08.05.2013 Views

Texto en pdf - Derecho y Academia

Texto en pdf - Derecho y Academia

Texto en pdf - Derecho y Academia

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Sobre la necesidad de los jueces y de las leyes 83<br />

Otra t<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cia pres<strong>en</strong>te <strong>en</strong> los humanistas jurídicos deriva del énfasis <strong>en</strong> el<br />

cultivo de la virtud para la construcción de una vida bu<strong>en</strong>a y una sociedad equilibrada.<br />

Los humanistas pi<strong>en</strong>san <strong>en</strong> un derecho que sea un aliado <strong>en</strong> su tarea de<br />

elevar la cultura y la formación del pueblo. Al mismo tiempo, desconfían de las<br />

leyes si ellas son usadas por personas sin honor ni escrúpulos. Sobre todo critican<br />

el aparato legal cuando, por la codicia de los poderosos, sirve para perpetuar<br />

las inequidades sociales 41 . Se esmeran también por transmitir su método mediante<br />

estudios y libros relativos a la bu<strong>en</strong>a <strong>en</strong>señanza del derecho, que permitiría<br />

evitar la recaída <strong>en</strong> el escolasticismo de los medievales 42 .<br />

Esta t<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cia a la humanización de las leyes civiles se aprecia <strong>en</strong> su inclinación<br />

a rechazar la aplicación estricta de las normas y dogmas jurídicos y a<br />

propiciar una mayor flexibilidad <strong>en</strong> la interpretación sobre la base del concepto<br />

de aequitas (muy utilizado por Cicerón para qui<strong>en</strong> el derecho civil podía ser<br />

considerado una aequitas constituta) que pon<strong>en</strong> <strong>en</strong> relación con el de epieikeia<br />

de Aristóteles 43 . De allí también que critiqu<strong>en</strong> la crueldad de ciertas p<strong>en</strong>as, y<br />

que mir<strong>en</strong> con recelo la p<strong>en</strong>a de muerte.<br />

ideologismo de sus cultivadores al reaccionar contra la jurisprud<strong>en</strong>cia que les precedió, debe considerarse<br />

una suerte de movimi<strong>en</strong>to continuador del derecho medieval, sin bi<strong>en</strong> avanzando <strong>en</strong><br />

nuevas perspectivas que <strong>en</strong>riquecieron el romanismo jurídico.<br />

41 Guillaume Budé <strong>en</strong> la carta <strong>en</strong> la carta a Thomas Lupset <strong>en</strong> la que com<strong>en</strong>ta la Utopía de<br />

Moro, y que se incluyó como parerga <strong>en</strong> la edición de Basilea de 1518, hace una feroz crítica a<br />

todo el derecho, incluido el civil, por favorecer a los ricos y la acumulación de patrimonios: “Tan<br />

es así que, si quisiéramos hoy día, definir la justicia – los antiguos autores se complacían <strong>en</strong> definirla<br />

como la virtud que atribuye a cada uno su derecho –, no la <strong>en</strong>contraríamos <strong>en</strong> ninguna parte<br />

de la vía pública. O t<strong>en</strong>dríamos que admitir que es – si así puedo llamarla – una especie de distribuidora<br />

de raciones. Para ello no ti<strong>en</strong>es más que ver las costumbres de los que están <strong>en</strong> el poder.<br />

O las disposiciones mutuas de los habitantes de una misma ciudad o de un mismo país.– A no ser<br />

que estas personas pret<strong>en</strong>dan que este derecho nace de una justicia fundam<strong>en</strong>tal, tan antigua como<br />

el mundo, y que llaman derecho natural. Una justicia, según la cual, cuanto más fuerte es un hombre,<br />

más derecho ti<strong>en</strong>e a poseer. ¡Y cuanto más posee, más derecho ti<strong>en</strong>e a estar por <strong>en</strong>cima de<br />

sus conciudadanos!… Pero Cristo, creador y disp<strong>en</strong>sador de todo bi<strong>en</strong>, después de haber legado a<br />

sus seguidores una comunidad pitagórica y la caridad nos dejó un ejemplo espléndido: la p<strong>en</strong>a de<br />

muerte a Ananías, culpable de haber infringido la ‘ley de comunión’ o de la amistad. Al instituir<br />

esta ley, Cristo abrogó, sin duda, al m<strong>en</strong>os <strong>en</strong>tre los suyos, todos los volúm<strong>en</strong>es de argucias de<br />

nuestro derecho civil y canónico. Ese derecho que es considerado hoy como la ciudadela de la<br />

sabiduría y regulador de nuestros destinos” (<strong>en</strong> T. MORO, Utopía… cit., pp. 47-48).<br />

42 Proliferan las obras dedicadas a la mejor forma de estudiar el derecho. El modelo provino<br />

de la obra que Erasmo redactó para la <strong>en</strong>señanza de la teología: Ratio seu comp<strong>en</strong>dium verae<br />

Theologiae (1519). Cfr. A. GUZMÁN BRITO, Introducción… cit., p. 35.<br />

43 Cfr. A. GUZMÁN BRITO, Introducción… cit., pp. 43-44, qui<strong>en</strong> sosti<strong>en</strong>e que los humanistas<br />

llegaron a id<strong>en</strong>tificar la aequitas, con las soluciones obt<strong>en</strong>idas de los textos romanos clásicos, de<br />

modo que propiciaron su aplicación, no <strong>en</strong> razón de ley vinculante, pero sí de equidad jurídicam<strong>en</strong>te<br />

constituida. Con ello, permitieron que el derecho romano moderada, integrara y corrigiera<br />

el rigor de los derechos nacionales, que los mismos humanistas habían aceptado como fu<strong>en</strong>tes

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!