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Juan Carlos Bayón - Diritto & questioni pubbliche

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208<br />

D&Q, n. 9/2009<br />

importa es que, aun no siéndolo, de ellos se derivarían deberes: en<br />

concreto, los de emprender los cursos de acción necesarios para pasar<br />

desde el estado de cosas actual a aquel de los mundos empíricamente<br />

posibles —y accesibles causalmente desde el actual— que resulte más<br />

cercano al ideal. De lo que se infiere que todos los mundos posibles se<br />

podrían jerarquizar desde el punto de vista valorativo precisamente en<br />

virtud de su mayor o menor proximidad al ideal. Trasladado todo ello a la<br />

cuestión que estábamos discutiendo, lo que se seguiría, según Martí, es<br />

que la satisfacción plena de las condiciones que exige el teorema<br />

constituiría un ideal regulativo: en condiciones ideales el voto de los<br />

individuos sería sincero e independiente 39 . Y precisamente por tratarse de<br />

un ideal regulativo, que en la práctica la plena satisfacción de esas<br />

condiciones sea inalcanzable no representaría a decir verdad ningún<br />

problema 40 : porque lo decisivo sería que “el hecho de que el propio ideal<br />

sea inalcanzable no cancela nuestros deberes” (RD, 25) y nuestros<br />

deberes, en cualquier caso, serán los de aproximar la realidad tanto como<br />

sea posible a la satisfacción de aquellas condiciones ideales.<br />

Me parece que lo que falla en esta forma de solventar el problema es<br />

la idea misma de que los mundos reales son tanto más valiosos cuanto<br />

más próximos o semejantes al ideal; de que, por así decirlo, el mismo<br />

valor que se da de forma plena en el ideal se sigue dando, sólo que de<br />

forma cada vez más atenuada o disminuida a medida que va aumentando<br />

la distancia, en cada uno de los mundos reales que podemos ir ordenando<br />

en función de su mayor o menor similitud al ideal. De hecho, es<br />

precisamente la puesta en tela de juicio de esa intuición lo que constituye<br />

el núcleo de lo que se suele conocer como “problema de lo segundo<br />

mejor” [second-best]. En el planteamiento pionero al respecto de Lipsey y<br />

puede” y que por lo tanto deben ser empíricamente posibles. Lo que sí subraya, en<br />

cualquier caso, es que no pierden su valor por el hecho de que su realización, aun siendo<br />

posible en sentido estricto —como lo es, por ejemplo, que el voto de todos fuera<br />

sincero—, sea extremadamente improbable (ESTLUND 2008, 264-265).<br />

39 Obsérvese que si fuera cierto que los propios presupuestos del teorema pudieran<br />

hacer que el voto no independiente fuese epistémicamente racional en ciertas<br />

condiciones, podría estar afectada la propia coherencia interna del ideal (al margen de<br />

que no fuese empíricamente posible o fuese extremadamente improbable).<br />

40 La posición de Martí al respecto es suficientemente clara: “al entender la<br />

democracia deliberativa como un ideal, algunas de las críticas que se le realizan por ser<br />

un modelo excesivamente utópico o por no corresponderse con la realidad son<br />

desatinadas. Cuestiones de hecho del tipo ‘la realidad no es así’, ‘la naturaleza humana<br />

nunca será de este modo’, etc., [...] nunca pueden servir como argumento contra el ideal<br />

en sí mismo” (RD, 26).

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