“Juego de Herramientas” - toolkit - Housing and Land Rights Network
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a cargo de la ejecución de las leyes en materia del derecho humano a una vivienda adecuada (con inclusión de las obligaciones del Estado previstas en tratados internacionales) violación de los derechos a la vivienda Justicia de transición (posterior al conflicto)1010 Detalles documentados de las violaciones, los victimarios, la cuantía de los daños y demás consecuencias1011 Presentar pruebas ante la Comisión de la Verdad (y la conciliación)1012 Otorgar la amnistía por delitos pasados a los responsables de los desalojos / retiros forzados1013 Presentar pruebas ante la Comisión de la Verdad y la Justicia El público toma conocimiento de los desplazamientos poblacionales, desahucios masivos y demás delitos cometidos durante el conflicto Pacificación social Pacificación social Se juzgan los delitos y se castiga a los culpables Subcomisión para Prevención de la Discriminación y la Protección de las Minorías, E/CN.4/Sub.2/1996/17. También puede verse el anexo E/CN.4/1997/104, posteriormente revisado como “Basic principles and guidelines on the right to a remedy and reparation for victims of violations of international human rights and humanitarian law,” de Cherif Bassiouni, experto independiente, Comisión de Derechos Humanos (anexo de E/CN.4/2000/62). John Dugard, “Is the Truth and Reconciliation Process Compatible with International Law? An Unanswered Question,” South African Journal on Human Rights Vol. 13, 258–68. Respecto de la metodología de cuantificación, véase HIC-HLRN Loss Matrix, en el presente Juego de Herramientas sobre el Control de los Derechos a la Vivienda y la Tierra, o bien, visite: www.hlrn.org; con relación a la implementación, véase UNCHS, Housing and Property Rights in Kosovo (Pristina: UNCHS, 2000). 1010 La bibliografía general sobre justicia de transición se encuentra disponible en: http://www.peacemakers.ca/ bibliography/bib26reconciliation.html y http://userpage.fu-berlin.de/~theissen/biblio/ (sobre las experiencias de Alemania y Sudáfrica). 1011 Utilice el “Formulario para Documentación de Casos de Violación de Derechos a la Vivienda y la Tierra” del presente Juego de Herramientas. 1012 Kerry Able y Jean Friesen, eds., Aboriginal Resource Use in Canada: Historical and Legal Aspects (Winnipeg: University of Manitoba Press, 1991); Alfred, Gerald R. y Franke Wilmer. "Indigenous Peoples, States and Conflict," en D. Carment y P. James, eds., Wars in the Midst of Peace: The International Politics of Ethnic Conflict (Pittsburg: University of Pittsburgh Press, 1997); Michael Coyle, "Claims Resolution: A Healing Process?" en J. Oakes, R. Riewe, K. Kinew y E. Maloney, eds., Sacred Lands: Aboriginal World Views, Claims and Conflicts (Calgary: Canadian Circumpolar Institute, 1998); Robert Rotberg y Dennis Thompson, eds., Truth v. Justice: The Morality of Truth Commissions (Princeton: Princeton University Press, 2000); Truth and Reconciliation Commission of South Africa Report, Vols. 1–5 (Cape Town: Juta, 1998); Theo van Boven, “Study Concerning the Right to Restitution, Compensation and Rehabilitation for Victims of Gross Violations of Human Rights and Fundamental Freedoms” [informe final del Special Rapporteur] (Ginebra: Comisión de Derechos Humanos, Subcomisión para Prevención de la Discriminación y Protección de las Minorías) E/CN.4/Sub.2/1993/8. Véase una extensa bibliografía de las fuentes en: http://userpage.fuberlin.de/~theissen/biblio/. 1013 John Dugard, Dealing with Crimes of a Past Regime: Is Amnesty Still an Option? [The Third Manfred Lachs Memorial Lecture] (1999); Carla Edelenbosch, “Human Rights Violations - A Duty to Prosecute?” Leiden Journal of International Law Vol. 7, No. 2 (1994), 5–22; Dianne F. Orentlicher, “Settling Accounts: The Duty to Prosecute Human Rights Violations of a Prior Regime,” The Yale Law Journal Vol. 100, No. 8 (1991) 2537–615.
