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Términos y Condiciones

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CONDICIONES GENERALES DE VENTA DE LA MERCANTIL RALA PRODUCTOS<br />

TÉCNICOS SLU CON SEDE EN CALLE SALVADOR OLIVELLA 17 ­ BAJOS, E ­<br />

08870 SITGES (BARCELONA).<br />

La EMPRESA RALA PRODUCTOS TÉCNICOS SLU, en adelante la EMPRESA, es una Compañía que<br />

se dedica a la venta de mercancías de goma y plástico en el ámbito de la protección laboral (prevención<br />

de riesgos laborales) y materiales de junta, motriz, tubos y armaduras. El comprador, en adelante el<br />

CLIENTE, es quien adquiere de la EMPRESA la mercancía que ésta comercializa.<br />

I. VALIDEZ / OFERTAS<br />

1. Estas <strong>Condiciones</strong> Generales de Venta se aplicarán a todas las ventas de las mercancías<br />

comercializadas por la EMPRESA y adquiridas por el CLIENTE.<br />

2. Las presentes condiciones serán siempre de aplicación en la adquisición de mercancías<br />

comercializadas por la EMPRESA, con exclusión expresa de las condiciones propias que, en su caso,<br />

pueda tener el CLIENTE.<br />

3. Las ofertas y presupuestos realizados por la EMPRESA no serán vinculantes para la misma,<br />

entiéndase perfeccionado el contrato de compraventa únicamente cuando la EMPRESA confirme el<br />

pedido del CLIENTE por escrito.<br />

4. La documentación adjunta a la oferta, como por ejemplo, dibujos, ilustraciones, referencias a normas y<br />

ofertas en medios propagandísticos no pueden ser entendidas como garantía de las características del<br />

producto entregado, mientras que no esté establecido de forma expresa que puedan ser entendidas<br />

como tales.<br />

5. El CLIENTE debe de tolerar desviaciones del producto entregado frente a las entregas de ofertas,<br />

muestras y entregas en adelante siempre que las desviaciones se encuentren dentro del límite de las<br />

normas técnicas de aplicación.<br />

II. PRECIO<br />

1. El precio, a no ser que exista pacto en contrario, no incluye el coste del embalaje, pero siempre se<br />

aplicará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente.<br />

2. La venta incluye únicamente el precio de la mercancía y jamás puede ser entendido incluido en el<br />

precio otro concepto como puede ser el transporte, el almacenamiento u otro servicio.<br />

III. FORMA DE PAGO Y COMPENSACIÓN<br />

1. El pago debe de realizarse en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura. Si se efectuara en los<br />

primeros 10 días se aplicará un descuento del<br />

2 % sobre el importe neto de la factura. Las facturas con un importe inferior a 50 EUR así como montajes<br />

especiales, reparaciones y costes especiales de moldes y herramientas vencen y deben pagarse<br />

inmediatamente. En todo caso el pago del importe total de la factura debe realizarse dentro de un<br />

máximo de 30 días para estar a disposición de la EMPRESA. El CLIENTE incurrirá en mora por el<br />

incumplido del pago diez días después del plazo de vencimiento, sin necesidad de aviso de vencimiento.<br />

2. El CLIENTE solo podrá utilizar el mecanismo de la compensación de pagos cuando exista un<br />

incumplimiento de la EMPRESA, aceptado por ésta o determinado por sentencia judicial firme.<br />

3. En el caso de que el CLIENTE demorara el pago del precio de compraventa la EMPRESA tendrá<br />

derecho al pago de intereses de demora según la Ley de medidas de lucha contra la morosidad en las<br />

operaciones comerciales (Ley 3/2004 de 29 de diciembre). La EMPRESA se reservará el derecho de<br />

reclamar ulteriores daños y/o perjuicios causados por la demora.<br />

4. En caso de que después de la contratación se mostraran circunstancias que pusieran en peligro el<br />

derecho a pago de la EMPRESA ésta tendrá derecho a negar la entrega de la mercancía objeto del<br />

contrato. Además la EMPRESA tendrá derecho a poner en vencimiento todas las demás deudas no<br />

