“Juego de Herramientas” - toolkit - Housing and Land Rights Network
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Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) Carta Árabe de Derechos Humanos (1994) Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (Europa) (1950) Carta Social Europea (1961) ¿El Estado ha participado en la adopción de acuerdos multilaterales bajo la forma de conferencias regionales, cumbres o congresos, etc., o votado a favor de resoluciones de organizaciones regionales que garanticen la aplicación del principio de cooperación internacional en el marco del respeto, la protección, la promoción y el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales, incluidos los derechos humanos a una vivienda apropiada? Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) Resoluciones de la Unidad Africana [varias] Resoluciones de la Comisión Europea [varias] Declaración de la Cumbre de Estambul (1999) Resoluciones de la Liga de Estados Árabe [varias] Declaración de al-Manama (2000) Declaración de Rabat (1995) ¿Qué compromisos multilaterales adicionales ha realizado el Estado para garantizar la no-discriminación en el marco del respeto, la protección, la promoción y el cumplimiento de los derechos humanos a una vivienda apropiada, y, por extensión, a la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada? Recuerde que el conjunto de los tratados internacionales vinculantes que el Estado ya ha ratificado contienen obligaciones vinculantes en materia de derechos humanos que preceden a declaraciones no vinculantes de meras intenciones o deseos políticos. El seguimiento de estas obligaciones constituye el compromiso de las partes en el acuerdo [los Estados firmantes], esta tarea ha sido delegada a organismos neutros que realizan un seguimiento del tratado y que reciben apoyo del gobierno y de instituciones de la sociedad civil para realizar esta tarea. Recuerde también que algunas declaraciones multilaterales y numerosos acuerdos con instituciones internacionales financieras y de desarrollo pueden contener estándares que protejan en menor grado los derechos humanos y las libertades que aquellos de naturaleza vinculante con respecto a los tratados sobre derechos humanos. Esos acuerdos pueden incluso impedir el disfrute de derechos económicos, sociales o culturales. Dichos acuerdos deben ser evaluados conforme a obligaciones de tratados previos sobre derechos humanos, y no a la inversa. Garantías locales Ratificaciones y compromisos internacionales ¿Qué tratados internacionales ha ratificado el Estado (accedido o sucedido) que garanticen los derechos humanos a una vivienda adecuada, en particular en cuanto a la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada? (For details, refer to the sources under this entitlement.)
Disposiciones constitucionales ¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice los derechos humanos a una vivienda adecuada, incluidas la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada? ¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice el derecho a la autodeterminación local? ¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice el derecho a la protección frente a la discriminación? ¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice la Equidad de género? ¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice la legalidad, incluidos el acceso a la justicia y la representación y participación democrática? ¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice el derecho a una mejora continua de las condiciones de vida? ¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que exija que las relaciones internacionales se realicen en el marco y conforme a los objetivos de los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales? Sistema jurídico nacional ¿El derecho a una vivienda adecuada, incluida la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada, está reconocido como un derecho distintivo en el sistema legal del país? ¿La legislación local y nacional es consecuente con los derechos humanos en materia de vivienda, incluidas la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada? ¿La legislación local y nacional es consecuente con el principio de auto-determinación local? ¿La legislación local y nacional es consecuente con el derecho a la protección frente a la discriminación? ¿Qué estatus legislados por el Estado/gobierno están en vigor para garantizar la no-discriminación en el marco del respeto, la defensa, la promoción y la aplicación de los derechos humanos en lo que se refiere a la vivienda adecuada, en particular, la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada? ¿Las personas concernidas o la comunidad tienen la impresión de que los términos de su derecho a la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada son iguales y consecuentes con los de otros? ¿La legislación local y nacional mantiene el principio de la Equidad de género, especialmente en lo que se refiere a la vivienda y a la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada?
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Disposiciones constitucionales<br />
¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice los <strong>de</strong>rechos humanos a<br />
una vivienda a<strong>de</strong>cuada, incluidas la información, la educación y la capacidad<br />
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¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice la Equidad <strong>de</strong> género?<br />
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¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que garantice el <strong>de</strong>recho a una mejora<br />
continua <strong>de</strong> las condiciones <strong>de</strong> vida?<br />
¿El Estado tiene una Constitución, o equivalente, que exija que las relaciones<br />
internacionales se realicen en el marco y conforme a los objetivos <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos<br />
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Sistema jurídico nacional<br />
¿El <strong>de</strong>recho a una vivienda a<strong>de</strong>cuada, incluida la información, la educación y la<br />
capacidad organizativa e institucionalizada, está reconocido como un <strong>de</strong>recho distintivo<br />
en el sistema legal <strong>de</strong>l país?<br />
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institucionalizada?<br />
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particular, la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada?<br />
¿Las personas concernidas o la comunidad tienen la impresión <strong>de</strong> que los términos <strong>de</strong><br />
su <strong>de</strong>recho a la información, la educación y la capacidad organizativa e institucionalizada<br />
son iguales y consecuentes con los <strong>de</strong> otros?<br />
¿La legislación local y nacional mantiene el principio <strong>de</strong> la Equidad <strong>de</strong> género,<br />
especialmente en lo que se refiere a la vivienda y a la información, la educación y la<br />
capacidad organizativa e institucionalizada?