“Juego de Herramientas” - toolkit - Housing and Land Rights Network
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9. “Como se señaló anteriormente, el derecho a una vivienda adecuada no puede considerarse aisladamente de los demás derechos que figuran en los dos Pactos Internacionales y otros instrumentos internacionales aplicables. Ya se ha hecho referencia a este respecto al concepto de la dignidad humana y al principio de no discriminación. Además, el pleno disfrute de otros derechos tales como el derecho a la libertad de expresión y de asociación (como para los inquilinos y otros grupos basados en la comunidad), de elegir la residencia, y de participar en la adopción de decisiones, son indispensables si se ha de realizar y mantener el derecho a una vivienda adecuada para todos los grupos de la sociedad…” 12. “…Por razones de pertinencia y eficacia, así como para asegurar el respeto de los demás derechos humanos, tal estrategia deberá reflejar una consulta extensa con todas las personas afectadas y su participación, incluidas las personas que no tienen hogar, las que están alojadas inadecuadamente y sus representantes. Además, deben adoptarse medidas para asegurar la coordinación entre los ministerios y las autoridades regionales y locales con objeto de conciliar las políticas conexas (economía, agricultura, medio ambiente, energía, etc.) con las obligaciones dimanantes del artículo 11 del Pacto.” Carta ICOMOS para la Conservación de las Ciudades Históricas y las Zonas Urbanas (1987) 3.”La participación y el compromiso de los residentes son esenciales para el éxito del plan de conservación y deben estimularse. La conservación de las ciudades históricas y las áreas urbanas, por sobre todas las cosas, interesa a sus residentes.”1021 Declaración de Vancouver sobre los Asentamientos Humanos (1976) 13. “Todas las personas tienen el derecho y la obligación de participar, en forma individual y colectiva, en la elaboración e implementación de políticas y programas en sus asentamientos humanos.” “La dignidad humana básica es el derecho de las personas a participar directamente, en forma individual y colectiva, en el diseño de las políticas y programas que los afectan. El proceso de selección e implementación de ciertas medidas tendientes a mejorar los asentamientos humanos debe desarrollarse específicamente para satisfacer ese derecho (Párr. 10);”1022 Declaración sobre el derecho al desarrollo (GAR 41/128 [1986]) Artículo 1.1. “El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar del él.“ Artículo 8.2. “Los Estados deben alentar la participación popular en todas las esferas como factor importante para el desarrollo y para la plena realización de todos los derechos humanos.” Programa 21, adoptaba en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (UNCED) (1992) 7.20. “…Deberían fortalecerse y coordinarse otras iniciativas del Banco Mundial, los bancos regionales de desarrollo, los organismos bilaterales y otras partes comprometidas, en particular los representantes internacionales y nacionales de autoridades locales. Las 1021 Traducción no oficial 1022 Idem
diversas ciudades, según los casos, deberían: (a) Institucionalizar un criterio de participación para el desarrollo urbano sostenible sobre la base de un di logo constante entre los participantes en el desarrollo urbano (el sector público, el sector privado y las comunidades), especialmente las mujeres y las poblaciones indígenas” Declaracion de Estambul sobre los Asentamientos Humanos (Habitat II) (1996) 8. " Reafirmamos nuestra voluntad de lograr progresivamente el pleno ejercicio del derecho a una vivienda adecuada, como se ha previsto en los instrumentos de derecho internacional. A tal fin, solicitaremos la activa participación de nuestros copartícipes de los sectores público y privado y de las organizaciones no gubernamentales, a todos los niveles, para brindar a todas las personas y a sus familias garantías jurídicas con respecto a la tenencia, la protección frente a la discriminación y la igualdad de acceso a una vivienda asequible y adecuada". Programa de Hábitat, adoptaba por la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II) (1996) Artículo 44: “Nos comprometemos a adoptar una estrategia de habilitación de todos los agentes principales de los sectores público, privado y comunitario para que desempeñen una función eficaz -a nivel nacional, provincial o de estado, metropolitano y local- en el desarrollo de los asentamientos humanos y de la vivienda.” Declaración sobre las ciudades y otros asentamientos humanos en el nuevo milenio (Habitat II +5 Resolucion de la Asemblea General de las Naciones Unidas S-25/2 [2001]) 44. “Nos comprometemos a alcanzar el objetivo de la igualdad entre los géneros en el desarrollo de los asentamientos humanos y decidimos promover la igualdad entre los géneros y la habilitación de la mujer como método eficaz de combatir la pobreza y de estimular el desarrollo de asentamientos humanos realmente sostenibles. Nos comprometemos además a formular y fortalecer políticas y prácticas que promuevan la participación cabal y en pie de igualdad de las mujeres en la planificación y la adopción de decisiones sobre asentamientos humanos;” 45: “También nos comprometemos a fortalecer los mecanismos financieros existentes y a determinar y elaborar enfoques innovadores adecuados de financiación en materia de vivienda y de desarrollo de asentamientos humanos a todos los niveles. Además, decidimos seguir realizando