Toponimia e cartografía - Consello da Cultura Galega

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01.05.2013 Views

Nerea Mujika Ulazia Una segunda franja, más meridional, en la que la existencia del euskera como lengua viva es históricamente comprobable. En las zonas más en contacto con la franja anterior permanece aún viva en la memoria de sus habitantes la existencia de la lengua vasca, pues su pérdida ha sido reciente. La presencia de toponimia vasca en esta zona es claramente mayoritaria, mientras los topónimos de origen romance son casi siempre de corta tradición. La irrupción del castellano como lengua de uso habitual y el olvido del euskera entre los usuarios de esos nombres ha acarreado en muchos casos la desfiguración de topónimos que se documentan a menudo en su forma original hasta no hace tanto tiempo. Una tercera franja llega hasta el confín de la Rioja Alavesa y el sector oriental de la comarca de las Encartaciones. Abarca las zonas en que el euskera fue sustituido por el romance hace ya mucho tiempo. La presencia mayor o menor de toponimia vasca es testimonio evidente de que en otras épocas los habitantes de esas tierras fueron vascohablantes. Sin embargo, la conciencia de esa presencia se ha perdido en la memoria popular y los topónimos nos llegan a menudo bastante desfigurados en el uso oral, de modo que sólo pueden interpretarse a la luz de documentación de cierta antigüedad. Por último, el resto del territorio alavés y Encartaciones (sector occidental de Bizkaia) constituyen una cuarta franja. En esta zona la toponimia vasca, cuando la hay, sólo se encuentra de forma esporádica. Este hecho, en general, suele interpretarse como consecuencia de la vecindad de hablantes vascongados. Por tanto, la complejidad de este marco lingüístico —diacronía incluida— es la característica que hace de la toponimia alavesa y, en general, de la toponimia vasca, algo especial para quien se acerca a ella con la pretensión de rotularla en soportes cartográficos. 6.3. Resultados de la normalización de la toponimia en la CAPV: tres versiones para tres tipos de mapas La Ley de Normalización del Uso del Euskera (ley 10/1982 de 24 de noviembre), en el párrafo 10 23 indica expresamente que cada topónimo ha de escribirse 23 “La nomenclatura oficial de los territorios, municipios, entidades de población, accidentes geográficos, vías urbanas y, en general, los topónimos de la Comunidad Autónoma Vasca, será establecida por el Gobierno, los Órganos Forales de los Territorios Históricos o las Corporaciones Locales en el ámbito de sus respectivas competencias, respetando en todo caso la originalidad euskaldun, romance o castellana con, la grafía académica propia de cada lengua” 90

BILINGÜISMO, TOPONIMIA Y CARTOGRAFÍA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO según la normativa ortográfica de la lengua a la que corresponde. Este criterio de normativización básico no suele ofrecer problemas a la hora de elegir sistema ortográfico en las zonas vascófonas (primera franja) y romances (última franja). La posible presencia de topónimos vascos en zonas tradicionalmente romances y el fenómeno contrario, más habitual, de presencia de nombres castellanos en zonas vascófonas, se soluciona en términos generales aplicando la grafía académica propia de la lengua oficial de cuyo patrimonio forma parte el topónimo. Así por ejemplo rotularemos en un mapa con grafía castellana El Calero, (en Sopuerta, Bizkaia), Las Vallejas (en Vitoria-Gasteiz) y con grafía vasca Kerexeta (en Izurtza, Bizkaia), Aginbeltzeta (en Ataun, Gipuzkoa). Hasta aquí todo es sencillo ya que se trata de topónimos sencillos, compuestos por un elemento específico y que, por lo tanto, se escriben de la misma forma tanto en la versión vasca como en la castellana. Pero, ¿qué ocurre con los topónimos que incluyen un elemento genérico con o sin partículas de unión? El tratamiento del elemento genérico en comunidades con dos lenguas oficiales, como la CAPV, requiere unas directrices bien definidas que, en nuestro caso, quedan reflejadas en un total de 12 reglas de normalización 24 . Esta cuestión fue ampliamente debatida en la Comisión Especial de Toponimia del Consejo Asesor del Euskera del Gobierno Vasco 25 (2001-2-5) que, tras el análisis del documento de trabajo 26 presentado por N. Mujika y P. Salaberri, consideró que desde el punto de vista de la Administración no se consideraba adecuado implantar una versión única del topónimo al ser dos las lenguas oficiales. En nuestro caso se ha optado por normalizar la toponimia vasca en tres versiones: una por cada lengua oficial, euskera y castellano (mapa 2) y una tercera 24 Estas reglas de normalización pueden consultarse en el documento “Criterios de normativización lingüística de la toponimia menor” y unos comentarios en torno al tratamiento de genéricos en “Aplicación de los criterios de Euskaltzaindia para la normalización de la toponimia de Bizkaia”, pp. 22-28 en la dirección http://www.euskara.euskadi.net/r59-734/es/. 25 La Comisión Especial de Toponimia del Consejo Asesor del Euskera se creó (Decreto 156/1996, del 18 de junio) para poder fijar y planificar los distintos trabajos que deben acometerse en el campo de la toponimia de la CAPV. Forman parte de dicha comisión representantes de distintas instituciones y departamentos de la administración así como miembros de la sección de onomástica de Euskaltzaindia, representantes del IGN y expertos de reconocido prestigio. 26 “Oinarrizko kontzeptuei eta osagai generikoen tratamenduari buruzko eztabaida-txostena. Euskal generikoen inguruan”. 91

