Corpus Bilingüe Tomo I Vol. 1 - Archivo Abierto Institucional de la ...

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LUIS GRAU shall be before the Governor or Lieutenant Governor and Council, who shall hear and determine the same. SECTION XXI. The supreme court, and the several courts of common pleas of this State shall, besides the powers usually exercised by such courts, have the powers of a court of chancery, so far as relates to the perpetuating testimony, obtaining evidence from places not within this State, and the care of persons and estates of those who are non compotes mentis, aud 13 such other powers as may be found necessary by future General Assemblies, not inconsistent with this constitution. SECTION XXII. Trials shall be by jury; and it is recommended to the legislature of this State to provide by law, against every corruption or partiality in the choice, and return, or appointment, of juries. SECTION XXIII. All courts shall be open, and justice shall be impartially administered, without corruption or unnecessary delay; all their officers shall be paid an adequate, but moderate, compensation for their services; and if any officer shall take greater or other fees than the laws allow him, either directly or indirectly, it shall ever after disqualify him from holding any office in this State. SECTION XXIV. All prosecutions shall commence in the name and by the authority of the freemen of the State of Vermont, and all indictments shall conclude with these words, “against the peace and dignity of the same.” The style of all process hereafter, in this State, shall be, – The State of Vermont. SECTION XXV. The person of a debtor, where there is not strong presumption of fraud, shall not be continued in prison, after delivering up, bona fide, all his estate, real and personal, for the use of his creditors, in such manner as shall be hereafter regulated by law. All prisoners shall be bailable by sufficient securities, unless for capital offences, when the proof is evident or presumption great. SECTION XXVI. Excessive bail shall not be exacted for bailable offences: and all fines shall be moderate. 13. Claro error tipográfico en Slade, por “and”. 328

CONSTITUCIÓN DE VERMONT 1777 procesos por impeachment se plantearán ante el gobernador, o el subgobernador, y el Consejo, que lo verán y lo resolverán. Sección XXI. El tribunal supremo y los diversos tribunales de demandas comunes de este estado tendrán, además de las potestades ejercidas normalmente por dichos tribunales, las potestades de un tribunal de equidad en lo que se refiere a tomar testimonio, obtener pruebas en lugares fuera de este estado y cuidar de las personas y bienes que estén locos, 14 y los demás poderes que en Asambleas Generales futuras se consideren necesarios y que no sean contrarios a esta Constitución. Sección XXII. Los juicios serán por jurado; y se recomienda al legislativo de este estado que regule por ley contra toda corrupción o parcialidad en la selección, elección o nombramiento de los jurados. Sección XXIII. Todos los tribunales estarán abiertos [al público], y la justicia se impartirá imparcialmente, sin corrupción ni retrasos innecesarios; todos los cargos recibirán como compensación por sus servicios un sueldo adecuado pero moderado; y si algún oficial recibiera más emolumentos o distintos de los que la ley le permita, quedará para siempre inhabilitado para tener cualquier cargo en este estado. Sección XXIV. Todos los procesos penales se iniciarán en el nombre y por la autoridad de los freemen del Estado de Vermont; y todas las acusaciones concluirán con las palabras: “contra la paz y dignidad del mismo”. En adelante, el título de todos los procesos en este estado será “El Estado de Vermont”. Sección XXV. Cuando no haya una fuerte presunción de fraude, no se mantendrá en prisión al deudor después de entregar de buena fe toda su propiedad en su posesión, personal y real, para el uso de sus acreedores en la forma que en el futuro se regule por ley. Y todos los prisioneros podrán pagar fianzas con suficiente garantías, excepto en los delitos capitales en que la prueba sea evidente o la presunción grande. 15 Sección XXVI. No se impondrán fianzas excesivas para los delitos susceptibles de libertad bajo fianza; y todas las multas serán moderadas. 14. “Non compos mentis” (no dueño de su propia mente): incompetente mental; traducido como “locos”. 15. Cabe una doble interpretación del texto original: 1º, que no caben fianzas en los delitos capitales evidentes (elegida en la traducción), o 2º, que no caben fianzas en todo delito capital, ni en los delitos cuya prueba es evidente, ni en los que la presunción sea grande. 329

