CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO - Yerba Buena Virtual

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2.2.5.3 Las canchas deberán ser regadas no menos de tres (3) veces por día durante la mañana, tarde y noche. De verificarse el cumplimiento sistemático de esta disposición, sin que éste cumplimente con lo requerido, se procederá a la baja de la habilitación y también se procederá a la baja de la misma cuando hubiera sido necesario reiterar notificaciones o cursar otras por recurrencia del interesado. Si las actividades descriptas fueran desarrolladas en lugares totalmente aislados de los vecinos linderos de manera de no provocar lo motivos e la presente ordenanza. El DEM podrá evaluar la ampliación del horario tomando en consideración cada caso en particular. Dicha evaluación deberá ser efectuada con carácter restrictivo. 2.2.6 EDUCACION 2.2.6.1 ENSEÑANZA PRIMARIA Y SECUNDARIA: Todos los establecimientos destinados a la enseñanza primaria y secundaria deberán cumplir, además de lo señalado en el presente Código y las disposiciones de la oficina de Catastro y Edificación del DEM las reglamentaciones generales resueltas por la provincia y la Nación en la materia. a) Zonas permitidas: Los nuevos establecimientos se ubicaran en todas las UA del presente Código salvo en las zonas APP, REX y Av. Aconquija (ambas aceras) salvo en esquinas con ingresos y egresos por calle laterales. b) Terrenos: 68

El terreno deberá contar con una superficie mínima de 6 M2 por alumno. c) Características edificias: Superficie mínima cubierta total 4 M2 por alumno. Aulas: dimensiones mínimas Sup. Min. 1.50 M2 a 1.25 M2 por alumno. Sup. Max. 60 M2. Lado mínimo: 4 M. Altura mínima: 2.80M Iluminación y ventilación: se incrementara el 50% de lo exigido para locales de primera clase. SANITARIOS: deberán preverse la siguiente cantidad de artefactos : ALUMNOS VARONES: 1 mingitorio cada 20 alumnos 1 lavatorio cada 26 alumnos. 1 inodoro cada 30 alumnos. ALUMNOS MUJERES: 1 inodoro cada 20 alumnas. 1 lavatorio cada 20 alumnas. 1 bebedero cada 30 alumnos. Iluminación y ventilación: a espacio urbano incrementando un 50% respecto al local de segunda clase. PERSONAL: 1 baño completo cada 10 empleados o docente. Iluminación y ventilación, como local de 2da. Clase. CIRCULACIÓN: 69

El terreno deberá contar con una superficie mínima de 6 M2 por alumno.<br />

c) Características edificias:<br />

Superficie mínima cubierta total 4 M2 por alumno.<br />

Aulas: dimensiones mínimas<br />

Sup. Min. 1.50 M2 a 1.25 M2 por alumno.<br />

Sup. Max. 60 M2.<br />

Lado mínimo: 4 M.<br />

Altura mínima: 2.80M<br />

Iluminación y ventilación: se incrementara el 50% de lo exigido para locales<br />

de primera clase.<br />

SANITARIOS:<br />

deberán preverse la siguiente cantidad de artefactos :<br />

ALUMNOS VARONES:<br />

1 mingitorio cada 20 alumnos<br />

1 lavatorio cada 26 alumnos.<br />

1 inodoro cada 30 alumnos.<br />

ALUMNOS MUJERES:<br />

1 inodoro cada 20 alumnas.<br />

1 lavatorio cada 20 alumnas.<br />

1 bebedero cada 30 alumnos.<br />

Iluminación y ventilación: a espacio urbano incrementando un<br />

50% respecto al local de segunda clase.<br />

PERSONAL:<br />

1 baño completo cada 10 empleados o docente.<br />

Iluminación y ventilación, como local de 2da. Clase.<br />

CIRCULACIÓN:<br />

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