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Leer - Revista Pensamiento Penal

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RÉGIMEN DE SEMILIBERTAD PRESUPUESTOS DE PROCEDENCIA Y PAUTAS PARA SU OPERATIVIDAD<br />

ha cooperado a confirmar la inconveniencia de este tipo de tutores laborales, puesto<br />

que no suelen abonar lo convenido como salario o participan de una puesta en escena<br />

a los fines de que el interno usufructúe del beneficio descansando en su domicilio<br />

o flexibilizando el control de tal modo que promueven una invitación al delito; factores<br />

que pueden acarrear posibles perjuicios al penado en su proceso de rehabilitación<br />

o a la comunidad como reiterada víctima de la reincidencia delictiva.-<br />

Los datos referidos deben ser ofrecidos por el informe socio-ambiental practicado<br />

por los profesionales del establecimiento penal (Art. 32 R.M.B.E.).<br />

IV. FACTORES QUE ATENTAN CONTRA SU OPERATIVIDAD<br />

Entre los factores que consideramos atentan contra la plena vigencia del instituto<br />

de semilibertad en atención a los fines perseguidos por la penología y el legislador al<br />

establecer el objetivo de la ejecución de las penas privativas de libertad, podemos<br />

mencionar de manera general:<br />

a) Deficiente formación laboral en el establecimiento penal<br />

De una simple recorrida por las unidades penales del país, podremos observar que<br />

en la mayor parte de ellas sus talleres de formación profesional no se encuentran en<br />

funcionamiento, principalmente por razones de falta de recursos materiales y humanos.<br />

Asimismo, de una simple ecuación matemática se desprende que el número de<br />

dichos talleres es insuficiente en cuanto a la cantidad de alojados y que no se preveé<br />

ningún sistema de rotación que permita el perfeccionamiento laboral del mayor<br />

número de penados. En un país castigado por constantes crisis, las cárceles no dejan<br />

de ser un reflejo de ello, máxime cuando éstas no representan un rédito político relevante.<br />

Estimamos que la cuestión penitenciaria en algún momento debe ser tomada en<br />

serio por los órganos políticos, más cuando pretendemos funcionar como un verdadero<br />

Estado de Derecho respetuoso de los derechos del ser humano, y en nuestro<br />

ámbito, tanto los del condenado como los de la víctima.<br />

El sistema penitenciario debe empezar a trabajar para prevenir la reincidencia y<br />

una de las herramientas más importantes, es el trabajo como una de las bases del tratamiento<br />

para procurar la reinserción social y el poder político tiene que cooperar a<br />

ello como una relevante muestra de contención social. No tan solo debe considerarse<br />

la actividad laboral del penado como un instrumento destinado a neutralizar sus<br />

CUADERNOS DE DERECHO PENAL<br />

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