Toponimia e cartografía - Consello da Cultura Galega

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01.05.2013 Views

Nerea Mujika Ulazia normalización. Conviene hacer todo lo posible por aplicar ese principio con el fin de evitar ambigüedades” 11 . Por su parte, el Instituto Geográfico Nacional (IGN) coincide en afirmar que el principio de univocidad es un “criterio para llegar al entendimiento (para cada entidad un nombre distinto); pero evidentemente, no siempre se puede cumplir y hay que conjugarlo con otras recomendaciones, como la de las zonas plurilingües” 12 ya que este principio no es de fácil aplicación en sociedades bilingües como la vasca. En la CAPV se ha optado, en la medida de lo posible, por aplicar este principio tanto en la toponimia mayor (Gernika y no Gernika/Guernica; Gorbeia y no Gorbeia/Gorbea) como en la menor. En este segundo caso para lograr aplicar el principio de univocidad se propone el uso del topónimo “polivalente” 13 en la cartografía (ver apartado 6.3). De esta manera evitamos la versión doble, una en cada lengua oficial, diferenciadas en la mayoría de los casos por la traducción del elemento genérico y logramos extender el principio de univocidad a un mayor número de nombres geográficos. 3.2. El principio de uso de los idiomas oficiales en las zonas multilingües Ya en la Primera Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Normalización de Nombres Geográficos se aprueba una recomendación para las zonas multilingües (1967, I/4, recomendación D) instando al organismo nacional competente a que: 78 • Determine los nombres geográficos en cada uno de los idiomas oficiales, y en los demás idiomas que corresponda; • Indique claramente la igualdad de trato o la precedencia de los nombres oficialmente reconocidos; • Publique estos nombres oficialmente reconocidos en mapas y listas de nombres geográficos. 11 Naciones Unidas (2007) Op. Cit. p. 32. 12 Agradecemos la colaboración prestada por el Gabinete de toponimia del IGN y, en especial, a Dña. Adela Alcázar por las aportaciones que han hecho a las numerosas cuestiones que les he planteado. 13 Caracterizado, en la mayor parte de los casos, por la sustitución del elemento genérico por un símbolo, pictograma, color... que permita identificar la entidad geográfica a la que se refiere.

BILINGÜISMO, TOPONIMIA Y CARTOGRAFÍA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO Tal y como he señalado anteriormente considero necesario conjugar esta recomendación con el principio de univocidad y no caer en la relativa “comodidad” que supone el seleccionar el topónimo en una de las lenguas oficiales y obviar la(s) otra(s). El GENUNG analiza y pone en relación el principio de univocidad con el tratamiento en áreas multilingües donde “las diferencias de uso de los nombres geográficos corresponden a diferencias lingüísticas” y propone una serie de opciones 14 : • Escoger un solo topónimo como forma oficial, sobre la base de criterios específicos; • Reconocer y autorizar en otras lenguas uno o más topónimos (es decir, alónimos, ver glosario), que, aunque de rango inferior a la forma oficial, pueden resultar adecuados en contextos concretos; • Escoger como topónimos oficiales con el mismo rango dos o más nombres (que, en principio, figurarán en los mapas en los que lo permita la escala). Tras esta enumeración se vuelve a insistir en que “Una autoridad nacional puede adoptar más de un nombre para un accidente geográfico. Es conveniente, sin embargo, que en el plano internacional se recomiende el uso de uno solo de esos nombres”. Es evidente que las recomendaciones más estrictas recaen sobre la difusión internacional de los nombres geográficos mientras que la permisión de normalizar y oficializar más de un topónimo para una entidad geográfica afecta más al ámbito nacional o regional. Ya sea por su difusión a nivel internacional o por cualquier otra razón (escala, longitud del nombre...) siempre hay un momento en el proceso de normalización en el que hay que escoger, es decir, “dar precedencia” a un nombre sobre otro en función de una serie de criterios. Éste es, a mi juicio, uno de los aspectos más delicados de los trabajos de normalización. El GENUNG al referirse al proceso de asignación de nombres geográficos expone la necesidad de que prevalezcan principios y políticas que tengan carácter práctico y objetivo sin que primen en ningún caso criterios arbitrarios, añadiendo que “se ha de prestar especial atención” a los factores sociales, culturales, étnicos y políticos. 14 Naciones Unidas (2007) Op. cit. p. 32. 79

BILINGÜISMO, TOPONIMIA Y CARTOGRAFÍA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO<br />

Tal y como he señalado anteriormente considero necesario conjugar esta recomen<strong>da</strong>ción<br />

con el principio de univoci<strong>da</strong>d y no caer en la relativa “comodi<strong>da</strong>d” que supone<br />

el seleccionar el topónimo en una de las lenguas oficiales y obviar la(s) otra(s).<br />

El GENUNG analiza y pone en relación el principio de univoci<strong>da</strong>d con el tratamiento<br />

en áreas multilingües donde “las diferencias de uso de los nombres geográficos<br />

corresponden a diferencias lingüísticas” y propone una serie de opciones 14 :<br />

• Escoger un solo topónimo como forma oficial, sobre la base de criterios<br />

específicos;<br />

• Reconocer y autorizar en otras lenguas uno o más topónimos (es decir, alónimos,<br />

ver glosario), que, aunque de rango inferior a la forma oficial, pueden<br />

resultar adecuados en contextos concretos;<br />

• Escoger como topónimos oficiales con el mismo rango dos o más nombres<br />

(que, en principio, figurarán en los mapas en los que lo permita la escala).<br />

Tras esta enumeración se vuelve a insistir en que “Una autori<strong>da</strong>d nacional<br />

puede adoptar más de un nombre para un accidente geográfico. Es conveniente,<br />

sin embargo, que en el plano internacional se recomiende el uso de uno solo de<br />

esos nombres”.<br />

Es evidente que las recomen<strong>da</strong>ciones más estrictas recaen sobre la difusión<br />

internacional de los nombres geográficos mientras que la permisión de normalizar<br />

y oficializar más de un topónimo para una enti<strong>da</strong>d geográfica afecta más al<br />

ámbito nacional o regional.<br />

Ya sea por su difusión a nivel internacional o por cualquier otra razón (escala,<br />

longitud del nombre...) siempre hay un momento en el proceso de normalización<br />

en el que hay que escoger, es decir, “<strong>da</strong>r precedencia” a un nombre sobre otro<br />

en función de una serie de criterios. Éste es, a mi juicio, uno de los aspectos más<br />

delicados de los trabajos de normalización.<br />

El GENUNG al referirse al proceso de asignación de nombres geográficos expone<br />

la necesi<strong>da</strong>d de que prevalezcan principios y políticas que tengan carácter práctico<br />

y objetivo sin que primen en ningún caso criterios arbitrarios, añadiendo que “se<br />

ha de prestar especial atención” a los factores sociales, culturales, étnicos y políticos.<br />

14 Naciones Uni<strong>da</strong>s (2007) Op. cit. p. 32.<br />

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