Presentar pruebas ante los “tribunales mixtos” Regreso, restitución e indemnización de los desalojados, las personas desplazadas internamente y los refugiados1014 Por supuesto, una lista ilustrativa de las intervenciones posibles no demuestra en grado suficiente la riqueza de la experiencia local gubernamental y no gubernamental, disponible para analizar y compartir. Asimismo, es, como siempre, en el nivel local de implementación donde los derechos humanos, incluido el derecho humano a la vivienda adecuada, se transforman de persuasión moral y teoría jurídica en una realidad posible. En consecuencia, tanto la perspectiva práctica basada en casos, como la teórica y comparativa, dependen una de la otra, se refuerzan mutuamente y, por lo tanto, se vuelven necesarias en igual medida. 9.10. Evaluación y seguimiento La evaluación de cualquier acción elegida debería ser una función continua para elela a los hechos y desarrollos tal y como suceden. Esta nota ofrece algunas directrices sencillas sobre las áreas de evaluación específicas que se encontrarán. Están descritas en etapas, con un énfasis particular en las últimas etapas y la visión de futuro. Para nuestros propósitos, la evaluación y el seguimiento implican dos niveles de prueba: (1) evaluar la acción y (2) seguir la situación después de que la acción haya concluido. El primero es de naturaleza interna y ayuda a su organización, comunidad o movimiento a convertirse en una institución que se construye sobre las lecciones aprendidas de sus esfuerzos (éxito, casi-éxito, fracasos y resultados inesperados). El segundo le permite comprobar si tiene beneficios para aquellas personas afectadas por su acción. Por último, el proceso de seguimiento debería conducirle a la conclusión necesaria de qué, si algo, qué hacer a continuación. Evaluando la acción La evaluación de la acción incluye tres procesos integrados pero conceptualmente diferentes: (1) proceso de monitoreo, (2) evaluación formativa y (3) medida del impacto de desarrollo. 1. Proceso de implementación del monitoreo Monitorear la implementación de la acción es el aspecto más frecuente - incluso constante- del proceso de aprendizaje. Esto debería incluir informes periódicos sobre producción de resultados, contabilidad financiera y niveles y naturaleza de información (por ejemplo: asistencia técnica, entrenamiento, producción social de hábitat). La periodicidad de los 1014 Uma Dhupelia Mesthrie, The Truth and Reconciliation Commission and the Commission on Restitution of Land Rights: Some Comparative Thoughts [conferencia "The TRC: Commissioning the Past"] (Johannesburg: University of the Witwatersrand, 1999); S. Nadasen, “Restitution, Reconstruction, Reconciliation and Restribution: Land Reform: Balancing the Interests of the Dispossessed, the Homeless and Development, Stellenbosch Law Review (1997) 360–77; David B. Southern, “Restitution or Compensation: The Land Question in East Germany,” International and Comparative Law Quarterly Vol. 42, No. 3 (1993), 690–97; David B. Southern, “Restitution or Compensation: The Open Property Question,” German Politics Vol. 2, No. 3, 436–49. Véase una bibliografía sobre la experiencia mundial en materia de restitución e indemnización en: http://userpage.fu-berlin.de/~theissen/biblio/.
