“Juego de Herramientas” - toolkit - Housing and Land Rights Network
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4. Accesibilidad económica, financiamiento 4.1. Concepto y significado Los individuos y las comunidades deben tener acceso a los medios para pagar las viviendas y deben tener el derecho correspondiente de un medio de vida que les permita costear una vivienda decente. Con este fin, el Estado debe asegura, a través de subsidios o regulación del Mercado, que un máximo de un tercio de las entradas de cada hogar sea lo requerido para obtener una vivienda adecuada. Más aun, el Estado debe regular efectivamente las operaciones de los actores privados que influyen en el costo de las viviendas adecuadas. Los individuos y las comunidades deben tener acceso a fuentes de financiamiento incluyendo, inter alia, fianzas, prestamos, transferencias, planes corporativos y subsidios, con el fin de asegurar un lugar adecuado para vivir. El Estado debe asegurar que el financiamiento esta disponible en bases equitativas, y las opciones financieras deben responder a las diversas necesidades y asegura su suficiencia. Las Leyes, políticas y regulaciones deben facilitar el acceso, particularmente a los grupos vulnerables y marginales, y a esos que son victimas de la injusticia de la discriminación histórica. 4.2. Fuentes En esta sección, tu Paso 2, el Juego de Herramientas de la HLRN presenta la base legal internacional más importante y los reclamos populares que aterrizan cada elemento del derecho humano a la vivienda adecuada. Esta compilación intenta ser lo más extenso posible; sin embargo, fuentes populares adicionales y legislación emergente aumentarán este inventario en el futuro. Es de vital importancia establecer tanto las fuentes establecidas en derecho internacional como los reclamos populares. La autoridad de las fuentes legales conlleva obligaciones correspondientes sobre la mayoría de los Estados, y aplica de manera universal a todos los pobladores del planeta como derechos humanos. Las fuentes populares avanzan reclamos que “emergen” con lenguaje de derechos humanos a ser codificado más adelante en la legislación. Todas las normas de derechos humanos legalmente establecidas se originaron como reclamos populares llevados adelante por medio de diversas formas de lucha histórica. La Autoridad Legal Favor de observar que los instrumentos legales citados aquí conllevan niveles distintos de obligación, y están organizados de manera correspondiente. El derecho consuetudinario se integra por las normas y principios considerados por la opinión legal y las instituciones interestatales como tan básicos y afirmados de manera tan reiteradamente como para ser obligatorios para toda persona jurídica. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, el precursor de todos los tratados subsecuentes de derechos humanos, es el ejemplo más relevante de derecho consuetudinario para nuestros propósitos, aún cuando no establece un mecanismo de monitoreo y aplicación para asegurar cumplimiento. Los tratados ratificados (Acuerdos, Cartas, Convenciones, Pactos, etc.) son obligatorios para todos los Estados que los ratifican, y cada tratado establece un cuerpo independiente para monitorear y apoyar su implementación. El proceso de monitoreo ofrece una oportunidad para que la sociedad civil, los Estados, y los cuerpos legales internacionales puedan cumplir su papel cada quien. Estos tratados internacionales también tienen la
característica de ser derecho duro (lex lata), por su naturaleza vinculante. La ley por tratado, por su definición, es cualquier acuerdo entre dos o más Estados. Los tratados contemplados aquí son los de naturaleza tanto internacional como regional. Los instrumentos de “derecho suave” (lex ferenda) incluyen las Declaraciones, Principios Básicos, Reglas Mínimas, Observaciones Generales, etc., que son los compromisos multilaterales que surgen de las conferencias, asambleas, cumbres, congresos y otras reuniones especializadas. También incluidas en esta categoría están las recomendaciones generales y las dirigidas a países específicos emitidas por los cuerpos de monitoreo de los tratados con el fin de guiar y especificar las obligaciones de los tratados, así como aquellos instrumentos de acuerdo interestatal (decisiones y resoluciones) que surgen de los múltiples cuerpos políticos del sistema internacional (v.g. la Comisión de Derechos Humanos, la Organización Internacional del Trabajo y la Asamblea General de la ONU, etc.). Estos instrumentos contienen estándares que son declaratorios de derecho internacional ya obligatorios, reflejan la voluntad política colectiva de los Estados, y proveen especificidad a los artículos generales en los instrumentos obligatorios. Sin embargo, estos representan orientación jurídica y política sin las obligaciones correspondientes de las leyes originadas por tratado y sin los mecanismos de monitoreo legal correspondientes. Por lo tanto, la lista de fuentes legales en esta sección del Juego de Herramientas de la HLRN mantiene un orden de prioridad correspondiente, presentando primero los instrumentos vinculantes (en orden cronológico por fecha de adopción), seguidos por las fuentes no-vinculantes, declaraciones (también en orden cronológico): • Leyes por Tratado Internacional • Leyes por Tratado Regional • Instrumentos Declaratorios y Jurisprudencia El Argumento Moral Las fuentes populares son particularmente útiles para demostrar reconocimiento popular de los múltiples elementos de vivienda adecuada como derechos en sí, a la vez de proveer una lista de derechos humanos que reflejan necesidades humanas comunes, pero que aún esperan su codificación como derechos auténticos. Los “derechos emergentes” incluyen elementos inextricables del derecho humano a la vivienda adecuada: agua, tierra y energía, entre otros. Las fuentes populares son indicadores de la especificidad en continua evolución de la ley de derechos humanos y los horizontes legales y de resolución de problemas hacia los cuales se dirigen los movimientos sociales y la comunidad de derechos humanos. Los extractos relevantes de estos argumentos morales colectivos están presentados bajo las Fuentes del Juego de Herramientas (Paso 2) como Fuentes Populares. Su naturaleza es moral, en vez de legal. Sin embargo, como reclamos, conllevan dimensiones legales en el sentido de que son la sustancia de estándares jurídicos futuros. Seguiremos integrando estos reclamos dentro del Juego de Herramientas de la HLRN conforme surgen de las luchas populares, las ciencias naturales y sociales, los foros no-gubernamentales, los movimientos sociales, las campañas y acciones del sector laboral (huelgas), así como otras formas populares y colectivas de iniciativas de resolución de problemas. [En este Juego de Herramientas, las Fuentes Populares se distinguen de las fuentes legales por su presentación en itálicas.]
