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Trabajo Infantil Domestico - DNI Costa Rica

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las trabajadoras adultas domésticas, por cuanto se les está reconociendo solamente el<br />

tiempo de descanso de 9 p.m. a 6 a.m. En consecuencia ellas trabajan 15 horas y<br />

además por dormir en el trabajo ellas tienen que permanecer disponibles sin que se les<br />

reconozcan las remuneraciones adicionales que estipula la ley para el caso de jornadas<br />

extraordinarias.<br />

“A mi no me dan permiso para ir a la escuela. Yo tengo que<br />

levantarme desde las 6 de la mañana y me acuesto hasta las 10<br />

de la noche. Cuando es día de escuela yo tengo que levantarme a<br />

las 5 a m para atender el desayuno de los hijos de mi patrona que<br />

van a la escuela”.<br />

A las TID se les están violando también sus derechos como personas trabajadoras<br />

menores de edad al coartarle la posibilidad de poder disponer de una media jornada de<br />

trabajo, para poder asistir a un centro educativo, más bien, la práctica generalizada<br />

indica que trabajan el doble de lo estipulado para el resto de los trabajadores y además<br />

se les recorta el salario que deben ganar, bajo el pretexto de que por ser personas<br />

menores de edad son inexpertas.<br />

En cuanto a la vinculación entre sí de las TID y su derecho a conformar una<br />

organización gremial, en la actualidad, no existe ningún tipo de organización sindical o<br />

de cooperativismo conformado por trabajadoras domésticas adultas en Panamá.<br />

Consecuentemente, no se realizan programas con actividades de formación y<br />

capacitación de sus miembros y otras que la ley reconoce a los trabajadores agremiados<br />

y sindicalizados y que gozan de convenios colectivos tampoco se abordan, desde una<br />

perspectiva gremial, los problemas que viven las trabajadoras infantiles domésticas.<br />

Con todo lo anterior, queda demostrado que el trabajo infantil doméstico es una de las<br />

peores formas de trabajo infantil que debe ser abolido mediante un plan progresivo de<br />

acción por cuanto:<br />

1. Está ocurriendo en niños, niñas y adolescentes que comienzan a trabajar en edades<br />

cada vez más tempranas ya que mientras las adultas empezaron su relación laboral<br />

a los 15 años, las TID de hoy están iniciándose a los 10 y 12 años incluso se<br />

demostró la existencia de TID de ocho y nueve años de edad.<br />

2. Constituyen situaciones laborales ocultas y no reglamentadas en el caso del trueque<br />

de casa y comida o estudio a cambio del trabajo de la TID. Por ser una figura<br />

ambigua la TID no se considera una adopción legal, ni tampoco una trabajadora.<br />

Además, las violaciones y abusos contra las TID permanecen ocultos porque no es<br />

posible penetrar el hogar privado de sus patrones.<br />

3. Vulneran el derecho a la libertad de la persona menor de edad, propicia la esclavitud<br />

y la condición de siervo.<br />

4. Es un trabajo en el que los niños, niñas y adolescentes quedan expuestas al abuso<br />

de orden físico, psicológico o sexual.<br />

5. En el caso de cuidar niños pequeños tienen que asumir riesgos y responsabilidades<br />

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CAPÍTULO IV - CARACTERIZACIÓN DEL TID

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