> Corte [general], a menos que<br />

<strong>de</strong>spués <strong>de</strong> <strong>la</strong> elección se produzca una vacante por <strong>de</strong>función u otra causa, que<br />

podrá ser cubierta por <strong>la</strong> Corte general. Esta Corte tiene también <strong>la</strong> potestad <strong>de</strong><br />

conce<strong>de</strong>r, por razones discrecionales, <strong>la</strong>s peticiones <strong>de</strong> suspensión, liberación o<br />

excarce<strong>la</strong>ción en los casos penales y capitales. La Corte General tiene anualmente<br />

dos sesiones establecidas: el segundo martes <strong>de</strong> mayo y el <strong>de</strong> octubre.<br />

El gobernador, o el subgobernador en su ausencia, pue<strong>de</strong> convocar <strong>la</strong> Asamblea<br />

en situaciones especiales <strong>de</strong> emergencia para que se reúna en cualquier otro<br />

momento. El gobernador, el subgobernador, los asistentes y el secretario son elegidos<br />

anualmente el segundo jueves <strong>de</strong> mayo. Los representantes son elegidos<br />

<strong>de</strong> nuevo para cada sesión establecida. Los jueces y magistrados son <strong>de</strong>signados<br />

anualmente por <strong>la</strong> Corte General; a menos que sean culpables <strong>de</strong> mal comportamiento,<br />

cuando es necesario <strong>la</strong>s mismas personas son normalmente reelegidas<br />

durante el periodo en que están autorizados a servir [en sus cargos]. A los sheriffs<br />

los <strong>de</strong>signa el gobernador y el consejo sin limitación <strong>de</strong> tiempo, pero pue<strong>de</strong>n<br />

ser sustituidos por <strong>la</strong> autoridad que los <strong>de</strong>signa. El gobernador en ese momento<br />

es el capitán general <strong>de</strong> <strong>la</strong> milicia [y] el subgobernador el teniente general; los<br />

<strong>de</strong>más generales y oficiales <strong>de</strong> campo son <strong>de</strong>signados por <strong>la</strong> Corte General y<br />

nombrados por el gobernador. Los capitanes y alféreces se eligen por el voto [<strong>de</strong><br />

los miembros] <strong>de</strong> su compañía y el <strong>de</strong> los cabeza <strong>de</strong> familia que vivan <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong><br />

los límites <strong>de</strong> <strong>la</strong> compañía. Antes <strong>de</strong> que tengan potestad para ejecutar sus cargos,<br />

<strong>la</strong>s personas elegidas <strong>de</strong>ben ser aprobadas por <strong>la</strong> Corte General y nombradas por<br />

el gobernador. Todos los oficiales militares ostentan sus cargos a discreción <strong>de</strong><br />

<strong>la</strong> Asamblea y no pue<strong>de</strong>n dimitir <strong>de</strong> sus cargos sin permiso <strong>de</strong>l Capitán General,<br />

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