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Trabajo Infantil Domestico - DNI Costa Rica

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TRABAJO INFANTIL DOMÉSTICO EN PANAMÁ<br />

legalmente corresponda, no sea privado de su libertad,...no sea<br />

explotado ni en su persona ni en su trabajo y no sufra maltratos<br />

morales ni corporales”.<br />

El Código Laboral en el Título II, Capítulo II, sección y II contiene<br />

lo referente al trabajo de mujeres y menores y en el Título VII,<br />

Capítulo I lo referente a los Trabajadores Domésticos.<br />

Las leyes que fundamentan la jurisprudencia nacional referente al trabajo infantil no se<br />

concentran en un solo cuerpo de ley, desde el punto de vista formal normativo, hay que<br />

remitirse a la Constitución Nacional, al Código de la Familia y de <strong>Trabajo</strong>.<br />

También hay que considerar las leyes que han ratificado importantes acuerdos<br />

internacionales que sirven de guía a la legislación nacional que protege a la familia y al<br />

menor tales como son los principios recogidos en la Convención Internacional de los<br />

Derechos del Niño, en los Convenios 138 y 182 de la OIT con su Recomendación 190 en<br />

el año 2000, referente a la edad mínima de admisión al trabajo y a la erradicación de las<br />

peores formas de trabajo infantil.<br />

De igual forma, las disposiciones legales que rigen las relaciones de las TID se<br />

encuentran dispersas en los tres cuerpos de leyes que se han quedado obsoletas con<br />

respecto a las disposiciones internacionales que lideran las organizaciones<br />

internacionales de avanzada, tales como la Organización Internacional del <strong>Trabajo</strong> (OIT),<br />

en lo referente al trabajo de los niños, niñas y adolescentes.<br />

2.3 Definición de trabajador infantil doméstico<br />

Art. 484 del Código de la Familia. “El presente libro regula los<br />

derechos y garantías del menor, entendiéndose como tal, a todo<br />

ser humano desde su concepción hasta la edad de 18 años es<br />

menor de edad<br />

Art. 230 del Código de <strong>Trabajo</strong>. “ Los trabajadores domésticos son<br />

los que prestan, en forma habitual y continua, servicios de aseo,<br />

asistencia u otros propios del hogar de una persona o de miembros<br />

de una familia.<br />

Art. 1 del Reglamento especial de la Caja del Seguro Social: ” Todo<br />

el que se dedique en forma habitual y continua a labores de aseo,<br />

asistencia y demás propias de un hogar que no importen lucro o<br />

negocio para el patrono es considerado un trabajador doméstico<br />

infantil”.<br />

En la legislación panameña no se aborda el trabajador infantil doméstico como tal, sino

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