Libro Sentencia Fujimori b - Biblioteca Virtual del Genocidio Ayacucho
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3. LOS FRAGMENTOS MÁS CONTUNDENTES DE LA<br />
SENTENCIA DE EXTRADICIÓN QUE INVOLUCRAN EN LA<br />
PARTE PROBATORIA AL EXPRESIDENTE ALBERTO<br />
FUJIMORI EN LOS CASOS BARRIOS ALTOS Y LA<br />
CANTUTA, Y SÓTANOS SIE<br />
3.1 CASOS SOBRE DERECHOS HUMANOS: BARRIOS ALTOS Y LA CANTUTA<br />
• «En relación al caso Barrios Altos, se contiene copia de la sentencia de la Corte<br />
Interamericana de Derechos Humanos […] que […] [d]eclara que el Estado [peruano]<br />
violó el derecho a la vida [...], a la integridad […], a las garantías judiciales y a la<br />
protección judicial de las personas que señala, como consecuencia de la<br />
promulgación y aplicación de las leyes de amnistía, […]. [Asimismo, la Corte señala]<br />
que el Estado de Perú debe investigar los hechos para determinar las personas<br />
responsables de las violaciones de derechos humanos a los que se ha hecho<br />
referencia, y divulgar los resultados de esas investigaciones y sancionar a los<br />
responsables» (Fundamento nonagésimo segundo, punto 23).<br />
• «Nicolás Hermoza Ríos, Jefe <strong>del</strong> Estado Mayor <strong>del</strong> Ejército en 1991. […] añade<br />
que […] el SIN dependía directamente de la Presidencia […]. Supo de Colina<br />
después de los hechos de la Cantuta, cuando Montesinos le dice que un grupo<br />
de miembros <strong>del</strong> Ejército había ejecutado una operación especial cuyo resultado<br />
excedía las órdenes. Alberto <strong>Fujimori</strong>, después de los hechos de La Cantuta,<br />
felicitó a los miembros <strong>del</strong> Grupo Colina. Él objetó la felicitación por estar<br />
involucrados los destinatarios en homicidios, pero Montesinos le dijo que el<br />
Presidente sabía y así había firmado el documento» (Fundamento nonagésimo<br />
segundo, punto 27).<br />
• [Así,] «con el mérito de los elementos probatorios […] es posible entender que hay<br />
indicios claros de que Alberto <strong>Fujimori</strong> habría tenido, después <strong>del</strong> autogolpe, la<br />
concentración de todos los poderes <strong>del</strong> Estado y el mando superior de las Fuerzas<br />
Armadas y Servicios de Inteligencia, propició la creación de un organismo especial<br />
dentro de las Fuerzas Armadas para realizar operaciones en contra de personas<br />
sospechosas de subversión o de enemigos ideológicos <strong>del</strong> régimen; estando el<br />
requerido en antecedentes de la existencia y finalidad <strong>del</strong> “Grupo Colina” y de las<br />
acciones que se llevaban a cabo por el mismo grupo, lo que se demuestra por lo<br />
premios, ascensos y condecoraciones otorgadas por <strong>Fujimori</strong> a los integrantes de<br />
este grupo y porque muchas personas lo vieron dar órdenes a Montesinos, quien a<br />
su vez las entregaba al mencionado Grupo Colina, con lo que habría tenido una<br />
participación de autor mediato» (Fundamento nonagésimo quinto).<br />
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