ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA INVERSA ... - seace
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA INVERSA ... - seace
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA INVERSA ... - seace
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
\<br />
: ' ' Jf<br />
PERÚ Ministerio<br />
de Agricultura<br />
Viceministerio<br />
de Agricultura<br />
I A G RO RU RAL<br />
3.6.1 Penalidad por mora en la ejecución<br />
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del<br />
contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de<br />
atraso, hasta por un monto máximo equivalente a diez por ciento (10%) del<br />
monto del contrato vigente, y de conformidad con o establecido en el artículo<br />
165a del Reglamento.<br />
3.6.2 Penalidades por incumplimiento injustificado d í obligaciones<br />
La Entidad podrá aplicar penalidades por los inci mplimientos injustificados<br />
del contratista, hasta por un monto máximo equ valente al diez por ciento<br />
(10%) del monto del contrato vigente, conforme a lo dispuesto en el artículo<br />
166a del Reglamento.<br />
3.6.3 Resolución del contrato<br />
La Entidad podrá resolver el contrato de presentar: e los casos establecidos en<br />
el artículo 168a del Reglamento, en concordancia i on el inciso c) del artículo<br />
40° de la Ley, siguiendo el procedimiento establee do en el artículo 169a del<br />
Reglamento, sin perjuicio de la aplicación le las penalidades que<br />
correspondan.<br />
3.7. FORMA Y CONDICIONES <strong>DE</strong> PAGO<br />
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del cont ’atista por concepto de los<br />
bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la<br />
respectiva prestación; salvo que, por razones de mercac o, el pago del precio sea<br />
condición para la entrega de los bienes.<br />
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la<br />
forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) estab ecida en las Bases o en el<br />
contrato, siempre que el contratista los solicite presentai do la documentación que<br />
justifique el pago y acredite la existencia de los bieni s, conforme a la sección<br />
específica de las Bases.<br />
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformida l de la recepción de los<br />
bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los d ez (10) días calendario de<br />
ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obli jación de efectuar el pago<br />
dentro de los quince (15) días calendario siguientes, sien pre que se verifiquen las<br />
condiciones establecidas en el contrato.<br />
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorci), el pago se realizará de<br />
acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.<br />
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá den cho al pago de intereses<br />
conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contad d desde la oportunidad en<br />
que el pago debió efectuarse.<br />
Km. 3.5 Carretera a Baños del Inca, Telefono (076) 365040 - Cajamarca Página 26