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Sentencia C-578/02 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE ...

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La Corte estará vinculada con las Naciones Unidas por un acuerdo que deberá<br />

aprobar la Asamblea de los Estados Partes en el presente Estatuto y concluir<br />

luego el Presidente de la Corte en nombre de ésta.<br />

Artículo 13 Ejercicio de la competencia<br />

(...)<br />

b) El Consejo de Seguridad, actuando con arreglo a lo dispuesto en el Capítulo<br />

VII de la Carta de las Naciones Unidas, remite al Fiscal una situación en que<br />

parezca haberse cometido uno o varios de esos crímenes; o<br />

Artículo 16. Suspensión de la investigación o el enjuiciamiento<br />

En caso de que el Consejo de Seguridad, de conformidad con una resolución<br />

aprobada con arreglo a lo dispuesto en el Capítulo VII de la Carta de las<br />

Naciones Unidas, pida a la Corte que suspenda por un plazo de doce meses la<br />

investigación o el enjuiciamiento que haya iniciado, la Corte procederá a esa<br />

suspensión; la petición podrá ser renovada por el Consejo de Seguridad en las<br />

mismas condiciones.<br />

Estas disposiciones plantean dos problemas. El primero, tiene que ver con la<br />

limitación del ejercicio soberano de la jurisdicción penal nacional para juzgar<br />

crímenes de guerra, de lesa humanidad o de genocidio cuando el Consejo de<br />

Seguridad, actuando bajo el Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas, le<br />

remite la situación a la Corte Penal Internacional. El segundo, se refiere a la<br />

limitación de la independencia e imparcialidad de la Corte Penal Internacional,<br />

cuando el Consejo de Seguridad le solicita que suspenda el ejercicio de su<br />

jurisdicción, con arreglo a lo dispuesto en el Capítulo VII mencionado. Pasa pues<br />

esta Corporación a analizar dichas cuestiones.<br />

Desde el Preámbulo del Estatuto de Roma se indica que la Corte Penal<br />

Internacional será una organización "independiente y vinculada con el Sistema de<br />

Naciones Unidas". Posteriormente, en el artículo 5.2. se establece que la<br />

definición del crimen de agresión se hará de forma compatible con la Carta de<br />

Naciones Unidas. Igualmente, en el artículo 8 se definen como crímenes de<br />

guerra algunos actos cometidos contra personal de Naciones Unidas que cumpla<br />

misiones humanitarias o de mantenimiento de la paz. Luego, el artículo 115 del<br />

Estatuto establece que las Naciones Unidas sufragarán gastos de funcionamiento<br />

de la Corte Penal Internacional con Fondos aprobados por la Asamblea General<br />

de las Naciones Unidas.

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