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Libro Sentencia Fujimori b - Biblioteca Virtual del Genocidio Ayacucho

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7. LA SENTENCIA CONFIRMATORIA DE LA CONDENA<br />

CONTRA ALBERTO FUJIMORI EXPEDIDA POR LA<br />

PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA<br />

Expediente Nº. 19-2001-AV<br />

Fecha: 30 de diciembre <strong>del</strong> 2009 5<br />

<strong>Sentencia</strong> expedida por los magistrados supremos Duberlí Rodríguez,<br />

Julio Biaggi, Elvia Barrios, Roberto Barandiarán y José Antonio Neyra<br />

«La sentencia que confirma la condena impuesta contra Alberto <strong>Fujimori</strong> desarrolla en<br />

gran medida los argumentos esbozados en el Segundo Dictamen Fiscal. No obstante,<br />

mientras que la referida Fiscalía Suprema señaló haber nulidad en el extremo de la<br />

sentencia que condenaba a <strong>Fujimori</strong> por los secuestros de Gustavo Gorriti y Samuel<br />

Dyer en la modalidad de Secuestro agravado, la Primera Sala Penal Transitoria de la<br />

Corte Suprema ratificó lo señalado por la Sala Penal Especial, la cual condenó en primera<br />

instancia a <strong>Fujimori</strong> bajo la modalidad de Secuestro agravado.<br />

«Así, en relación a este punto, la Primera Sala Penal Transitoria declaró por mayoría “no<br />

haber nulidad en el extremo que lo condena como autor mediato de la comisión <strong>del</strong><br />

<strong>del</strong>ito contra la libertad personal, en la modalidad de secuestro agravado, bajo la<br />

circunstancia agravante de trato cruel, en agravio de Gustavo Gorriti […] y Samuel Dyer<br />

[…] (Sótanos SIE)”.<br />

«Cabe señalar que el magistrado que expresó su voto en discordia en relación a este<br />

punto <strong>del</strong> fallo fue el magistrado Julio Biaggi, para quien el secuestro materia de análisis<br />

<strong>del</strong> presente caso fue cometido bajo la modalidad de secuestro simple.<br />

«De esta manera, teniendo en cuenta que las causales de nulidad sobre las cuales se<br />

pronunció esta segunda instancia judicial son las mismas sobre las que se pronunció la<br />

Fiscalía, y que además tanto esta última como la Primera Sala Penal Transitoria han<br />

coincidido en la opinión o fallo emitido en torno a las mencionadas causales salvo en<br />

una, la cual ya señalamos líneas arriba; consideramos que por cuestiones de claridad y a<br />

5 Los títulos y subtítulos empleados en el resumen de esta sentencia han sido creados por nosotros con el<br />

fin de darles mayor coherencia y claridad a los párrafos extraídos.<br />

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