LENGUA CASTELLANA

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28.04.2013 Views

ai 2 GRAMÁTICA CASTELLANA nEDO. {Quijote, I, lo). Falta A LOS COMPAÑEROS la paciencia (SAA- VEDRA, Empresa 3^}, í) La preposición/íznj: indica también el complemento indirecto, pero bajo la relación de fin, o sea el destino que se da a una cosa o el fin que.nos proponemos en una acción; v. gr.: esta carta es PARA EL CORREO; Juan estudia PARA ABOGADO. Esta preposición puede indicar otros complementos, como se dice en el número 265, //. 245. a) En las formas átonas de los pronombres personales hemos de distinguir el dativo complemento indirecto, del dativo de interés. El primero designa, como sabemos, la persona o cosa en quien termina la significación de la frase formada por el verbo y el ' complemento directo, cuando lo hay, pero sin que ella tome parte o se interese en la acción; v. gr.: ME dieron una mala noticia; TE han contado mticJías patrañas. El segundo, por el contrario, representa a la persona interesada en la realización de lo significado por el verbo, indicando a la vez la participación de la misma en la • acción y el efecto moral que ésta le produce. Así, ¡ME han muerto a mi hijo!, exclarha una madre al ver o saber esta desgracia; y aunque pudiera limitarse a decir ¡'han muerto a mi hijo!, con el me, que parece redundante, encarece más el dolor que experimenta. Asimismo, cuando Moratín, hablando de un importuno, concluyó cierto romancillo diciendo allá entre el lodo ME lo dejé, dio a entender con el me cuánto había deseado el verse libi'e de un hombre molesto. Igualmente leemos en Cervantes: llamadhy& a mi escudero Sancho {Quijote, I, 44); ME lo tenia bien merecido {Quijote,'!, g); iz la chanto un don y una señoría a cuestas, y TE la saco de los rastrojos y TE la pongo en toldo y en peana {Quijote, II, 5). b) En castellano empleamos este dativo en v*z del pronombre posesivo, a diferencia del francés, y así, decimos: se ME llenaron los ojos de lágrimas, y no mis ojos se llenaron, etc.; se LE han caído los dientes, y no sus dientes han caído, etc. 246. Las formas átonas de los pronombres, como complementos directo e indirecto del verbo.—¿T) Las formas me, te, le, se) la, lo, les, los y las de. los pronombres personales y la forma se del reflexivo, que, como l»emos dicho en el número 70, b, c,f, h, no admiten líreposición, son átonas, es decir, no tienen acento prosódico, y por esto^ cu;mdo van delante del verbo se pronuncian como formando con él una sola palabra prosódica. Así, decimos me quieren como si se escribiera mequieren; y cuando van detrás se pegan a él en la escritura lo mismo que en la pronunciación; así: dame. También soa

PARTÍ? II, CAPÍTULO XVI 21$ átonas cuando se usan como complemento del verbo y sin preposición las formas de plural nos y os en vez de vos; así: nos quedamos, quedémonos; os quedáis, quedaos. b) Las formas de singular me "j tey las de plural nos y os se usan sin distinción de género, y lo mismo como complemento directo que indirecto, siendo preciso para poder distinguir cuándo sean uno y cuándo otro, atender no sólo a la índole del verbo, sirio también, en la mayoría de los casos, al contexto. Así, en me atribuyen y me achacan, el me no puede ser más que dativo, porque la significación transitiva de estos verbos recae sobre cosas y no sobre personas; pero en me conocen y me entregan no podemos saber si el 7ne es acusativo o dativo sin atender a las demás palabras de la oración; porque si ésta es me conocen la intención, el me es dativo y la intención acusativo. Del mismo modo, si digo me eritregan las pruebas, el me es dativo y las pruebas acusativo; pero si digo me conocen en todas parles; me entregan a mis enemigos, el me es acusativo, porque sobre él recae directamente la significación de los verbos conocer y entregar. Y lo mismo sucede en el género, pues me conocen, me entregan, lo mismo puede decirlo un hombre que una mujer, como también nos conocen, nos entregan. c) No sucede lo mismo con las formas le, la y lo; ks, las y los del pronombre de tercera persona; pues las y los representan siempre el complemento directo o acusativo en plural y con distinción de género, así como les representa el dativo o complemento indirecto, pero sin distinción de género. Del mismo modo, le debería representar el dativo singular sin distinción de género, y la y lo el acusativo con distinción de género. Pero el uso, que píocede siempre, no a capricho, sino siguiendo ciertas leyes que no es del caso exponer aquí, asimiló la forma le a sus análogas me y te, y lo empleó como dativo y como acusativo indistintamente, así como emplea también la forma propia de acusativo la para el dativo, femenino singular, y la forma las para el dativo plural, con lo cual, si pretende distinguir, y en efecto distingue, el género, confunde las relaciones sintácticas de dativo y acusativo en que se halle el pronombre con el verbo. Y no le falta razón, porque perdida la noción de caso, que el pueblo no distingue, tiende a distinguir el sexo, del que se da perfecta cuenta. La Academia, en este particular ha contemporizado en parte con el uso, autorizando la forma le, propia de dativo, para el acusativo o complemento directo, con igual valor que lo, aunque mejor sería que los escritores prestaran más atención a la etimología que al uso, y emplearan la forma le sólo para el dativo. Así, tendríamos le y les como dativo de singular y de plural sin distinción de

