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LENGUA CASTELLANA

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PASTE ir, CAPÍTULO XXtlI 337<br />

tancial en la casa, y finalmente, en deseo saber el nombre DE LA PER­<br />

SONA QUE anoche vino contigo, se refiere que al genitivo posesivo de<br />

la persona.<br />

b) El pronombre que puede también referirse a varios anteceden­<br />

tes a la vez; v. gr.: conviene que sepas LAS ADVERSIDADES Y LAS CALA­<br />

MIDADES Y POBREZA 'QUE vas (2 sufrir en el destierro, donde el relativo<br />

que se refiere a los substantivos adversidades, calamidades ^pobreza.<br />

c) Si analizamos todos los ejemplos anteriores, veremos que el<br />

oficio que el antecedente desempeña en su oración no influye para<br />

nada en el caso gramatical en que debe hallarse el [¡ronorabre que;<br />

o para más claridad: el relativo que puede desempeñar en su oración<br />

distinta función de la que el antecedente desempeña en la<br />

suya; pero empleado sin artículo no ejerce en el castellano actual<br />

otros oficios que los de sujeto, complemento directo y complemento<br />

círcunstanciai; sólo si su antecedente es nombre de cosa, puede<br />

también hallarse en dativo. Así, en hoy mismo tendré en mis manos<br />

pecadoras el libro QU3 contiene aquellas comedias antiguas DE QUE<br />

hablé a usted (L. MoRATÍ^r, Obras postumas, carta 95, A D. J. A.<br />

Conde), el primer que es sujeto, y el segundo, complemento circunstancial<br />

de materia. En Contra firme voluntad ) Quv. la cárcel no amedrenta,<br />

I ^Qué vale falsa piedad? (BRETÓN, Don Fernando el Emplazado,<br />

IV, 5), el relativo que es complemento directo de amedrenta;<br />

así como es dativo en el siguiente ejemplo que se iee en un reciente<br />

artículo de un diario de esta corte: Y hay que ver las inocentes puerilidades<br />

A QUE, con este motivo, se entregaron los parisienses.<br />

NoiA I.* En nuestros clásicos se ve, aunque rarns veces, el que en<br />

dativo, refiriéndose a un nombre de persona, cosa qife no debemos imitar;<br />

V. gr.: Pues inerendamos; \ Y para alegrar la fiesta. \ Un .SAROBNIO (te<br />

milicias I QüK le falta media oreja | Viene (MOBATÍN, ÍM Mojigata, I, 3).<br />

En vez á^ que decimos hoy al cual o a guien. (Véase también 353, b.)<br />

NOTA 2." Para expresar la relación de genitivo posesivo tiene el ca.stellano<br />

los pronombres cual, guien y cuyo (véanse 361, d, 365 y 369), y no<br />

debe, por lo tanto, emplearse el gue. Son, pues, censurables y revelan<br />

origen francés las dos siguientes construcciones, citada una por el gramático<br />

Bello, y usada la otra por un escritor por lo demás en extremo<br />

recomendable: Roma, sujeta A UNA TinAfifA DE QUK nadie podía prever el<br />

término (i). Mas desde luego doy a Dafnis este campo, en que se ha criado con<br />

LanuSn y Miriale, y con LAS CABRAS DE QUK // mismo ha sido pastor.<br />

352. Cuando el relativo que es acusativo, viene a veces reproducido<br />

por las formas átonas del pronombre de tercera persona, las<br />

(I) Compárese doni on ne poavaUprevoir.le terme.

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