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doctrina social cristiana - Ordo Socialis

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que se asocian, es decir, seres libres y autónomos creados a imagen de Dios" (GS 68). Aquí es<br />

válido el principio de que "el orden real debe someterse al orden personal, y no al contrario"<br />

(GS 26). De lo que se sigue que, "quedando a salvo la unidad necesaria en la dirección, se ha<br />

de promover la activa participación de todos en la gestión de la empresa, según formas que<br />

habrá que determinar con acierto" (GS 68). Mientras que la encíclica ”Quadragesimo anno”,<br />

enunciaba prudentemente el derecho de participación (QA 65) y Pío XII se mantenía<br />

reservado sobre él177, los Papas Juan XXIII (MM 91-92) y Pablo VI178, así como el mismo<br />

Concilio se han pronunciado claramente en favor del derecho de participación de los<br />

trabajadores en cada una de las empresas, así como a nivel superior a éstas. Llama la atención<br />

que en el original latino se denomine "participación activa" de los trabajadores en la<br />

administración con el mismo término (actuosa participatio) con que en la Constitución<br />

litúrgica se habla de la participación de los fieles en la celebración comunitaria179. También<br />

el Papa Juan Pablo II explica que desde un orden del trabajo que dé la primacía a la persona<br />

sobre el capital "ya en su fundamento" ha de superar "la contraposición entre trabajo y<br />

capital". El Papa se refiere no sólo al salario justo, sino también a la participación, al reparto<br />

equitativo del beneficio y la participación en la propiedad. De ese modo el trabajador será<br />

consciente de "trabajar en la propia empresa" (LE 13-15).<br />

Medidas institucionales y organizativas no bastan por sí solas para hacer de una empresa una<br />

unión de personas libres. Más definitiva es la relación personal entre los directores de la<br />

empresa y los trabajadores. La importancia de la acertada dirección del personal en la vida<br />

laboral y profesional de la sociedad industrial apenas si se puede valorar suficientemente.<br />

Dirección de personal -como dirección de personas de alguna manera subordinadas a<br />

superiores- y educación -como estímulo y desarrollo de las disposiciones valiosas del ser<br />

humano- no se contradicen entre sí, sino que están ordenadas una a otra. Ambas sirven,<br />

rectamente atendidas, a la gran tarea de formar a la persona, es decir, de ayudarle a encontrar<br />

la estructura de su existencia humana. Toda dirección de personal que merezca realmente este<br />

nombre tiene que basarse en dos fundamentos espirituales: la profesión de la dignidad humana<br />

y de la autoridad.<br />

a) En la dignidad humana encuentra la dirección de personal su hilo conductor. De este<br />

concepto se deducen importantes consecuencias. Como es sabido, consideraciones de<br />

rentabilidad y ahorro de costos condujeron al principio a preocuparse de las personas en las<br />

empresas modernas. Es significativa la advertencia que el fabricante y el político inglés<br />

Robert Owen hizo a los empresarios en la primera mitad del siglo XIX: "La experiencia les<br />

habrá mostrado seguramente la diferencia que hay entre una instalación de máquinas bien<br />

limpia y pulida ... y otra sucia y en desorden, con innecesarios roces, que poco a poco se hace<br />

inservible. Por tanto, si el esfuerzo dedicado a las máquinas inanimadas proporciona<br />

resultados tan ventajosos, ¿por qué no esperar lo mismo del cuidado concedido a los hombres<br />

vivos, cuya estructura es todavía más digna de admiración? ... ¿No es natural llegar a la<br />

conclusión de que también estas máquinas más complicadas y sutiles ganan fuerza y eficacia<br />

(...) cuando se las mantiene limpias, se las trata con amabilidad, cuando se ahorran roces<br />

innecesarios a su actividad espiritual y se les da una cantidad suficiente de medios de<br />

alimentación?"180.<br />

177 Pío XII, 7. 5. 1949 y 3. 6. 1950.<br />

178 Pablo VI, Alocución del 8 de junio de 1964, AAS 56 (1964) 574 y ss.<br />

179 Constitución sobre la Liturgia Sagrada "Sacrosantum Concilium" 27.<br />

180 Cit. en Gide-Rist, Geschichte der volkswirtschaftlichen Lehrmeinungen, Jena, 1921, 257.<br />

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