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Francisco Aldecoa Luzarraga<br />

Esta transformación es la que permite plantearse cuestiones y horizontes que en 1985 eran<br />

inimaginables o únicamente objeto de sueños. Será el TUE quien establezca esta diferencia.<br />

En efecto, no es casualidad que fuera, precisamente, el propio Tratado de Maastricht el que<br />

instaurara la naturaleza política de la Unión, a la vez que la política de redes, ya que esta<br />

surge, precisamente, de una interpretación política y como consecuencia de la explicitación de<br />

la vocación federal.<br />

El Tratado de la Unión Europea resuelve el problema de la falta de competencia de las<br />

Instituciones en materia de RTE al establecer los preceptos 129B a 129D, actuales 154 a 156<br />

TCE. Es importante señalar que el TUE, que como es bien sabido fundamenta la naturaleza<br />

política de la Unión, va a ser, precisamente, el fundamento político y jurídico de la política de<br />

redes, dando un paso importante en relación al alcance y contenido de dicha política y al<br />

superar una noción estrictamente vinculada al desarrollo del Mercado Interior.<br />

Así, el nuevo Art. 154 TCE establece que, a fin de permitir “que los ciudadanos de la Unión,<br />

los operadores económicos y los entes locales y regionales participen plenamente de los<br />

beneficios resultantes de la creación de un espacio sin fronteras interiores, la Comunidad<br />

contribuirá al establecimiento y desarrollo de Redes Transeuropeas en los sectores de las<br />

infraestructuras de transportes, de las telecomunicaciones y de la energía”.<br />

El Tratado se fundamenta en tres grandes motivos. Por un lado en el previsible incremento<br />

de los mercados comunitarios a causa de la desaparición de las barreras físicas, técnicas y<br />

fiscales (efecto volumen); en la nueva dimensión de mercado, basada en la interconexión de<br />

las infraestructuras y servicios existentes (exigencia de interoperabilidad); y, finalmente, en la<br />

suspensión o disminución de las distancias entre todos los componentes del espacio<br />

comunitario (efecto cohesión).<br />

IV. LA POLÍTICA DE RTE: ALCANCE Y SIGNIFICADO<br />

Hasta fechas recientes, a escala europea, no existían interconexiones entre las<br />

infraestructuras de los Estados miembros. Esta falta de visión de conjunto ha sido subsanada a<br />

través de la política de RTE, que ha supuesto adoptar medidas a todos los niveles: comunitario,<br />

nacional, regional, de las autoridades públicas y de los agentes económicos. Es en este sentido<br />

que la política de RTE ha ido más allá, al no limitarse a sumar las necesidades de cada Estado<br />

miembro estimadas a escala nacional, sino que, al contrario, su entidad política propia viene<br />

determinada por su alcance, por su dimensión comunitaria 11 .<br />

Si con la cohesión se inicia la solidaridad entre regiones y en Maastricht se incorpora la<br />

solidaridad entre los Estados a través del Fondo de Cohesión, las redes transeuropeas<br />

profundizarán en el efecto cohesión, al beneficiar tanto a las regiones periféricas como a las<br />

regiones centrales de la Unión Europea. A partir del TUE, y con su aplicación, se define una<br />

política de redes que abarca las infraestructuras de transportes, las telecomunicaciones y la<br />

energía. La Comisión sostiene que, en definitiva, los transportes son la red sanguínea; las<br />

telecomunicaciones la red nerviosa y la energía la red muscular 12 .<br />

El planteamiento de la política de redes a nivel de la Unión presenta ventajas indudables.<br />

Desde un punto de vista horizontal, abarca el establecimiento de interconexiones e<br />

interoperabilidad de las redes existentes; en virtud de la política de cohesión económica y<br />

social y con objeto de crear enlaces entre regiones centrales y más alejadas, el establecimiento<br />

11 COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Europa 2000: las perspectivas de desarrollo del territorio<br />

comunitario, op. cit.<br />

12 Vid., COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Hacia unas Redes Transeuropeas. Programa de<br />

actuación comunitario. Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento. op. cit.<br />

Vid., también, FORNACCIARI, M., «Infraestructures et réseaux européens: les artères de la grande Europe», Belles<br />

Feuilles. Revue des debats européens, 1993, pp. 157-159.<br />

44 Las Redes Transeuropeas (RTE) y el modelo federal de la UE. Una visión desde Euskadi<br />

ISBN: 84-7248-869-1

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