CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO - Yerba Buena Virtual
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observan las siguientes condiciones:<br />
a) Se respetarán las características arquitectónicas de la construcción principal.<br />
b) No se realizaran parámetros verticales, salvo los cercos divisorios mínimos<br />
reglamentados.<br />
c) La ocupación sobra la línea municipal o sobre el retiro de frente, no tendrá un<br />
ancho mayor de 3 (tres) Mts.<br />
d) La altura máxima será la necesaria a sus fines.<br />
e) La cubierta será no accesible e intransitable.<br />
f) La superficie máxima cubierta será de 20 M2.<br />
g) Deberá cumplir con las demás restricciones que no se le opongan.<br />
h) En caso de ser necesario guardar mas de un vehículo debido a la existencia<br />
(con planos aprobados) de dos o más unidades de vivienda unifamiliar con<br />
frente y acceso a la vía publica, la cochera podrá tener como máximo un<br />
ancho del lote. El portón de acceso deberá cumplir en lo que se refiere a<br />
superficies transparentes y opacas, con las disposiciones de cercos.<br />
Se respetaran las demás restricciones arriba enumeradas.<br />
2.2.2.6 CASO <strong>DE</strong> REFACCIONES SOBRE CALLES A ENSANCHAR<br />
Cuando se realicen refacciones en edificaciones situadas sobre calles en las cuales<br />
se proveen futuros ensanche, se permitirá conservar la actual Línea Municipal<br />
únicamente en los siguientes casos que se consideran refacciones menores:<br />
a) Cambios de revoques y/o pinturas de fachadas.<br />
b) Cambios de aberturas en fachadas (puertas, ventanas), sin aumento<br />
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