CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO - Yerba Buena Virtual
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de los lugares destinados a estacionamientos. c) Las calles de circulación interna tendrán un ancho mínimo de 5.00 Mts cuando esta sirva para maniobrar y/o circular en dos direcciones. En una dirección el ancho puede reducirse a 3.00 Mts. d) Cuando se construyan estacionamientos subterráneos la superficie máxima que podrán ocupar será del FOS permitido para esa zona. En estos casos será necesario la ejecución de desagües pluviales que concurran directamente a pozos absorbentes, que se construirá en el mismo predio para recibir las aguas de lluvia. Los sectores correspondientes a Retiro de Frente a nivel del terreno natural, no podrá utilizarse para estacionamiento vehicular y deberán parquizarse en un porcentaje no inferior al 50% de su superficie pudiendo destinar el resto para accesos y patios. Sobre el fondo de la parcela deberá reservarse un sector parquizado de 3 (tres) Mts por todo el ancho de la misma pudiendo utilizar el resto para estacionamiento pero se preverá las correspondientes separaciones (mínimo 1 Mts) de los ejes divisorios laterales a fin de no afectar a linderos. e) Sistema para la determinación de lugares: en todos los casos se verificara que todos los módulos para estacionamiento resultan como mínimo 3.5 M2 por habitante. I- Hoteles, Residenciales, Pensiones 1 lugar por c/ 1 habitac. II – Pizzerías, Restaurantes, Parrilladas, etc. 1 lugar p/ cada 20M2 de 54 Una superf. , Atención publico mayor De 200M2. (Excepto Av. Aconquija. . Sup. cub. y/o aire libre dest. atención publico
III –Oficinas crediticias, Financieras, Bancos 1 lug. por c/40M2 o y fracción de sup. de oficina superior a 20M2. IV – Hipermercado, Supermercado, Autoservicios según superficie de local de ventas (minoristas o mayorista) Local de ventas >=140M2=450M2 Sup.= tres veces la sup. Local ventas mas 250 V- Av. Aconquija 55 M2 P/carga y de descarga. Los lugares de estacionamiento deberán forestarse y parquizarse en sus bordes así como los frentes y fondos libres reglamentarios. a) Comercio destinado al consumo de 1lugar c/2 mesas con 4 Alimentos: lunch, bar, café, pizzería, sillas c/u dest. /Púb. Parrillada, etc. incluye mesas en retiro. b) Comercios: servicios comerciales 1 lugar c/40M2 o fracción de sup. de local destinada ventas y/o at. Publico Min.1 lug. Por
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IV – Hipermercado, Supermercado, Autoservicios según superficie de local de<br />
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Local de ventas >=140M2=450M2 Sup.= tres veces la sup.<br />
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así como los frentes y fondos libres reglamentarios.<br />
a) Comercio destinado al consumo de 1lugar c/2 mesas con 4<br />
Alimentos: lunch, bar, café, pizzería, sillas c/u dest. /Púb.<br />
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b) Comercios: servicios comerciales 1 lugar c/40M2 o<br />
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