PARTÍ? II, CAPÍTULO XVI 21$<br />

átonas cuando se usan como complemento del verbo y sin preposición<br />

las formas de plural nos y os en vez de vos; así: nos quedamos,<br />

quedémonos; os quedáis, quedaos.<br />

b) Las formas de singular me "j tey las de plural nos y os se usan<br />

sin distinción de género, y lo mismo como complemento directo que<br />

indirecto, siendo preciso para poder distinguir cuándo sean uno y<br />

cuándo otro, atender no sólo a la índole del verbo, sirio también, en<br />

la mayoría de los casos, al contexto. Así, en me atribuyen y me achacan,<br />

el me no puede ser más que dativo, porque la significación transitiva<br />

de estos verbos recae sobre cosas y no sobre personas; pero<br />

en me conocen y me entregan no podemos saber si el 7ne es acusativo<br />

o dativo sin atender a las demás palabras de la oración; porque si<br />

ésta es me conocen la intención, el me es dativo y la intención acusativo.<br />

Del mismo modo, si digo me eritregan las pruebas, el me es<br />

dativo y las pruebas acusativo; pero si digo me conocen en todas<br />

parles; me entregan a mis enemigos, el me es acusativo, porque sobre<br />

él recae directamente la significación de los verbos conocer y entregar.<br />

Y lo mismo sucede en el género, pues me conocen, me entregan,<br />

lo mismo puede decirlo un hombre que una mujer, como también<br />

nos conocen, nos entregan.<br />

c) No sucede lo mismo con las formas le, la y lo; ks, las y los<br />

del pronombre de tercera persona; pues las y los representan siempre<br />

el complemento directo o acusativo en plural y con distinción<br />

de género, así como les representa el dativo o complemento indirecto,<br />

pero sin distinción de género. Del mismo modo, le debería<br />

representar el dativo singular sin distinción de género, y la y lo el<br />

acusativo con distinción de género. Pero el uso, que píocede siempre,<br />

no a capricho, sino siguiendo ciertas leyes que no es del caso<br />

exponer aquí, asimiló la forma le a sus análogas me y te, y lo empleó<br />

como dativo y como acusativo indistintamente, así como emplea también<br />

la forma propia de acusativo la para el dativo, femenino singular,<br />

y la forma las para el dativo plural, con lo cual, si pretende distinguir,<br />

y en efecto distingue, el género, confunde las relaciones sintácticas<br />

de dativo y acusativo en que se halle el pronombre con el<br />

verbo. Y no le falta razón, porque perdida la noción de caso, que el<br />

pueblo no distingue, tiende a distinguir el sexo, del que se da perfecta<br />

cuenta. La Academia, en este particular ha contemporizado<br />

en parte con el uso, autorizando la forma le, propia de dativo, para<br />

el acusativo o complemento directo, con igual valor que lo, aunque<br />

mejor sería que los escritores prestaran más atención a la etimología<br />

que al uso, y emplearan la forma le sólo para el dativo. Así, tendríamos<br />

le y les como dativo de singular y de plural sin distinción de

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