“Juego de Herramientas” - toolkit - Housing and Land Rights Network

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07.05.2013 Views

Contenido Cada parte afectada debe cooperar con los trabajadores de campo para elaborar un inventario de los contenidos reales perdidos y dañados en la demolición. El valor de estos contenidos para fines de la cuantificación es el valor de reemplazo de los artículos, no el valor de mercado. El contenido (mobiliario, ropa, comestibles, artículos electrónicos, artículos para el hogar, etc.) estaría sujeto a la depreciación y la reventa o los valores justos de intercambio no bastarían para cubrir el costo de reemplazo. El valor de reemplazo represental costo real de comprar artículos de una calidad comparable a los perdidos o dañados en la demolición. (En el caso de reliquias de familia u otros objetos valiosos desde un punto de vista emocional, los costos de reemplazo deben incluirse en esta categoría; no obstante, la pérdida no material o la imposibilidad de reemplazo debe constar en la sección de la matriz bajo el título “Pérdidas no materiales de las víctimas”, con una descripción incluida en la matriz o adjunta alla. Daños colaterales Esta sección de la matriz permite la inclusión de las pérdidas materiales, específicamente, de las víctimas indirectas, incluyendo propiedades públicas y de vecinos que se ven afectadas en el acto. En los casos de desalojo o demolición violentos, la utilización de topadoras o explosivos, por ejemplo, puede producir daños de múltiples grados en las propiedades cercanas, o destruirlas. Infraestructura Esta sección se refiere a los servicios y a otro tipo de infraestructura perdida en la demolición/desalojo/confiscación que tendría que reemplazarse luego del procedimiento. Por ejemplo, la electricidad suministrada en el sitio original puede tener que reemplazarse por un generador o mediante la compra de energía de una fuente alternativa. El agua previamente instalada o disponible de instalaciones cercanas puede tener que adquirirse u obtenerse de otros lugares. El resultante costo agregado—incluido el costo relativo de la mano de obra al precio de contratación habitual por tal trabajo, que es mayor que los costos habituales por su obtención—es el valor que debe calcularse aquí. Pérdidas de negocios Si la demolición/desalojo/confiscación tiene como resultado la pérdida de un negocio o de parte del mismo, ese costo debe incluirse aquí. Esas pérdidas son objeto de subcategorías que se detallarán más abajo. Equipamiento/inventario Aquí se incluye el valor de la maquinaria y del equipamiento, de otras instalaciones, como accesorios del hogar incluyendo mobiliario, cortinas, alfombrado, etc. y muebles empotrados, así como también todos los abastecimientos y suministros. Aquí se debe incluir también la propiedad perteneciente a terceros, que se hayan perdido o dañado en el evento. Por ejemplo, un lavadero o una casa de reparaciones que tenga las propiedades de sus clientes para procesar y luego devolver. Esta cifra también debe contemplar el valor de esos artículos.

Futuros ingresos La pérdida que resulte de la imposibilidad de entregar mercaderías y prestar servicios, y de las ganancias previstas con respecto a las provisiones, órdenes y contratos existentes, entre otros, con los que no se podrá cumplir como consecuencia del evento. Los efectos a corto y largo plazo deberán calcularse utilizando diferentes métodos. Esta categoría de pérdidas sigue el método desarrollado a nivel local para determinar el “la buena voluntad” como un activo, el cual incluiría los ingresos previstos a partir de un patrón de negocios elaborado durante la existencia del emprendimiento. [Sírvase remitirse a los métodos de leyes de seguros.] Hipotecas, otras deudas y sanciones La demolición/desalojo/confiscación elimina la relación del propietario con la tierra y/o su estructura, contenido, ganado, inventario de pertenencias y otras cosas de valor económico, tales como materiales y trabajo desarrollado para el mejoramiento de la propiedad. Sin embargo, el evento no exime al propietario de pagar por esos valores adquiridos a crédito. Estos valores, incluidas las sanciones y los intereses resultantes del evento, deberán calcularse aquí, tanto a corto como a largo plazo. Si se da la situación, como en muchos sistemas legales, de que un deudor renuncie a las demandas (como en el caso de un desastre natural, por ejemplo), entonces, el costo deberá calcularse igual y se hará constar bajo la categoría “Otras pérdidas”. Ganado El valor del ganado perdido y el costo del tratamiento de aquellos animales heridos en el evento, se calcula aquí. Se incluirían también los costos de mano de obra por el tiempo exigido para reunir el ganado disperso a la tarifa pagada por la contratación de tal mano de obra. El cálculo de estos valores incluye la pérdida de retornos previstos por las ventas habituales de los animales y/o de sus productos, incluyendo sus crías, normalmente previstas a corto y largo plazo. En el caso de las bestias de carga, los retornos de su labor se deberán incluir en las cifras proporcionadas bajo ingresos perdidos, aumento en los costos de transporte, retornos por pérdida de cultivos, u otra categoría pertinente. Tierra Las tierras no relacionadas con la estructura afectada en sí misma, se deben calcular sobre la base del valor justo de mercado, al igual que en el caso de la estructura y su terreno, como se describió anteriormente. Ésta podría ser tierra adyacente a la vivienda o a otra estructura afectada, o tierra confiscada de forma independiente. Esta tierra se puede perder completamente debido a la confiscación, o su valor puede reducirse como consecuencia del desalojo o la demolición. En el caso de los desalojos, es posible que la titularidad a la tierra no se pierda por completo, pero las condiciones creadas por el desalojo pueden impedir que el/los propietarios vuelvan a sus tierras o las recuperen. En tal caso, la tierra en cuestión debe calcularse como una pérdida completa. Árboles/cultivos El valor de un árbol u otra vegetación no frutal o no cosechable, que resulte dañado, se determinaría por el costo de adquirir y volver a plantar otro árbol similar. El valor no material, estético o sentimental de tales árboles o vegetación se incluiría mediante una

