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CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO - Yerba Buena Virtual

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observan las siguientes condiciones:<br />

a) Se respetarán las características arquitectónicas de la construcción principal.<br />

b) No se realizaran parámetros verticales, salvo los cercos divisorios mínimos<br />

reglamentados.<br />

c) La ocupación sobra la línea municipal o sobre el retiro de frente, no tendrá un<br />

ancho mayor de 3 (tres) Mts.<br />

d) La altura máxima será la necesaria a sus fines.<br />

e) La cubierta será no accesible e intransitable.<br />

f) La superficie máxima cubierta será de 20 M2.<br />

g) Deberá cumplir con las demás restricciones que no se le opongan.<br />

h) En caso de ser necesario guardar mas de un vehículo debido a la existencia<br />

(con planos aprobados) de dos o más unidades de vivienda unifamiliar con<br />

frente y acceso a la vía publica, la cochera podrá tener como máximo un<br />

ancho del lote. El portón de acceso deberá cumplir en lo que se refiere a<br />

superficies transparentes y opacas, con las disposiciones de cercos.<br />

Se respetaran las demás restricciones arriba enumeradas.<br />

2.2.2.6 CASO <strong>DE</strong> REFACCIONES SOBRE CALLES A ENSANCHAR<br />

Cuando se realicen refacciones en edificaciones situadas sobre calles en las cuales<br />

se proveen futuros ensanche, se permitirá conservar la actual Línea Municipal<br />

únicamente en los siguientes casos que se consideran refacciones menores:<br />

a) Cambios de revoques y/o pinturas de fachadas.<br />

b) Cambios de aberturas en fachadas (puertas, ventanas), sin aumento<br />

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