revista taxi núm. 172 - Institut Metropolità del Taxi
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El <strong>taxi</strong>sta deberá declarar, en caso de no tener tarjeta<br />
de transporte, el <strong>núm</strong>ero de autorización correspondiente<br />
a la licencia y municipio al que corresponde.<br />
Además deberá comunicar los datos de la entidad<br />
financiera y el código de la cuenta bancaria a través de<br />
la cual la Agencia Tributaria efectuará la transferencia<br />
de las devoluciones.<br />
Para que se genere el derecho a la devolución por los<br />
suministros de gasóleo efectuados en instalaciones de<br />
venta al por menor (estaciones de servicio) se deberá<br />
abonar obligatoriamente mediante la utilización de una<br />
Publicitat<br />
tarjeta de gasóleo profesional. La utilización de este<br />
medio específico de pago, implica automáticamente la<br />
solicitud por el titular de la devolución fiscal.<br />
RECIBIRÁ MÁS INFORMACIÓN<br />
Agència Tributaria de Catalunya<br />
Teléfono: 932 911 100<br />
http://www.agenciatributaria.es<br />
BOE 286. LEY 36/2006, de 30 de noviembre de 2006