“Juego de Herramientas” - toolkit - Housing and Land Rights Network
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• Evitar las carencias. • Proteger y defender a los que sufren carencias. • Ofrecer remedio en forma de asistencia y justicia a los necesitados. Puede que le parezca que el Estado, como autoridad responsable, ha cometido actos que provocan carencias, o ha evitado proteger o remediar las carencias poniendo los obstáculos mencionados más arriba. Uno puede pensar que la autoridad está limitada por otros actores o factores, como las catástrofes naturales, o la recesión económica global. Se conoce la identidad de las instituciones y las fuerzas creadas por el hombre, tanto internas como externas, que pueden estar contribuyendo a la violación de los derechos. Esto incluye a actores como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial, una corporación multinacional o planificadores nacionales. Puede parecerle que estas partes son directa o indirectamente responsables de la pobreza, o de las condiciones que la provocan. Además, también lo son factores como la deuda o las prácticas sociales tradicionales. Especialmente cuando el papel del Estado es pasivo (esto es, por ignorar o fracasar a la hora de proteger y garantizar un remedio para las víctimas), otros actores pueden empezar a destacar. Las compañías privadas, incluyendo las corporaciones multinacionales, por ejemplo, adquieren bienes regularmente y llevan a cabo proyectos que implican desalojos forzados y confiscación de tierras. En algunos casos, los bancos de desarrollo regional e internacional cuentan con una planificación bien articulada en materia de compensación/ reubicación apropiada. Sin embargo, estas compañías son a veces la mano derecha de las políticas estatales o los ejecutores de proyectos públicos internacionales. Por ello, puede ser crucial registrar las relaciones entre diferentes actores formando así una cadena completa de las autoridades responsables. Uno no debe desechar la posibilidad de que las autoridades responsables, especialmente como violadoras que deben remedio y restitución a las víctimas, también son a veces miembros de la comunidad, o incluso miembros de la familia de la(s) víctima(s). ¿Cuál es el deber del Estado en situaciones como éstas? Como personalidad legal obligada a respetar, defender, promover y cumplir el derecho de todos los hombres a una vivienda digna, el deber del Estado reside directamente en la ejecución de sus obligaciones en materia de derechos humanos para regular el comportamiento de las personas legales dentro de su jurisdicción (y de las áreas en las que ejerce un control efectivo) con el fin de hacer respetar los derechos. Los tratados sobre los derechos humanos, además de otros instrumentos, funcionan como una guía sobre cómo los Estados- y los gobernantes- deberían tratar el tema de las violaciones de los derechos humanos cometidas por terceras partes, no sólo como un asunto de derecho civil y delictivo, sino también como un medio para garantizar la legitimidad del gobierno implicado, o incluso del Estado en sí mismo. Para obtener un resumen completo de las cuestiones que deben ser planteadas para identificar a las autoridades responsables y las obligaciones legales aplicables, puede utilizar este “Kit de herramientas” de forma muy efectiva, ya que a cada elemento relativo al derecho a una vivienda digna que usted ha identificado como relevante a su propio caso le corresponden una o varias autoridades responsables. Autoridades primarias responsables: las autoridades estatales
¿El Estado no ha logrado prevenir la violación del derecho a la vivienda, especialmente el desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? ¿Cuáles son los pasos que han sido omitidos? ¿El Estado ha protegido a los habitantes necesitados y vulnerables y ayudado a las víctimas (ej.: por persecución, retorno, compensación, etc.) contra la violación del derecho a la vivienda, especialmente al desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? ¿Cuáles son las instituciones específicas responsables de dar estos pasos preventivos y reparadores? ¿Ha tomado el Estado medidas suficientes para promover el derecho al desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución (ej.: educación sobre derechos humanos, campañas, anuncios sobre servicios públicos, publicaciones para el aumento del conocimiento, etc.)? ¿Cuáles son las instituciones específicas responsables de implantar estas medidas? ¿Cuál es la relación del Estado con otras autoridades en materia de violaciones estimadas? Explicar la naturaleza de esa relación. ¿Consiste en un contrato, en un conjunto de medidas para la ayuda externa, en nepotismo, en patrocinio político, etc.? Responsables subsidarios: ¿acaso otros actores han colaborado a la denegación del desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? ¿Existen otros actores locales, no estatales que estén de algún modo comprometidos con la denegación del desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? ¿Quiénes son y cuál es su papel? ¿Qué función desempeñan las instituciones financieras internacionales (IFIs) como el Banco Mundial, el FMI, un banco de desarrollo regional o la Organización Mundial del Comercio a la hora de determinar las políticas o las condiciones relacionadas con el desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución en las comunidades/ países afectados? ¿Qué función e influencia tienen las corporaciones multinacionales o los organismos de desarrollo internacional a la hora de determinar las políticas o las condiciones para el desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución en las comunidades/ países afectados? ¿De qué manera estas autoridades secundarias son responsables de violar el derecho al desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? ¿Hasta qué punto pueden influir en las políticas, los programas y las leyes que derivan en la violación del derecho? Estas autoridades secundarias ¿tienen políticas/ códigos de conducta con respecto al derecho a la vivienda que afectan especialmente al derecho al desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? Si es así, ¿tiene acceso allas el público en general? ¿Cuáles son los detalles relevantes de estas políticas o códigos? ¿Cómo protegen los derechos humanos a una vivienda digna y al desplazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución?