BILINGÜISMO, TOPONIMIA Y CARTOGRAFÍA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO<br />

según la normativa ortográfica de la lengua a la que corresponde. Este criterio<br />

de normativización básico no suele ofrecer problemas a la hora de elegir sistema<br />

ortográfico en las zonas vascófonas (primera franja) y romances (última franja).<br />

La posible presencia de topónimos vascos en zonas tradicionalmente romances y<br />

el fenómeno contrario, más habitual, de presencia de nombres castellanos en zonas<br />

vascófonas, se soluciona en términos generales aplicando la grafía académica<br />

propia de la lengua oficial de cuyo patrimonio forma parte el topónimo.<br />

Así por ejemplo rotularemos en un mapa con grafía castellana El Calero, (en<br />

Sopuerta, Bizkaia), Las Vallejas (en Vitoria-Gasteiz) y con grafía vasca Kerexeta<br />

(en Izurtza, Bizkaia), Aginbeltzeta (en Ataun, Gipuzkoa).<br />

Hasta aquí todo es sencillo ya que se trata de topónimos sencillos, compuestos<br />

por un elemento específico y que, por lo tanto, se escriben de la misma forma<br />

tanto en la versión vasca como en la castellana.<br />

Pero, ¿qué ocurre con los topónimos que incluyen un elemento genérico<br />

con o sin partículas de unión? El tratamiento del elemento genérico en comuni<strong>da</strong>des<br />

con dos lenguas oficiales, como la CAPV, requiere unas directrices bien<br />

defini<strong>da</strong>s que, en nuestro caso, que<strong>da</strong>n refleja<strong>da</strong>s en un total de 12 reglas de<br />

normalización 24 .<br />

Esta cuestión fue ampliamente debati<strong>da</strong> en la Comisión Especial de <strong>Toponimia</strong><br />

del Consejo Asesor del Euskera del Gobierno Vasco 25 (2001-2-5) que, tras el análisis<br />

del documento de trabajo 26 presentado por N. Mujika y P. Salaberri, consideró<br />

que desde el punto de vista de la Administración no se consideraba adecuado implantar<br />

una versión única del topónimo al ser dos las lenguas oficiales.<br />

En nuestro caso se ha optado por normalizar la toponimia vasca en tres versiones:<br />

una por ca<strong>da</strong> lengua oficial, euskera y castellano (mapa 2) y una tercera<br />

24 Estas reglas de normalización pueden consultarse en el documento “Criterios de normativización lingüística<br />

de la toponimia menor” y unos comentarios en torno al tratamiento de genéricos en “Aplicación<br />

de los criterios de Euskaltzaindia para la normalización de la toponimia de Bizkaia”, pp. 22-28 en la<br />

dirección http://www.euskara.euskadi.net/r59-734/es/.<br />

25 La Comisión Especial de <strong>Toponimia</strong> del Consejo Asesor del Euskera se creó (Decreto 156/1996, del<br />

18 de junio) para poder fijar y planificar los distintos trabajos que deben acometerse en el campo de<br />

la toponimia de la CAPV. Forman parte de dicha comisión representantes de distintas instituciones y<br />

departamentos de la administración así como miembros de la sección de onomástica de Euskaltzaindia,<br />

representantes del IGN y expertos de reconocido prestigio.<br />

26 “Oinarrizko kontzeptuei eta osagai generikoen tratamenduari buruzko eztabai<strong>da</strong>-txostena. Euskal generikoen<br />

inguruan”.<br />

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