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Presentar pruebas ante los<br />
“tribunales mixtos”<br />
Regreso, restitución e<br />
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<strong>de</strong>salojados, las personas<br />
<strong>de</strong>splazadas internamente y<br />
los refugiados1014<br />
Por supuesto, una lista ilustrativa <strong>de</strong> las intervenciones posibles no <strong>de</strong>muestra en grado<br />
suficiente la riqueza <strong>de</strong> la experiencia local gubernamental y no gubernamental, disponible<br />
para analizar y compartir. Asimismo, es, como siempre, en el nivel local <strong>de</strong> implementación<br />
don<strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos, incluido el <strong>de</strong>recho humano a la vivienda a<strong>de</strong>cuada, se<br />
transforman <strong>de</strong> persuasión moral y teoría jurídica en una realidad posible. En consecuencia,<br />
tanto la perspectiva práctica basada en casos, como la teórica y comparativa, <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>n una<br />
<strong>de</strong> la otra, se refuerzan mutuamente y, por lo tanto, se vuelven necesarias en igual medida.<br />
9.10. Evaluación y seguimiento<br />
La evaluación <strong>de</strong> cualquier acción elegida <strong>de</strong>bería ser una función continua para elela a los<br />
hechos y <strong>de</strong>sarrollos tal y como suce<strong>de</strong>n. Esta nota ofrece algunas directrices sencillas<br />
sobre las áreas <strong>de</strong> evaluación específicas que se encontrarán. Están <strong>de</strong>scritas en etapas,<br />
con un énfasis particular en las últimas etapas y la visión <strong>de</strong> futuro.<br />
Para nuestros propósitos, la evaluación y el seguimiento implican dos niveles <strong>de</strong> prueba: (1)<br />
evaluar la acción y (2) seguir la situación <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> que la acción haya concluido. El<br />
primero es <strong>de</strong> naturaleza interna y ayuda a su organización, comunidad o movimiento a<br />
convertirse en una institución que se construye sobre las lecciones aprendidas <strong>de</strong> sus<br />
esfuerzos (éxito, casi-éxito, fracasos y resultados inesperados). El segundo le permite<br />
comprobar si tiene beneficios para aquellas personas afectadas por su acción. Por último, el<br />
proceso <strong>de</strong> seguimiento <strong>de</strong>bería conducirle a la conclusión necesaria <strong>de</strong> qué, si algo, qué<br />
hacer a continuación.<br />
Evalu<strong>and</strong>o la acción<br />
La evaluación <strong>de</strong> la acción incluye tres procesos integrados pero conceptualmente<br />
diferentes: (1) proceso <strong>de</strong> monitoreo, (2) evaluación formativa y (3) medida <strong>de</strong>l impacto <strong>de</strong><br />
<strong>de</strong>sarrollo.<br />
1. Proceso <strong>de</strong> implementación <strong>de</strong>l monitoreo<br />
Monitorear la implementación <strong>de</strong> la acción es el aspecto más frecuente - incluso constante-<br />
<strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> aprendizaje. Esto <strong>de</strong>bería incluir informes periódicos sobre producción <strong>de</strong><br />
resultados, contabilidad financiera y niveles y naturaleza <strong>de</strong> información (por ejemplo:<br />
asistencia técnica, entrenamiento, producción social <strong>de</strong> hábitat). La periodicidad <strong>de</strong> los<br />
1014 Uma Dhupelia Mesthrie, The Truth <strong>and</strong> Reconciliation Commission <strong>and</strong> the Commission on Restitution of L<strong>and</strong> <strong>Rights</strong>:<br />
Some Comparative Thoughts [conferencia "The TRC: Commissioning the Past"] (Johannesburg: University of the<br />
Witwatersr<strong>and</strong>, 1999); S. Nadasen, “Restitution, Reconstruction, Reconciliation <strong>and</strong> Restribution: L<strong>and</strong> Reform: Balancing<br />
the Interests of the Dispossessed, the Homeless <strong>and</strong> Development, Stellenbosch Law Review (1997) 360–77; David B.<br />
Southern, “Restitution or Compensation: The L<strong>and</strong> Question in East Germany,” International <strong>and</strong> Comparative Law<br />
Quarterly Vol. 42, No. 3 (1993), 690–97; David B. Southern, “Restitution or Compensation: The Open Property Question,”<br />
German Politics Vol. 2, No. 3, 436–49. Véase una bibliografía sobre la experiencia mundial en materia <strong>de</strong> restitución e<br />
in<strong>de</strong>mnización en: http://userpage.fu-berlin.<strong>de</strong>/~theissen/biblio/.