Libro Sentencia Fujimori b - Biblioteca Virtual del Genocidio Ayacucho
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Extradición, juicio y condena de Alberto <strong>Fujimori</strong><br />
Vladimiro Montesinos Torres les indicó que la orden era <strong>del</strong> sentenciado Alberto<br />
<strong>Fujimori</strong> <strong>Fujimori</strong>.<br />
«iv. El agraviado, pese a que de forma pública denunció esta privación ilegal de su<br />
libertad, no se dispuso la realización de investigaciones que tuvieran como objetivo<br />
esclarecer ese hecho <strong>del</strong>ictivo; asimismo está probado que el sentenciado <strong>Fujimori</strong><br />
tuvo conocimiento de esos reclamos por ser públicos.<br />
«v. Posteriormente a la privación ilegal de su libertad, el agraviado fue sujeto pasivo de<br />
una sistemática campaña de desprestigio que llegó al límite de convertirse en una<br />
injustificada persecución penal; igualmente, <strong>Fujimori</strong> <strong>Fujimori</strong> de forma directa<br />
sindicó a Dyer Ampudia como narcotraficante […]» (Subpunto 89 <strong>del</strong> punto 4.3 <strong>del</strong><br />
Dictamen Fiscal).<br />
D. Las causales de nulidad invocadas por la defensa de Alberto<br />
<strong>Fujimori</strong> en el extremo de la sentencia que lo condena por el <strong>del</strong>ito<br />
de homicidio calificado por alevosía en agravio de Luis Antonio<br />
León y otros (caso Barrios Altos)<br />
a. Violación <strong>del</strong> principio de legalidad constitucional<br />
« a) Al atribuir al Presidente de la República, potestad militar de mando sobre las FFAA y<br />
PNP, pese a no haberlo establecido la Constitución Política de 1979.<br />
« b) Al no aplicar la Ley Constitucional de 9 de enero de 1993, dictada por el Congreso<br />
Constituyente Democrático en ejercicio <strong>del</strong> poder constituyente, en la que se declaró<br />
que él era Presidente Constitucional <strong>del</strong> Perú, después de la instauración <strong>del</strong> Gobierno<br />
de Emergencia y Reconstrucción Nacional».<br />
¿Qué opinó la Fiscalía con relación a esta causal?<br />
El expresidente de la República <strong>Fujimori</strong> y su condición de jefe supremo de las Fuerzas<br />
Armadas y la Policía Nacional: «La defensa, por un lado, argumenta que la Constitución<br />
Política de 1979 no estableció que el Presidente de la República tuviese potestad militar<br />
de mando sobre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; y por otro lado, cuestiona<br />
que el Tribunal no haya considerado que durante la instauración <strong>del</strong> denominado<br />
Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional, el 5 de abril de 1992, el acusado<br />
<strong>Fujimori</strong> tenía la condición de Presidente Constitucional <strong>del</strong> Perú […]» (Subpunto 91 <strong>del</strong><br />
punto 4.4 <strong>del</strong> Dictamen Fiscal).<br />
«[…] se debe destacar que, conforme al artículo 278 de la Constitución Política de 1979,<br />
modificado por la ley Nº 24949, tanto las FFAA como la Policía Nacional no son