prescritas contra el CLIENTE.<br />

5. En el caso que el CLIENTE se retrase en los pagos, la EMPRESA estará facultada a recuperar la<br />

mercancía, después de haber marcado un plazo adicional para el pago.<br />

6. El CLIENTE podrá eludir el anterior derecho descrito de la EMPRESA mediante el pago o el<br />

otorgamiento de una garantía por el valor de los pagos pendientes.<br />

7. Un descuento acordado se aplica siempre al valor neto de la factura excluidos los costes de transporte<br />

y supondrá la liquidación total de todas las deudas del CLIENTE en el momento de la concesión del<br />

descuento.<br />

8. Los pedidos en la tienda online realizados por clientes nuevos de la EMPRESA solo podrán ser<br />

entregados contra pago previo.


IV. PLAZOS DE ENTREGA<br />

1. Los plazos de entrega se entienden cumplidos cuando a la finalización del plazo de entrega, la<br />

mercancía haya abandonado las instalaciones de la EMPRESA.<br />

2. Los plazos de entrega podrán prolongarse en caso de conflictos laborales, en especial huelgas y cierre<br />

patronal, así como en caso de acontecimientos que no se hayan podido prever y que se encuentren<br />

fuera de la voluntad de la EMPRESA y en caso de que estos acontecimientos influyeran en la<br />

elaboración o entrega de las mercancías considerablemente. También será de aplicación en caso de que<br />

estas circunstancias ocurrieran a un proveedor de la EMPRESA.<br />

V. RESERVA DE LA PROPIEDAD<br />

La EMPRESA se reservará la propiedad sobre las mercancías, objeto del contrato, hasta el efectivo<br />

cumplimiento total de toda la obligación contractual por parte del CLIENTE, sean cual fueren las<br />

condiciones de pago pactadas entre las partes.<br />

VI. CUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA<br />

1. Con la entrega de la mercancía a un transitario o transportista y a más tardar, con la salida de las<br />

mercancías del almacén de la EMPRESA o en caso de venta directa de las mercancías, el riesgo se<br />

traspasa al CLIENTE, también en el caso en que los gastos de envío corran a cargo de la EMPRESA.<br />

2. La EMPRESA estará autorizada a realizar entregas fraccionadas, siempre que éstas sean razonables.<br />

En casos de mercancías que aún deben de ser fabricadas, se autoriza la entrega de un exceso o defecto<br />

de hasta un 10% de cantidad solicitada.<br />

3. En casos de “pedidos a medida”, la EMPRESA está autorizada a proceder a la fabricación íntegra de<br />

la cantidad encargada o en su caso a encargar su fabricación. Las solicitudes de modificación no serán<br />

contempladas después de haberse ordenado el encargo, a no ser que se haya pactado esta posibilidad<br />

de forma expresa.<br />

4. Los plazos y cantidades especiales para este tipo de pedidos, solo serán cumplidos por la EMPRESA<br />

dentro del marco de las posibilidades de entrega y fabricación, excepto en caso de un pacto expreso<br />

acordado.<br />

5. En caso de que la mercancía del “pedido a medida” no sea recogida por el cliente, la empresa tras<br />

pasar un periodo adicional adecuado tendrá derecho a cobrar dicha mercancía como si hubiese sido<br />

entregada.<br />

VII. RESPONSABILIDAD PARA DESPERFECTOS<br />

1. El CLIENTE revisará y llevará a cabo el reconocimiento de la mercancía, en cuanto a calidad y<br />

cantidad, en el acto mismo de la entrega. Una vez revisadas y practicado el reconocimiento de la<br />

mercancía, ésta se considerará aceptada por el CLIENTE.<br />

2. Asimismo, el CLIENTE dispondrá de un plazo de 30 días a partir de la entrega para denunciar cuantos<br />

vicios o defectos ocultos se presenten en la mercancía, transcurrido el cual perderá toda acción y<br />

derecho a reclamar por esta causa en contra la EMPRESA.<br />

3. Mientras que el CLIENTE no deje a la EMPRESA la posibilidad de comprobar los desperfectos y no<br />

proceda a suministrar las pruebas suficientes para su comprobación, no podrá alegar desperfectos en la<br />

mercancía.<br />

4. Con respecto a las reclamaciones relativos al uso, venta o distribución de la mercancía vendida o<br />

entregada individualmente o en combinación con otros productos, ingredientes o embalajes, o cualquier<br />

otra queja relativa al contrato, los derechos del CLIENTE y la responsabilidad de la EMPRESA se<br />

limitarán al cambio de tales productos o a la devolución del precio de venta, según elija la EMPRESA. El<br />

