Trabajo Infantil Domestico - DNI Costa Rica
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Anexo N° 18<br />
MAPA DE INSTITUCIONES<br />
DEL SECTOR GUBERNAMENTAL Y NO GUBERNAMENTAL ESPECIALIZADAS EN LA<br />
ATENCIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD CON POTENCIAL VINCULACIÓN<br />
PARA LAS TRABAJADORAS INFANTILES DOMÉSTICAS<br />
I. Instituciones y Programas Gubernamentales<br />
Comisión de los Asuntos de la Mujer, Derechos<br />
del Niño, la Juventud y la Familia<br />
Creación:<br />
El artículo 38 de la Ley del Reglamento<br />
interno de la Asamblea Legislativa fundamenta<br />
su creación con para operar<br />
con carácter de comisión permanente.<br />
Objetivos:<br />
Encargada de presentar proyectos de ley<br />
y darles primer debate.<br />
Estudiar, debatir, votar y dictaminar sobre<br />
lo que presente la comisión y otras autoridades<br />
competentes.<br />
Emitir concepto sobre las materias de su<br />
competencia, según el reglamento interno.<br />
Dirección:<br />
Edificio de Comisiones de la Asamblea<br />
Legislativa, Ancón.<br />
Funciones Básicas:<br />
Estudiar y proponer proyectos de ley y<br />
emitir concepto sobre los siguientes temas:<br />
Lo relacionado con la situación real de la<br />
mujer en cuanto al aspecto legal, jurídico,<br />
cultural y social.<br />
La promoción de los derechos de la mujer<br />
y su papel en nuestra sociedad actual.<br />
El fomento y protección jurídica de la<br />
mujer, a través de acciones legislativas<br />
tendientes a abolir la discriminación que,<br />
en razón del sexo se realiza en el ámbito<br />
laboral, cultural y social, así como en la<br />
estructura de los hogares panameños.<br />
La promoción de la mujer como ser individual<br />
que participa del desarrollo económico<br />
y social de nuestro país, acorde a<br />
sus inquietudes cívicas y virtudes ciudadanas,<br />
con el fin de incorporarla en los<br />
afanes de la política nacional.<br />
El desarrollo del marco legal y jurídico<br />
que tutela las relaciones de la mujer a nivel<br />
de la familia y de la comunidad.<br />
La consideración de la mujer en lo relativo<br />
a los servicios de salud como personas<br />
adulta capaz y contribuyente tanto<br />
en el aspecto práctico como jurídico.<br />
Recibir o presentar proyectos de ley relativos<br />
a la protección del menor en aspectos<br />
e nutrición abandono, maltrato abuso<br />
físico y sexual.<br />
Legislar sobre el Código de la Familia y el<br />
Menor.<br />
Solicitar la creación de instituciones encaminadas<br />
a la protección del menor y<br />
en general lo que concierne al cumplimiento<br />
de lo aprobado en códigos y leyes<br />
que se refieran al menor o la familia.<br />
Derechos de la juventud.<br />
El estudio y el trabajo de la juventud.<br />
Asuntos relativos a los sentimientos familiares<br />
y responsabilidades patrióticas<br />
cívicas y morales de la juventud.<br />
Reglamentaciones:<br />
Debe operar durante las legislaturas ordinarias<br />
y extraordinarias, los miembros<br />
de la comisión deben permanecer en sus<br />
cargos desde el 1° de septiembre hasta el<br />
31 de agosto del año siguiente.<br />
Está formada por 7 miembros.<br />
Se reúne por lo menos 1 vez por semana<br />
y tienen un plazo no mayor de 10 días a<br />
partir de su recibo oficial a través de la<br />
Secretaría General para rendir informe<br />
sobre los negocios que le han sido encomendados.<br />
Está constituida por una Directiva (1Presidente,<br />
1Vice presidente y 1 Secretario,<br />
elegidos por mayoría de votos entre los<br />
miembros de la comisión.<br />
Pueden citar a cualquier Ministro de Es-<br />
tado, Director de Entidad Autónoma o<br />
Semiautónoma y otros de acuerdo con lo<br />
establecido en el Artículo 155 de la Constitución<br />
Política de la República de Panamá.<br />
Los funcionarios requeridos están<br />
obligados a concurrir ante la comisión<br />
cuando sean citados.<br />
Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez<br />
y la Familia<br />
Creación:<br />
La ley N° 42 de 19 de noviembre de 1997,<br />
crea el Ministerio de la Juventud, la Niñez<br />
y la Familia.<br />
Objetivo:<br />
Impulsar el desarrollo humano por vía de<br />
la participación y la promoción de la<br />
equidad, así como la organización, administración,<br />
coordinación y ejecución de<br />
políticas, planes, programas y diversas<br />
acciones tendientes al fortalecimiento<br />
de la familia, la comunidad y de los grupos<br />
de población de atención prioritaria.<br />
Funciones:<br />
Hacer efectivo el cumplimiento de las<br />
disposiciones constitucionales y legales<br />
referentes a la previsión, bienestar y promoción<br />
del desarrollo social de la comunidad.<br />
Actuar como ente rector competente para<br />
la planificación ejecución y coordinación<br />
de las políticas y programas estatales<br />
de prevención atención, protección<br />
promoción y bienestar de la juventud, la<br />
mujer, la niñez, las personas adultas mayores,<br />
las personas con discapacidad y la<br />
familia en general.<br />
Consejo Nacional de la Familia y el Menor.<br />
Funciones:<br />
Actuar como cuerpo consultivo permanente<br />
en la elaboración de la política estatal<br />
en materia familiar y en el desarrollo<br />
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ANEXOS