Libro Sentencia Fujimori b - Biblioteca Virtual del Genocidio Ayacucho
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El segundo dictamen...<br />
«No enerva el razonamiento probatorio efectuado, las circunstancias que Gorriti<br />
Ellenbogen haya ingresado libremente a la rueda de prensa, que en ella <strong>Fujimori</strong> <strong>Fujimori</strong><br />
le haya concedido el uso de la palabra, o que éste se haya mostrado tranquilo ante su<br />
presencia en la rueda de prensa, ya que todas estas circunstancias —que la defensa<br />
intenta invocar como hechos indiciarios que abonarían a la tesis de inocencia <strong>del</strong><br />
sentenciado—, no tienen como único consecuente lógico el corroborar que el sentenciado<br />
no conoció <strong>del</strong> secuestro —requisito que le daría valor probatorio en el sentido<br />
invocado—, sino que estos hechos razonablemente se explicarían también por lo<br />
revelador de su participación en este <strong>del</strong>ito, que habría resultado si <strong>Fujimori</strong> <strong>Fujimori</strong><br />
hubiera impedido que el agraviado ingresara a la conferencia de prensa, negarle el uso<br />
de la palabra ante la petición de éste o perder la serenidad ante sus reclamos.<br />
«Además, lo que postula la defensa —como también lo hiciera el propio sentenciado<br />
durante el juicio oral—, respecto a que recién se enteró <strong>del</strong> secuestro en la conferencia<br />
de prensa, en la que el afectado estuvo presente y denunció el hecho, se desvirtúa<br />
plenamente con la publicación que hiciera el diario Expreso en su edición <strong>del</strong> 7 de abril,<br />
cuya portada tituló: “Exigen libertad de periodista Gustavo Gorriti”, y presentó el artículo:<br />
“Protestas por detención de Gustavo Gorriti” […].<br />
«Por otro lado, <strong>Fujimori</strong> <strong>Fujimori</strong> aparte de no ordenar la investigación de los hechos,<br />
siguió mostrando su total respaldo a Vladimiro Montesinos Torres y Nicolás de Bari<br />
Hermoza Ríos, los jefes —uno oficial y otro de facto— de las dos instituciones militares<br />
que perpetraron el secuestro —el Ejército y el Servicio de Inteligencia Nacional—; así,<br />
en la edición <strong>del</strong> diario La República, de 9 de mayo <strong>del</strong> 1993 […] se lee el titular: “<strong>Fujimori</strong><br />
reitera respaldo pleno y total a Hermoza Ríos y Montesinos”, mismo titular se lee en la<br />
edición <strong>del</strong> diario Expreso de la misma fecha […] y similar, en la edición <strong>del</strong> diario La<br />
Nación, de 10 de mayo <strong>del</strong> 1993 […]: “<strong>Fujimori</strong> ratifica apoyo a jefe <strong>del</strong> ejército y asesor”.<br />
Esta conducta posterior a los hechos <strong>del</strong> condenado <strong>Fujimori</strong> <strong>Fujimori</strong> se explica<br />
razonablemente no solo porque tuvo conocimiento de los secuestros, sino porque además<br />
los planificó, ordenó y controló su ejecución» (Subpunto 83 <strong>del</strong> punto 4.3 <strong>del</strong> Dictamen<br />
Fiscal).<br />
«La defensa también alega que <strong>Fujimori</strong> <strong>Fujimori</strong> no tenía motivos para ordenar el<br />
secuestro de Gorriti Ellenbogen como sí lo tenía Vladimiro Montesinos Torres, en contra<br />
<strong>del</strong> cual el periodista había efectuado investigaciones y publicaciones, informando de<br />
sus antecedentes criminales; agrega la defensa que, en todo caso, el móvil de las<br />
inmovilizaciones fue impedir la oposición de los políticos a la instauración <strong>del</strong> llamado<br />
“Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional” y que falta el nexo político entre<br />
la detención de Gorriti Ellenbogen y lo sucedido el 5 de abril de 1992 […]» (Subpunto 84<br />
<strong>del</strong> punto 4.3 <strong>del</strong> Dictamen Fiscal).<br />
«A la conclusión anterior se agrega el hecho que —a contrario de lo que alega la<br />
defensa—, las privaciones de libertad no sólo se ordenó contra políticos, sino también<br />
contra periodistas. En el video de la conferencia de prensa <strong>del</strong> 8 de abril de 1992, <strong>Fujimori</strong><br />
<strong>Fujimori</strong>, si bien no habló de privaciones de libertad, reconoció que se tomó la medida<br />
de ejercer vigilancia a los medios de comunicación con motivo <strong>del</strong> golpe de estado, para<br />
preservar el orden público y evitar costos sociales; esto demuestra el peligro que desde<br />
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