Invitación a cuando menos tres personas nacional N ... - PEMEX
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INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL MIXTA HGT-ITP-001-2012<br />
le hubiere adjudicado el contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se<br />
deberá contar con el consentimiento de <strong>PEMEX</strong>.<br />
El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero<br />
mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y <strong>PEMEX</strong> otorga su consentimiento,<br />
siempre y <strong>cuando</strong> al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas<br />
Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o<br />
administrativo.<br />
En virtud de lo anterior, las Partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones<br />
Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública<br />
Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera,<br />
S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28<br />
de febrero de 2007.<br />
DÉCIMA.- OBLIGACIONES FISCALES<br />
Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme<br />
a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la<br />
obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus<br />
anexos, sin perjuicio de que <strong>PEMEX</strong> realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las<br />
retenciones que le impongan las leyes de la materia.<br />
CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO<br />
ANTERIOR POR LA SIGUIENTE REDACCIÓN E INVARIABLEMENTE DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL<br />
O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR<br />
Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas<br />
y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales,<br />
estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del otro<br />
contratante), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del<br />
presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que <strong>PEMEX</strong> esté<br />
obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.<br />
DÉCIMA PRIMERA.- INDICAR EL ENCABEZADO DE LA CLÁUSULA QUE APLIQUE AL CASO CONCRETO,<br />
SELECCIONANDO LA OPCIÓN QUE CORRESPONDA.<br />
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO<br />
El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del<br />
contrato, deberá presentar a <strong>PEMEX</strong>, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma<br />
del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en<br />
este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:<br />
PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.<br />
Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia<br />
equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente<br />
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