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Sentencia C-578/02 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE ...

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efecto, en otras partes del Tratado de Roma se hace alusión expresa, por ejemplo,<br />

al principio de cosa juzgada (Parte II); al de presunción de inocencia (Parte VI) y<br />

al de especialidad de materia (Parte IX). Otros instrumentos internacionales para<br />

la persecución de crímenes de guerra y ofensas similares – por ejemplo los<br />

estatutos de los tribunales ad hoc para Yugoslavia y Ruanda – no contienen una<br />

parte general dedicada a principios generales de derecho penal, pese a incluir<br />

aisladamente algunos de ellosSchabas, William A., Principios generales del<br />

derecho penal. En Kai Ambos y Oscar Julián Guerrero, Comp. El Estatuto de<br />

Roma de la Corte Penal Internacional. Universidad Externado de Colombia,<br />

1999, página 271. Córdoba Triviño, Jaime. Derecho Penal Internacional. Op. Cit.<br />

Tampoco el Proyecto de Estatuto para una Corte Penal Internacional de la<br />

Comisión de Derecho Internacional, sometido a la Asamblea General en 1994,<br />

contenía una sección referida a los principios generales de derecho penalIbidem.,<br />

p. 271. La finalidad de una tal sección fue, según el Informe del Comité ad hoc<br />

nombrado por la Asamblea General, establecer un conjunto de disposiciones que<br />

proporcionen a los Estados Partes un claro entendimiento del marco legal de la<br />

Corte Penal internacional, que la guíen, garanticen el grado de predicción y<br />

certeza requerida para asegurar el respeto de los derechos del acusado, y<br />

promuevan una jurisprudencia uniformeIbidem., p. 275.<br />

La parte III del Estatuto de Roma consta de 12 artículos – del 22 al 33 – que<br />

consagran los siguientes principios generales de derecho penal: nullum crimen sine<br />

lege (artículo 22); nulla poena sine lege (artículo 23); irretroactividad ratione personae<br />

(artículo 24); responsabilidad penal individual (artículo 25); exclusión de los<br />

menores de 18 años de la competencia de la Corte (artículo 26); improcedencia<br />

del cargo oficial (artículo 27); responsabilidad de los jefes y otros superiores<br />

(artículo 28); imprescriptibilidad (artículo 29); elemento de intencionalidad<br />

(artículo 30); circunstancias eximentes de responsabilidad penal (artículo 31);<br />

error de hecho o error de derecho (artículo 32); órdenes superiores y<br />

disposiciones legales (artículo 33). A los anteriores principios pueden adicionarse<br />

otros principios generales de derecho penal, también consagrados en el Estatuto<br />

como el principio de cosa juzgada (artículo 20), el derecho aplicable (artículo 21) y<br />

la presunción de inocencia (artículo 66), los cuales son analizados en las secciones<br />

4.3.2.1.6., 4.4.3. y 4.8.2 de esta sentencia, respectivamente.<br />

Como bien lo anotan importantes tratadistas sobre la materia, la parte general del<br />

Estatuto representa el intento más ambicioso hecho hasta ahora por la<br />

comunidad mundial de codificar los principios generales de derecho<br />

penalIbidem, p. 314. Todos los principios generales de derecho penal antes<br />

mencionados tienen gran relevancia para la vigencia de los derechos humanos y<br />

para la lucha contra la impunidad por delitos de enorme gravedad para la

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