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doctrina social cristiana - Ordo Socialis

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evolucionado cada vez más en el sentido de convertirse en una "sociedad de bienestar<br />

nivelado", en la que todas las clases <strong>social</strong>es tienden a una igualación del nivel de vida. Los<br />

responsables <strong>social</strong>es tienen que reflexionar por tanto en común acerca de si son posibles, y<br />

en qué medida, los aumentos de salarios sin que se produzcan efectos perjudiciales sobre el<br />

nivel de los precios, para evitar daños a los obreros de otras ramas de la economía, de menor<br />

productividad y superior intensidad de trabajo. La encíclica "Quadragesimo anno" exige, con<br />

razón, que la cuantía del salario debe atenerse al "bien público económico"; "contrario es,<br />

pues, a la justicia <strong>social</strong> disminuir o aumentar indebidamente los salarios de los obreros, para<br />

obtener mayores ganancias personales, sin atender al bien común" (QA 74).<br />

La obligación citada se impone en la República Federal de Alemania, que –como otros<br />

numerosos países industrializados del mundo occidental– es partidaria en gran medida de la<br />

autonomía de precios. Se impone en primer lugar a las autoridades <strong>social</strong>es, que en su política<br />

de salarios debe tener en cuenta los efectos sobre la situación de empleo (peligro de<br />

desempleo) y sobre las inversiones y precios (amenaza de la alteración de la capacidad<br />

adquisitiva del dinero). Desde este punto de vista, la huelga que, como medio extremo de la<br />

lucha de los trabajadores, es reconocida en principio por la Doctrina Social Cristiana como<br />

moralmente permitida, podría considerarse en la sociedad industrial desarrollada, como<br />

opuesta al sistema y trasnochada. Los problemas salariales existentes en los tres sectores de la<br />

moderna sociedad económica sugieren, más bien, una <strong>doctrina</strong> apenas apuntada en la<br />

encíclica "Quadragesimo anno" y que vuelve a resonar en la "Mater et Magistra"; a saber:<br />

crear dentro del ámbito <strong>social</strong> "estructuras intermedias autónomas con derecho propio" (MM<br />

40, 65), en las que el centro de gravedad de su actuación se sitúe en los "asuntos comunes", el<br />

más importante de los cuales es colaborar "del modo más fecundo posible para el bien general<br />

de todo el pueblo" (QA 85). La altura del nivel de los salarios, la espiral salarios-precios, los<br />

diversos índices de producción y la diversa elasticidad de los sueldos, etc., importan, en<br />

primer lugar, a los inmediatamente afectados, sin que haya que pensar necesariamente en<br />

medidas legales del poder político.<br />

d) La altura de los salarios depende, en cuarto lugar, de la parte de la renta nacional que se<br />

destine a la "seguridad <strong>social</strong>". En este sentido, la idea del salario familiar desempeña un gran<br />

papel. Se podría exigir que el salario y los incentivos fueran, en general, tan altos que bastaran<br />

para mantener a la familia ideal, es decir, numerosa. El Papa León XIII pidió de hecho en la<br />

encíclica "Rerum novarum" un salario que "pudiera procurar sustento al trabajador, a su mujer<br />

y a sus hijos" (RN 35). Pío XI, en la encíclica "Casti connubii" (31-XII-1930), recogió esta<br />

idea y exigió que "las condiciones <strong>social</strong>es y económicas dentro de la sociedad civil debían<br />

estar reguladas de tal manera que hicieran posible a todos los padres de familia ganar y<br />

adquirir lo necesario para alimentarse él, su mujer y sus hijos según su rango y estado"275.<br />

Finalmente, en la encíclica "Quadragesimo anno" de 1931, se dice que "ha de ponerse todo el<br />

esfuerzo en que los padres de familia reciban una remuneración suficientemente amplia para<br />

que puedan atender convenientemente a las necesidades domésticas ordinarias"; este salario<br />

debe ser asegurado "a todo trabajador adulto". "Es gravísimo abuso, y con todo empeño ha de<br />

ser extirpado, que la madre, a causa de la escasez de salario del padre, se vea obligada a<br />

ejercer un trabajo lucrativo, dejando abandonados en casa sus peculiares deberes y quehaceres<br />

y, sobre todo, la educación de los hijos" (QA 71).<br />

El salario familiar absoluto exigido en las encíclicas papales presupone –prescindiendo de su<br />

posibilidad económica– que o el término medio de las familias tienen muchos hijos o que los<br />

275 Pío XI, Encíclica "Casti connubi", AAS 22 (1930), 586 y ss.<br />

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