Trabajo Infantil Domestico - DNI Costa Rica
Trabajo Infantil Domestico - DNI Costa Rica
Trabajo Infantil Domestico - DNI Costa Rica
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>Infantil</strong> y Protección del Menor Trabajador 18; la Policía de Menores 19; Instituciones de<br />
asistencia social encargadas de atender los casos de abandono de personas menores de<br />
edad y también ha creado los jueces de la Jurisdicción de Familia y de la Jurisdicción<br />
Especial de Niñez y Adolescencia (modificado por la ley 40).<br />
En cuanto a la asistencia directa de los niños, niñas y adolescentes también se han<br />
creado organizaciones gubernamentales, no gubernamentales y de la empresa privada<br />
dedicadas a la atención de distintos aspectos de los derechos de los menores.<br />
En lo relacionado con hechos que afecten la salud de las TID aunque no se ha avanzado<br />
en las garantías de una atención integral y gratuita, si se ha avanzado en cuanto a la<br />
detección y denuncia de hechos de maltrato. En la actualidad en los cuartos de urgencia<br />
de todos los centros de urgencia de las instituciones de salud, privadas y<br />
gubernamentales se dispone de un formulario de denuncia del maltrato y se pueden<br />
adoptar medidas de protección que pueden ser asumidas provisionalmente por un<br />
período de 42 horas en virtud de la Ley de Violencia.<br />
Cualquier persona puede denunciarlo personalmente o por vía telefónica sin que sea<br />
necesario el nombre del denunciante. El menor recibirá la atención médica necesaria y<br />
a la vez se levantará el medio probatorio de la lesión o daño físico producido sobre la<br />
menor de manera que pueda ser registrado a tiempo y conste en la certificación médica.<br />
Pese a todos estos avances en las reglamentaciones que fundamentan las estructuras<br />
organizativas y funcionales que atienden a necesidades legales de las TID aún las<br />
entidades gubernamentales sufren limitaciones de recursos, de disponibilidad de<br />
mecanismos de control para hacer cumplir las obligaciones dispuestas por la ley, y que<br />
impidan que los empleadores de las niñas y niños trabajadores domésticos no acaten las<br />
prohibiciones establecidas, es por esta razón que muchas veces no se aplican las<br />
sanciones pertinentes.<br />
La realidad jurídica en que viven las niñas y niños trabajadores domésticos en Panamá,<br />
es el resultado de una combinación de problemas que van desde la existencia de<br />
contradicciones y vacíos en la normativa formal nacional; vacíos con respecto a las<br />
disposiciones internacionales ratificadas y los procedimientos administrativos, debido a<br />
la diferencia de períodos en que se confeccionan muchas de estas normativas que no<br />
han sido modificadas durante varias décadas, por ejemplo el Reglamento de Afiliación<br />
para los Trabajadores Domésticos creado y aprobado por la Junta Directiva de la Caja<br />
18 D ecreto Ejecutivo N°25 del 15 de Abril de 1997, crea el Comité para la Erradicación del <strong>Trabajo</strong> <strong>Infantil</strong> y Protección del<br />
Menor Trabajador, como un ente adscrito al Ministerio de <strong>Trabajo</strong> y Desarrollo Laboral, e integra a diversas instituciones<br />
como El Despacho de la Primera Dama, Ministerio de <strong>Trabajo</strong> y Desarrollo Laboral, Ministerio de la Juventud, La Mujer, La<br />
Niñez y La Familia, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Educación,<br />
Ministerio de Desarrollo Agropecuario, Ministerio de Salud, un representante de La Policía de Menores, uno del Consejo<br />
Nacional de la Empresa Privada, uno de la Unión Nacional de Pequeñas y Medianas Empresas, uno del Consejo Nacional de<br />
Trabajadores Organizados, uno de la Federación de Municipios de Panamá, un representante de Organizaciones no<br />
gubernamentales, un representante de la Fundación del <strong>Trabajo</strong>, un representante de la comisión del Niño de la Asamblea<br />
Nacional, y un representante del Tribunal Superior de Menores.<br />
19 A r t . 589, se crea la Policía de Menores.<br />
41<br />
CAPÍTULO II - EL TRABAJO INFANTIL DOMÉSTICO