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4. Accesibilidad económica, financiamiento<br />
4.1. Concepto y significado<br />
Los individuos y las comunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>ben tener acceso a los medios para pagar las viviendas<br />
y <strong>de</strong>ben tener el <strong>de</strong>recho correspondiente <strong>de</strong> un medio <strong>de</strong> vida que les permita costear una<br />
vivienda <strong>de</strong>cente. Con este fin, el Estado <strong>de</strong>be asegura, a través <strong>de</strong> subsidios o regulación<br />
<strong>de</strong>l Mercado, que un máximo <strong>de</strong> un tercio <strong>de</strong> las entradas <strong>de</strong> cada hogar sea lo requerido<br />
para obtener una vivienda a<strong>de</strong>cuada. Más aun, el Estado <strong>de</strong>be regular efectivamente las<br />
operaciones <strong>de</strong> los actores privados que influyen en el costo <strong>de</strong> las viviendas a<strong>de</strong>cuadas.<br />
Los individuos y las comunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>ben tener acceso a fuentes <strong>de</strong> financiamiento<br />
incluyendo, inter alia, fianzas, prestamos, transferencias, planes corporativos y subsidios,<br />
con el fin <strong>de</strong> asegurar un lugar a<strong>de</strong>cuado para vivir. El Estado <strong>de</strong>be asegurar que el<br />
financiamiento esta disponible en bases equitativas, y las opciones financieras <strong>de</strong>ben<br />
respon<strong>de</strong>r a las diversas necesida<strong>de</strong>s y asegura su suficiencia. Las Leyes, políticas y<br />
regulaciones <strong>de</strong>ben facilitar el acceso, particularmente a los grupos vulnerables y<br />
marginales, y a esos que son victimas <strong>de</strong> la injusticia <strong>de</strong> la discriminación histórica.<br />
4.2. Fuentes<br />
En esta sección, tu Paso 2, el Juego <strong>de</strong> Herramientas <strong>de</strong> la HLRN presenta la base legal<br />
internacional más importante y los reclamos populares que aterrizan cada elemento <strong>de</strong>l<br />
<strong>de</strong>recho humano a la vivienda a<strong>de</strong>cuada. Esta compilación intenta ser lo más extenso<br />
posible; sin embargo, fuentes populares adicionales y legislación emergente aumentarán<br />
este inventario en el futuro.<br />
Es <strong>de</strong> vital importancia establecer tanto las fuentes establecidas en <strong>de</strong>recho internacional<br />
como los reclamos populares. La autoridad <strong>de</strong> las fuentes legales conlleva obligaciones<br />
correspondientes sobre la mayoría <strong>de</strong> los Estados, y aplica <strong>de</strong> manera universal a todos los<br />
pobladores <strong>de</strong>l planeta como <strong>de</strong>rechos humanos. Las fuentes populares avanzan reclamos<br />
que “emergen” con lenguaje <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos a ser codificado más a<strong>de</strong>lante en la<br />
legislación. Todas las normas <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos legalmente establecidas se originaron<br />
como reclamos populares llevados a<strong>de</strong>lante por medio <strong>de</strong> diversas formas <strong>de</strong> lucha<br />
histórica.<br />
La Autoridad Legal<br />
Favor <strong>de</strong> observar que los instrumentos legales citados aquí conllevan niveles distintos <strong>de</strong><br />
obligación, y están organizados <strong>de</strong> manera correspondiente. El <strong>de</strong>recho consuetudinario se<br />
integra por las normas y principios consi<strong>de</strong>rados por la opinión legal y las instituciones<br />
interestatales como tan básicos y afirmados <strong>de</strong> manera tan reiteradamente como para ser<br />
obligatorios para toda persona jurídica. La Declaración Universal <strong>de</strong> los Derechos Humanos,<br />
el precursor <strong>de</strong> todos los tratados subsecuentes <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos, es el ejemplo más<br />
relevante <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho consuetudinario para nuestros propósitos, aún cu<strong>and</strong>o no establece<br />
un mecanismo <strong>de</strong> monitoreo y aplicación para asegurar cumplimiento.<br />
Los tratados ratificados (Acuerdos, Cartas, Convenciones, Pactos, etc.) son obligatorios<br />
para todos los Estados que los ratifican, y cada tratado establece un cuerpo in<strong>de</strong>pendiente<br />
para monitorear y apoyar su implementación. El proceso <strong>de</strong> monitoreo ofrece una<br />
oportunidad para que la sociedad civil, los Estados, y los cuerpos legales internacionales<br />
puedan cumplir su papel cada quien. Estos tratados internacionales también tienen la