Futuros ingresos<br />

La pérdida que resulte <strong>de</strong> la imposibilidad <strong>de</strong> entregar merca<strong>de</strong>rías y prestar servicios, y <strong>de</strong><br />

las ganancias previstas con respecto a las provisiones, ór<strong>de</strong>nes y contratos existentes, entre<br />

otros, con los que no se podrá cumplir como consecuencia <strong>de</strong>l evento. Los efectos a corto y<br />

largo plazo <strong>de</strong>berán calcularse utiliz<strong>and</strong>o diferentes métodos. Esta categoría <strong>de</strong> pérdidas<br />

sigue el método <strong>de</strong>sarrollado a nivel local para <strong>de</strong>terminar el “la buena voluntad” como un<br />

activo, el cual incluiría los ingresos previstos a partir <strong>de</strong> un patrón <strong>de</strong> negocios elaborado<br />

durante la existencia <strong>de</strong>l emprendimiento. [Sírvase remitirse a los métodos <strong>de</strong> leyes <strong>de</strong><br />

seguros.]<br />

Hipotecas, otras <strong>de</strong>udas y sanciones<br />

La <strong>de</strong>molición/<strong>de</strong>salojo/confiscación elimina la relación <strong>de</strong>l propietario con la tierra y/o su<br />

estructura, contenido, ganado, inventario <strong>de</strong> pertenencias y otras cosas <strong>de</strong> valor económico,<br />

tales como materiales y trabajo <strong>de</strong>sarrollado para el mejoramiento <strong>de</strong> la propiedad. Sin<br />

embargo, el evento no exime al propietario <strong>de</strong> pagar por esos valores adquiridos a crédito.<br />

Estos valores, incluidas las sanciones y los intereses resultantes <strong>de</strong>l evento, <strong>de</strong>berán<br />

calcularse aquí, tanto a corto como a largo plazo. Si se da la situación, como en muchos<br />

sistemas legales, <strong>de</strong> que un <strong>de</strong>udor renuncie a las <strong>de</strong>m<strong>and</strong>as (como en el caso <strong>de</strong> un<br />

<strong>de</strong>sastre natural, por ejemplo), entonces, el costo <strong>de</strong>berá calcularse igual y se hará constar<br />

bajo la categoría “Otras pérdidas”.<br />

Ganado<br />

El valor <strong>de</strong>l ganado perdido y el costo <strong>de</strong>l tratamiento <strong>de</strong> aquellos animales heridos en el<br />

evento, se calcula aquí. Se incluirían también los costos <strong>de</strong> mano <strong>de</strong> obra por el tiempo<br />

exigido para reunir el ganado disperso a la tarifa pagada por la contratación <strong>de</strong> tal mano <strong>de</strong><br />

obra. El cálculo <strong>de</strong> estos valores incluye la pérdida <strong>de</strong> retornos previstos por las ventas<br />

habituales <strong>de</strong> los animales y/o <strong>de</strong> sus productos, incluyendo sus crías, normalmente<br />

previstas a corto y largo plazo. En el caso <strong>de</strong> las bestias <strong>de</strong> carga, los retornos <strong>de</strong> su labor<br />

se <strong>de</strong>berán incluir en las cifras proporcionadas bajo ingresos perdidos, aumento en los<br />

costos <strong>de</strong> transporte, retornos por pérdida <strong>de</strong> cultivos, u otra categoría pertinente.<br />

Tierra<br />

Las tierras no relacionadas con la estructura afectada en sí misma, se <strong>de</strong>ben calcular sobre<br />

la base <strong>de</strong>l valor justo <strong>de</strong> mercado, al igual que en el caso <strong>de</strong> la estructura y su terreno,<br />

como se <strong>de</strong>scribió anteriormente. Ésta podría ser tierra adyacente a la vivienda o a otra<br />

estructura afectada, o tierra confiscada <strong>de</strong> forma in<strong>de</strong>pendiente. Esta tierra se pue<strong>de</strong> per<strong>de</strong>r<br />

completamente <strong>de</strong>bido a la confiscación, o su valor pue<strong>de</strong> reducirse como consecuencia <strong>de</strong>l<br />

<strong>de</strong>salojo o la <strong>de</strong>molición. En el caso <strong>de</strong> los <strong>de</strong>salojos, es posible que la titularidad a la tierra<br />

no se pierda por completo, pero las condiciones creadas por el <strong>de</strong>salojo pue<strong>de</strong>n impedir que<br />

el/los propietarios vuelvan a sus tierras o las recuperen. En tal caso, la tierra en cuestión<br />

<strong>de</strong>be calcularse como una pérdida completa.<br />

Árboles/cultivos<br />

El valor <strong>de</strong> un árbol u otra vegetación no frutal o no cosechable, que resulte dañado, se<br />

<strong>de</strong>terminaría por el costo <strong>de</strong> adquirir y volver a plantar otro árbol similar. El valor no<br />

material, estético o sentimental <strong>de</strong> tales árboles o vegetación se incluiría mediante una

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