reformas legislativas y administrativas para proporcionar a las mujeres acceso pleno e igualitario a los recursos económicos, así como al derecho a heredar y a poseer tierras y otras propiedades, al crédito, a los recursos naturales y a la tecnología apropiada, y para garantizar el derecho a la seguridad de la tenencia y a la concertación de acuerdos contractuales. Decidimos promover un acceso mayor y en condiciones de igualdad para todos a una financiación abierta, eficaz, efectiva y adecuada de la vivienda; apoyar los mecanismos de ahorro en el sector no estructurado, cuando proceda; y fortalecer los marcos reglamentarios y jurídicos y la capacidad de gestión financiera a todos los niveles que corresponda.” Declaración de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, (2001) 34. “Reconocemos que los afrodescendientes han sido durante siglos víctimas del racismo, la discriminación racial y la esclavización, y de la denegación histórica de muchos de sus derechos… Por lo tanto, se deben reconocer sus derechos … a participar activamente en el diseño, la aplicación y el desarrollo de sistemas y programas de educación, incluidos los de
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diversas ciuda<strong>de</strong>s, según los casos, <strong>de</strong>berían: (a) Institucionalizar un criterio <strong>de</strong><br />
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entre los participantes en el <strong>de</strong>sarrollo urbano (el sector público, el sector privado y las<br />
comunida<strong>de</strong>s), especialmente las mujeres y las poblaciones indígenas”<br />
Declaracion <strong>de</strong> Estambul sobre los Asentamientos Humanos (Habitat II) (1996)<br />
8. " Reafirmamos nuestra voluntad <strong>de</strong> lograr progresivamente el pleno ejercicio <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho<br />
a una vivienda a<strong>de</strong>cuada, como se ha previsto en los instrumentos <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho internacional.<br />
A tal fin, solicitaremos la activa participación <strong>de</strong> nuestros copartícipes <strong>de</strong> los sectores<br />
público y privado y <strong>de</strong> las organizaciones no gubernamentales, a todos los niveles, para<br />
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Programa <strong>de</strong> Hábitat, adoptaba por la Segunda Conferencia <strong>de</strong> las Naciones Unidas<br />
sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II) (1996)<br />
Artículo 44: “Nos comprometemos a adoptar una estrategia <strong>de</strong> habilitación <strong>de</strong> todos los<br />
agentes principales <strong>de</strong> los sectores público, privado y comunitario para que <strong>de</strong>sempeñen<br />
una función eficaz -a nivel nacional, provincial o <strong>de</strong> estado, metropolitano y local- en el<br />
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Declaración sobre las ciuda<strong>de</strong>s y otros asentamientos humanos en el nuevo milenio<br />
(Habitat II +5 Resolucion <strong>de</strong> la Asemblea General <strong>de</strong> las Naciones Unidas S-25/2<br />
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44. “Nos comprometemos a alcanzar el objetivo <strong>de</strong> la igualdad entre los géneros en el<br />
<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> los asentamientos humanos y <strong>de</strong>cidimos promover la igualdad entre los<br />
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estimular el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> asentamientos humanos realmente sostenibles. Nos<br />
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45: “También nos comprometemos a fortalecer los mecanismos financieros existentes y a<br />
<strong>de</strong>terminar y elaborar enfoques innovadores a<strong>de</strong>cuados <strong>de</strong> financiación en materia <strong>de</strong><br />
vivienda y <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> asentamientos humanos a todos los niveles. A<strong>de</strong>más, <strong>de</strong>cidimos<br />
seguir realiz<strong>and</strong>o reformas legislativas y administrativas para proporcionar a las mujeres<br />
acceso pleno e igualitario a los recursos económicos, así como al <strong>de</strong>recho a heredar y a<br />
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acuerdos contractuales. Decidimos promover un acceso mayor y en condiciones <strong>de</strong><br />
igualdad para todos a una financiación abierta, eficaz, efectiva y a<strong>de</strong>cuada <strong>de</strong> la vivienda;<br />
apoyar los mecanismos <strong>de</strong> ahorro en el sector no estructurado, cu<strong>and</strong>o proceda; y fortalecer<br />
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niveles que corresponda.”<br />
Declaración <strong>de</strong> la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la<br />
Xenofobia y las Formas Conexas <strong>de</strong> Intolerancia, (2001)<br />
34. “Reconocemos que los afro<strong>de</strong>scendientes han sido durante siglos víctimas <strong>de</strong>l racismo,<br />
la discriminación racial y la esclavización, y <strong>de</strong> la <strong>de</strong>negación histórica <strong>de</strong> muchos <strong>de</strong> sus<br />
<strong>de</strong>rechos… Por lo tanto, se <strong>de</strong>ben reconocer sus <strong>de</strong>rechos … a participar activamente en el<br />
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