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¿El Estado no ha logrado prevenir la violación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho a la vivienda, especialmente<br />
el <strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución?<br />
¿Cuáles son los pasos que han sido omitidos?<br />
¿El Estado ha protegido a los habitantes necesitados y vulnerables y ayudado a las<br />
víctimas (ej.: por persecución, retorno, compensación, etc.) contra la violación <strong>de</strong>l<br />
<strong>de</strong>recho a la vivienda, especialmente al <strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento,<br />
nonrefoulement, el retorno y la restitución? ¿Cuáles son las instituciones específicas<br />
responsables <strong>de</strong> dar estos pasos preventivos y reparadores?<br />
¿Ha tomado el Estado medidas suficientes para promover el <strong>de</strong>recho al <strong>de</strong>splazamiento,<br />
el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución (ej.: educación sobre<br />
<strong>de</strong>rechos humanos, campañas, anuncios sobre servicios públicos, publicaciones para el<br />
aumento <strong>de</strong>l conocimiento, etc.)? ¿Cuáles son las instituciones específicas responsables<br />
<strong>de</strong> implantar estas medidas?<br />
¿Cuál es la relación <strong>de</strong>l Estado con otras autorida<strong>de</strong>s en materia <strong>de</strong> violaciones<br />
estimadas? Explicar la naturaleza <strong>de</strong> esa relación. ¿Consiste en un contrato, en un<br />
conjunto <strong>de</strong> medidas para la ayuda externa, en nepotismo, en patrocinio político, etc.?<br />
Responsables subsidarios: ¿acaso otros actores han colaborado a la <strong>de</strong>negación <strong>de</strong>l<br />
<strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución?<br />
¿Existen otros actores locales, no estatales que estén <strong>de</strong> algún modo comprometidos<br />
con la <strong>de</strong>negación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la<br />
restitución? ¿Quiénes son y cuál es su papel?<br />
¿Qué función <strong>de</strong>sempeñan las instituciones financieras internacionales (IFIs) como el<br />
Banco Mundial, el FMI, un banco <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo regional o la Organización Mundial <strong>de</strong>l<br />
Comercio a la hora <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar las políticas o las condiciones relacionadas con el<br />
<strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución en las<br />
comunida<strong>de</strong>s/ países afectados?<br />
¿Qué función e influencia tienen las corporaciones multinacionales o los organismos <strong>de</strong><br />
<strong>de</strong>sarrollo internacional a la hora <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar las políticas o las condiciones para el<br />
<strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución en las<br />
comunida<strong>de</strong>s/ países afectados?<br />
¿De qué manera estas autorida<strong>de</strong>s secundarias son responsables <strong>de</strong> violar el <strong>de</strong>recho al<br />
<strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? ¿Hasta<br />
qué punto pue<strong>de</strong>n influir en las políticas, los programas y las leyes que <strong>de</strong>rivan en la<br />
violación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho?<br />
Estas autorida<strong>de</strong>s secundarias ¿tienen políticas/ códigos <strong>de</strong> conducta con respecto al<br />
<strong>de</strong>recho a la vivienda que afectan especialmente al <strong>de</strong>recho al <strong>de</strong>splazamiento, el<br />
reasentamiento, nonrefoulement, el retorno y la restitución? Si es así, ¿tiene acceso allas<br />
el público en general?<br />
¿Cuáles son los <strong>de</strong>talles relevantes <strong>de</strong> estas políticas o códigos? ¿Cómo protegen los<br />
<strong>de</strong>rechos humanos a una vivienda digna y al <strong>de</strong>splazamiento, el reasentamiento,<br />
nonrefoulement, el retorno y la restitución?