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Sentencia C-578/02 CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE ...

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La soberanía en sentido jurídico confiere derechos y obligaciones a los Estados, quienes gozan de<br />

autonomía e independencia para la regulación de sus asuntos internos, y pueden aceptar<br />

libremente, sin imposiciones foráneas, en su condición de sujetos iguales de la comunidad<br />

internacional, obligaciones orientadas a la convivencia pacífica y al fortalecimiento de relaciones<br />

de cooperación y ayuda mutua. En ocasiones ello puede requerir la aceptación de la competencia<br />

de organismos internacionales sobre algunos asuntos de competencia nacional, o la cesión de<br />

algunas competencias nacionales a instancias supranacionales. De conformidad con la<br />

jurisprudencia de esta Corte, tal posibilidad es compatible con nuestro ordenamiento<br />

constitucional, siempre que tal limitación a la soberanía no suponga una cesión total de las<br />

competencias nacionales.<br />

ESTATUTO <strong>DE</strong> ROMA <strong>DE</strong> LA CORTE PENAL INTERNACIONAL-<br />

Formas de limitación de soberanía de los Estados<br />

CORTE PENAL INTERNACIONAL-Autonomía no absoluta para ejercicio<br />

de jurisdicción<br />

CORTE PENAL INTERNACIONAL-Distintas situaciones para ejercer<br />

jurisdicción<br />

CORTE PENAL INTERNACIONAL-Impugnación de decisiones<br />

PRINCIPIO <strong>DE</strong> SOBERANIA EN ESTATUTO <strong>DE</strong> ROMA <strong>DE</strong> LA<br />

CORTE PENAL INTERNACIONAL-Aceptación de limitaciones para lucha<br />

contra impunidad y efectividad de derechos<br />

CORTE PENAL INTERNACIONAL-No juzgamiento de asunto por justicia<br />

nacional atendiendo admisión de asunto y ejercicio de jurisdicción<br />

SOBERANIA <strong>DE</strong>L ESTADO-Protección de habitantes/SOBERANIA <strong>DE</strong>L<br />

ESTADO-No ampara violación de derechos humanos ni del derecho<br />

internacional humanitario<br />

La soberanía de un Estado existe para proteger a los habitantes que residen en su territorio, no<br />

para amparar a quienes han violado los derechos humanos o desconocido los mínimos<br />

establecidos en el derecho internacional humanitario ni, mucho menos, para servir de muralla<br />

infranqueable para quienes desea convertir un determinado territorio en un escondite para gozar<br />

de impunidad.<br />

ESTADO CONSTITUCIONAL Y <strong>DE</strong>MOCRATICO-Deber fundamental<br />

de protección de residentes

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