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Trabajo Infantil Domestico - DNI Costa Rica

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personas trabajadoras inexpertas que por su corta edad hay que enseñarles todo, por<br />

consiguiente se les puede dar cualquier cantidad como remuneración.<br />

Las TID son afectadas negativamente, debido a la reducción en el salario y en cuanto al<br />

tiempo de duración de la jornada de trabajo diaria. Igualmente se les afecta<br />

negativamente, al no reconocerles sus derechos en virtud de su condición de personas<br />

menores de edad, en lo que se refiere a que puedan gozar de los beneficios de una media<br />

jornada laboral que les permita asistir a la escuela, y recibir una doble remuneración<br />

por el trabajo realizado durante los días de fiestas y duelo nacional lo cual se estipula<br />

en el Art. 231 del Código de <strong>Trabajo</strong>.<br />

Un 17% de las niñas no reciben pago sino que realizan un trueque de casa y comida a<br />

cambio de su fuerza de trabajo; un 5% además del trueque en especie, reciben algo de<br />

dinero en efectivo.<br />

De las TID que reciben un salario en efectivo, se encontró que 8 de cada 10 reciben<br />

menos del salario mínimo estipulado; que ya en sí es comparativamente menor con<br />

respecto al devengado por el resto de las trabajadoras que realizan servicios comunales,<br />

sociales y personales;<br />

En cuanto a los beneficios adicionales, no se está cumpliendo con el pago del<br />

decimotercer mes, un 11% de las TID manifestó que sólo recibe un regalo en Navidad<br />

por parte de su empleadora.<br />

Cese de Labores<br />

Código de <strong>Trabajo</strong><br />

Art. 106 “ La mujer que se encuentre en estado de gravidez sólo<br />

podrá ser despedida de su empleo por causa justificada y previa<br />

autorización judicial”.<br />

Art. 231 “ Las dos primeras semanas son de prueba... Vencido el<br />

período probatorio, la parte que desee ponerle término al contrato<br />

deberá notificar a la otra con un aviso previo de 30 días.. En caso<br />

de despido sin causa justificada el empleador pagará una<br />

indemnización según el tiempo de servicios”.<br />

No existe un programa de atención específico para la detección y atención de las TID,<br />

Sin embargo, se intenta llevar una estadística de las menores que asisten a las<br />

instancias que atienden a las trabajadoras domésticas adultas. Particularmente, las<br />

trabajadoras en estado de gravidez sólo podrán ser despedidas en caso de que exista<br />

causa justificada de despido, mediante una autorización judicial que se tramitará en un<br />

proceso abreviado de trabajo.<br />

35<br />

CAPÍTULO II - EL TRABAJO INFANTIL DOMÉSTICO

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