CONSTITUCIÓN DE VERMONT 1777<br />

procesos por impeachment se p<strong>la</strong>ntearán ante el gobernador, o el subgobernador,<br />

y el Consejo, que lo verán y lo resolverán.<br />

Sección XXI.<br />

El tribunal supremo y los diversos tribunales <strong>de</strong> <strong>de</strong>mandas comunes <strong>de</strong> este<br />

estado tendrán, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> <strong>la</strong>s potesta<strong>de</strong>s ejercidas normalmente por dichos tribunales,<br />

<strong>la</strong>s potesta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> un tribunal <strong>de</strong> equidad en lo que se refiere a tomar<br />

testimonio, obtener pruebas en lugares fuera <strong>de</strong> este estado y cuidar <strong>de</strong> <strong>la</strong>s personas<br />

y bienes que estén locos, 14 y los <strong>de</strong>más po<strong>de</strong>res que en Asambleas Generales<br />

futuras se consi<strong>de</strong>ren necesarios y que no sean contrarios a esta Constitución.<br />

Sección XXII.<br />

Los juicios serán por jurado; y se recomienda al legis<strong>la</strong>tivo <strong>de</strong> este estado que<br />

regule por ley contra toda corrupción o parcialidad en <strong>la</strong> selección, elección o<br />

nombramiento <strong>de</strong> los jurados.<br />

Sección XXIII.<br />

Todos los tribunales estarán abiertos [al público], y <strong>la</strong> justicia se impartirá imparcialmente,<br />

sin corrupción ni retrasos innecesarios; todos los cargos recibirán<br />

como compensación por sus servicios un sueldo a<strong>de</strong>cuado pero mo<strong>de</strong>rado; y si<br />

algún oficial recibiera más emolumentos o distintos <strong>de</strong> los que <strong>la</strong> ley le permita,<br />

quedará para siempre inhabilitado para tener cualquier cargo en este estado.<br />

Sección XXIV.<br />

Todos los procesos penales se iniciarán en el nombre y por <strong>la</strong> autoridad <strong>de</strong><br />

los freemen <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> Vermont; y todas <strong>la</strong>s acusaciones concluirán con <strong>la</strong>s<br />

pa<strong>la</strong>bras: “contra <strong>la</strong> paz y dignidad <strong>de</strong>l mismo”. En a<strong>de</strong><strong>la</strong>nte, el título <strong>de</strong> todos los<br />

procesos en este estado será “El Estado <strong>de</strong> Vermont”.<br />

Sección XXV.<br />

Cuando no haya una fuerte presunción <strong>de</strong> frau<strong>de</strong>, no se mantendrá en prisión<br />

al <strong>de</strong>udor <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> entregar <strong>de</strong> buena fe toda su propiedad en su posesión, personal<br />

y real, para el uso <strong>de</strong> sus acreedores en <strong>la</strong> forma que en el futuro se regule<br />

por ley. Y todos los prisioneros podrán pagar fianzas con suficiente garantías,<br />

excepto en los <strong>de</strong>litos capitales en que <strong>la</strong> prueba sea evi<strong>de</strong>nte o <strong>la</strong> presunción<br />

gran<strong>de</strong>. 15<br />

Sección XXVI.<br />

No se impondrán fianzas excesivas para los <strong>de</strong>litos susceptibles <strong>de</strong> libertad<br />

bajo fianza; y todas <strong>la</strong>s multas serán mo<strong>de</strong>radas.<br />

14. “Non compos mentis” (no dueño <strong>de</strong> su propia mente): incompetente mental; traducido como<br />

“locos”.<br />

15. Cabe una doble interpretación <strong>de</strong>l texto original: 1º, que no caben fianzas en los <strong>de</strong>litos capitales<br />

evi<strong>de</strong>ntes (elegida en <strong>la</strong> traducción), o 2º, que no caben fianzas en todo <strong>de</strong>lito capital, ni en los<br />

<strong>de</strong>litos cuya prueba es evi<strong>de</strong>nte, ni en los que <strong>la</strong> presunción sea gran<strong>de</strong>.<br />

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