Invitación a cuando menos tres personas nacional N ... - PEMEX
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INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL MIXTA HGT-ITP-001-2012<br />
1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.<br />
2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.<br />
3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.<br />
4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.<br />
5. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación,<br />
6. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación<br />
7. Copia del finiquito<br />
8. Importe reclamado.<br />
CARTA DE CRÉDITO STAND-BY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.<br />
Carta de Crédito Stand-by emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria<br />
autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del importe máximo<br />
del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días<br />
naturales, a favor de <strong>PEMEX</strong>.<br />
CARTA DE CRÉDITO STAND-BY EN CONTRATOS PLURIANUALES.<br />
Carta de Crédito Stand-by emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria<br />
autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto, que deberá ser<br />
informado al PROVEEDOR por <strong>PEMEX</strong>, que resulte mayor entre: a) el 10% del monto máximo a<br />
erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los<br />
ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida<br />
en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a<br />
favor de <strong>PEMEX</strong>. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro<br />
de los primeros 10 (diez) días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de<br />
cobertura de un año, más 90 (noventa) días naturales, a favor de <strong>PEMEX</strong> salvo el último que<br />
deberá emitirse por el plazo restante, más 90 (noventa) días naturales.<br />
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:<br />
(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra <strong>PEMEX</strong>, de renunciar al<br />
derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que<br />
otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las<br />
obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como<br />
cualquier otro saldo a favor de <strong>PEMEX</strong>.<br />
(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del<br />
contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Stand-by otorgada.<br />
(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by, será pagada ante el incumplimiento de<br />
las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que<br />
pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en<br />
inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que<br />
cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de<br />
eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.<br />
EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO<br />
PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL<br />
SIGUIENTE TEXTO:<br />
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