doctrina social cristiana - Ordo Socialis
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temeridad y rapidez revolucionarias, y es despiadado en la represión de los explotadores y de<br />
los bandidos". Sólo cuando comience el estadio final comunista desaparecerá el Estado: el<br />
gobierno sobre personas será sustituido por la administración de las cosas y la dirección de los<br />
procesos de producción. El Estado no será suprimido, morirá"288.<br />
3. Interpretación individualista del Estado en la Ilustración. La filosofía de la Ilustración de<br />
los siglos XVII y XVIII, que puso en primer plano al individuo autónomo, vio en el Estado –<br />
como en el resto de las formaciones <strong>social</strong>es– una mera institución finalista. Las personas, se<br />
enseñaba, habrían puesto fin al estado original apolítico por motivos utilitarios pactando la<br />
fundación del Estado. Hay que destacar dos intentos interpretativos procedentes del<br />
individualismo ilustrado, que se diferencian sin duda en sus resultados y consecuencias:<br />
a) La teoría del Estado de Thomas Hobbes (1588-1679) se basa en su antropología<br />
individualista. A la <strong>doctrina</strong> de la filosofía <strong>social</strong> occidental de que la persona es por<br />
naturaleza un "ser <strong>social</strong>", rechazada por él como "absolutamente falsa", opone Hobbes el<br />
principio de que el "estado natural" de los hombres es la "guerra de todos contra todos"<br />
(bellum omnium in omnes). Hobbes recoge el dicho del comediante romano Titus Maccius<br />
Plautus (†184 a. C.) y constata que el hombre "es un lobo para el hombre" (homo homini<br />
lupus), al que en el estado natural le fue permitido "hacer lo que quiso y contra quien quiso".<br />
Sin embargo, la razón exigió poner fin a este estado, que necesariamente llevaba a la<br />
desaparición de todos, mediante un pacto de unión (pactum unionis) que vincularía a todos<br />
con todos. A la vez, todos renunciarían frente a los demás a su libertad en favor de un tercero,<br />
que con ello se convirtió en dominador absoluto: "En esta unión o sometimiento consiste la<br />
esencia del Estado", pues "el Estado nace cuando las personas se unen voluntariamente y los<br />
individuos pactan entre sí que, sea quien sea la persona a quien la mayoría entregue con su<br />
decisión el derecho de representar a todos, todos deben también obedecerle" (pactum<br />
subjectionis). Hobbes se opone consecuentemente a la fe católica, que exige "obediencia a<br />
otros" (al Papa y los obispos): "Por eso concedí al supremo poder político el derecho de<br />
decidir si ciertas <strong>doctrina</strong>s son o no incompatibles con la obediencia de los ciudadanos y, en<br />
caso afirmativo, de prohibir su difusión".<br />
El Leviathan, en el que Hobbes expuso sus <strong>doctrina</strong>s políticas, se convirtió en la Carta Magna<br />
del absolutismo de los príncipes. En tiempos de la dictadura nacional<strong>social</strong>ista, Carl Schmitt<br />
invocaba a Hobbes "a través de los siglos": "Non jam frustra doces, Thomas Hobbes". El<br />
Leviathan sería "un grandioso signo de la restauración de la energía vital natural y de la<br />
unidad política"; "al pluralismo medieval, a las pretensiones políticas de las Iglesias y de otros<br />
poderes indirectos opuso la unidad racional de un poder unívoco capaz de una eficaz<br />
protección"289. Pío XII declaró en cambio, el 20 de febrero de 1946: ¿No ha llegado el<br />
Estado incluso "a renunciar a su misión de protector del derecho, para convertirse en el<br />
Leviatán del Antiguo Testamento que lo domina todo porque pretende apoderarse de casi<br />
todo?"290<br />
b) Jean Jacques Rousseau (1712-1778), de quien la Revolución francesa recibió sus modelos<br />
y consignas, parte –lo mismo que Hobbes– de la idea de que los humanos, para sustraerse a la<br />
general inseguridad del estado primitivo, pactaron la fundación del Estado: "Como nadie tiene<br />
288 F. Engels, Die Entwicklung des <strong>Socialis</strong>mus von der Utopie zur Wissenschaft. Berlín, 1946, 42.<br />
289 C. Schmitt, Der Leviathan in der Staatslehre des Thomas Hobbes. Hamburgo, 1938, 132.<br />
290 Pío XII, 20. 2. 1946 (UG 4104).<br />
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