CLIENTE nunca tendrá derecho a devolver los productos aceptados o cuyo plazo para denunciar<br />

defectos haya transcurrido.<br />

5. La responsabilidad para cualquier daño consecuencial que pudiera provocar un producto vendido por<br />

la EMPRESA está limitado al valor de las mercancías afectadas en el momento de la venta.<br />

VIII. DERECHOS DE AUTOR<br />

1. En casos de presupuestos de gastos, bocetos, borradores, dibujos u otra documentación la<br />

EMPRESA se reserva el derecho del autor sobre las mismas. Únicamente se podrán facilitar a terceros<br />

en caso de que se haya acordado con la EMPRESA con anterioridad. Los bocetos y demás<br />

documentación pertenecientes a una oferta deberán ser devueltos en caso de ser exigidos por la<br />

EMPRESA.<br />

2. En caso de que se entreguen materiales confeccionados en base a modelos, dibujos o demás<br />

documentos proporcionados por el CLIENTE, éste garantiza que no se hayan perjudicado derechos de<br />

terceros. En el caso que un tercero alegue derechos de propiedad industrial, en especial la elaboración y<br />

entrega de determinados materiales, la EMPRESA está legitimada, sin necesidad de comprobación


previa, a paralizar toda actividad y a exigir indemnización en caso de existir responsabilidad por parte del<br />

CLIENTE. El comprador se obliga, además, a exonerar a la EMPRESA de cualquier exigencia o<br />

pretensión de terceros en relación con los extremos antes citados.<br />

IX. PIEZAS DE PRUEBA, MOLDES Y HERRAMIENTAS<br />

1. En el supuesto que el CLIENTE tenga que aportar piezas para la realización del encargo y si se<br />

produce una rotura de las mismas, tales piezas deberán reponerse por el CLIENTE en el lugar de<br />

producción acordado, libre de gastos de entrega, en plazo y sin falta. En el caso que esto no ocurra, los<br />

gastos y demás consecuencias serán atribuidos al CLIENTE.<br />

2. La fabricación de piezas de prueba incluyendo los costes para moldes y herramientas correrán a cargo<br />

del CLIENTE.<br />

3. Los derechos de propiedad de los moldes y los demás dispositivos para la fabricación de las piezas<br />

pedidas por el CLIENTE, se rigen por los acuerdos entre las partes. En caso de que estos dispositivos<br />

dejen de ser útiles para la fabricación de la cantidad pedida, los costes para sustituirlos corren a cargo de<br />

la EMPRESA. La EMPRESA se obliga a tener a disposición del CLIENTE dichos dispositivos durante dos<br />

años a contar a partir del último uso de los mismos.<br />

4. Para las herramientas, moldes y los demás dispositivos facilitados por parte del CLIENTE la<br />

responsabilidad de la EMPRESA se limita a la propia del empresario diligente. Los costes para el<br />

mantenimiento y la conservación correrán a cargo del CLIENTE. La obligación de la EMPRESA de<br />

almacenar los moldes, independiente de los derechos de propiedad del CLIENTE caduca a los dos años<br />

contados a partir del último uso de los moldes o herramientas para la fabricación.<br />

X. LUGAR DE CUMPLIMIENTO Y JURISDICCIÓN APLICABLE<br />

1. El lugar de cumplimiento de las entregas es el almacén de la EMPRESA en España. Para cualquier<br />

divergencia que pudiera aparecer en relación a la compraventa, celebrada en base a la aceptación de las<br />

presentes <strong>Condiciones</strong> de Contratación, serán competentes los Tribunales del domicilio del CLIENTE en<br />

España.<br />

2. El derecho aplicable será el derecho Español incluyendo el Convención de las Naciones Unidas sobre<br />

los contratos de compraventa internacional de mercadería del 11 de abril de 1980, BOE Nº 26 del 30 de<br />

enero de 1991.

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