Libro Sentencia Fujimori b - Biblioteca Virtual del Genocidio Ayacucho
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La sentencia condenatoria...<br />
DINTE —hecho inusitado en un joven oficial no preparado para asuntos de inteligencia—<br />
y el segundo al BIP 39, alejándolo de la jefatura de la Base de Acción Cívica de La Cantuta.<br />
«En la Universidad de La Cantuta se constituyó una Base de Acción Cívica, a cargo de la<br />
Primera DIFE, que controlaba el acceso y orden interno en el claustro universitario. Como<br />
tal, a partir de los reglamentos <strong>del</strong> Ejército, sólo se podía acceder a la Universidad si lo<br />
autorizaba la máxima autoridad militar de la que depende la Base. Por eso es que intervino<br />
materialmente, por encima <strong>del</strong> comandante general de la Segunda Región Militar, el<br />
comandante general <strong>del</strong> Ejército para ordenar directamente al comandante general de<br />
la DIFE, primero, que facilite el concurso de un teniente EP que conociera las instalaciones<br />
de la Universidad y a los alumnos y profesor previamente identificados como presuntos<br />
subversivos; y, segundo, que permita el acceso <strong>del</strong> Destacamento Especial de Inteligencia<br />
para concretar la ubicación, captura y muerte de los agraviados, sin cuya orden y ulterior<br />
cumplimiento era imposible la materialización de la operación especial de inteligencia<br />
en cuestión.<br />
«Asimismo, para la intervención <strong>del</strong> director de la DINTE, en función a su nivel jerárquico,<br />
al vínculo administrativo de la organización que dirigía con el Destacamento Colina y a<br />
su inserción en el canal de inteligencia <strong>del</strong> SINA, era necesario que el comandante general<br />
<strong>del</strong> Ejército diera la orden de colaboración al comandante general de la DIFE —la<br />
intervención de los máximos escalones de la DINTE y de la DIFE, finalmente impuesta por<br />
la Comandancia General <strong>del</strong> Ejército, revela la entidad de la operación y su inserción en<br />
la lógica institucional y objetivo planteado—. Es de precisar que el concurso <strong>del</strong> director<br />
de la DINTE explica la presencia previa <strong>del</strong> coronel EP Navarro Pérez, subdirector de Frente<br />
Interno de la DINTE, y su entrevista con el general EP Pérez Documet y el G2 de la DIFE,<br />
teniente coronel EP Rodríguez Córdova; así como también, que el mayor EP Martin Rivas<br />
se entreviste con los altos mandos de la DIFE para operativizar el apoyo requerido y,<br />
finalmente, lograr su cometido.<br />
«Tal ha sido la contundencia de las declaraciones <strong>del</strong> teniente EP Portella Núñez y, antes,<br />
de los integrantes <strong>del</strong> Destacamento Colina, y luego de los demás oficiales subalternos y<br />
superiores de la DIFE (la intervención <strong>del</strong> Destacamento Colina en los hechos, el concurso<br />
de la Comandancia General <strong>del</strong> Ejército, de la DINTE y de la DIFE, en varias fases de su<br />
planeamiento, desarrollo y encubrimiento), que no sólo una vez ocurrido el operativo,<br />
con la repercusión pública que produjo, se cambió de colocación a los tenientes EP Portella<br />
Núñez y Velarde Astete, sino que posteriormente se montó una acción de encubrimiento<br />
de los hechos comprometiendo a la Inspectoría General <strong>del</strong> Ejército y al Consejo Supremo<br />
de Justicia Militar —se diseñó un guión de preguntas y respuestas para hacer frente a las<br />
investigaciones que formalmente se iniciarían y con un resultado prefijado de negación<br />
de los hechos tal como realmente sucedieron—, y luego se dispuso que el teniente EP<br />
Portella Núñez, ante su exigencia de seguridades por el ser el más expuesto, se fuera <strong>del</strong><br />
país [como ha expuesto, pudo salir <strong>del</strong> país con destino al Japón con el auxilio <strong>del</strong> jefe<br />
<strong>del</strong> SIE, coronel EP Oliveros Pérez, quien le dio la suma de veinte mil dólares americanos],<br />
a cuyo retorno y frente a sus continuadas exigencias la Comandancia General <strong>del</strong> Ejército<br />
le entregó treinta mil dólares americanos» (Fundamentos 528, 529, 530, 531 y 532 de la<br />
sentencia).<br />
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