CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO - Yerba Buena Virtual
CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO - Yerba Buena Virtual
CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO - Yerba Buena Virtual
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
A los efectos de la construcción, instalación y habilitación se ajustaran a las<br />
disposiciones y leyes Nacionales y Provinciales.<br />
ZONAS PERMITIDAS:<br />
Se podrá instalar en zonas determinadas por cada UA..<br />
Instituto, Academia y Enseñanza Terciaria.<br />
La construcción y/o instalación de estos establecimientos deberán cumplir las<br />
siguientes restricciones mínimas en base al numero de alumnos previstos:<br />
Aulas:<br />
Superficie mínima: 1,35 m2 por alumno con un mínimo de 9 m2.<br />
Iluminación y ventilación: a través del Espacio urbano como local de 1era.<br />
Clase.<br />
De locales sanitarios:<br />
Cumplirán las exigencias en cuanto a sus dimensiones, ventilación e<br />
iluminación contenidas en el C.E.<br />
No podrán tener conexión directa con aulas, laboratorios, gabinetes, etc. Se<br />
separara con antecámaras y se diferenciaran por sexos.<br />
HOMBRES:<br />
1 inodoro cada 30 personas.<br />
1 mingitorio cada 20 personas.<br />
1 lavatorio cada 20 personas.<br />
MUJERES:<br />
1 Inodoro cada 20 personas.<br />
1 lavatorio cada 20 personas.<br />
ENSEÑANZA DIFERENCIAL:<br />
El tratamiento de cada uno de estos establecimientos de realizara en forma<br />
71